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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MARZO DEL AÑO 2004 (17/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 80

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G38/G30/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 17 de marzo de 2004 pal de Transmisión (SPT) de los Sistemas que se indican, en: Cuadro Nº 8 Sistema de Transmisión Peaje por Ingreso Tarifario Conexión (S/.) Esperado (S/.) SPT de REP 53 910 241 474 218 SPT de Eteselva 10 829 467 199 819 SPT de Redesur 38 039 413 92 295 SPT de Transmantaro 96 006 395 0 SPT de ISA 30 863 182 63 988 Celda 138 kV S.E. Azángaro 370 921 11 005 L.T. Dolorespata – Quencoro 138 kV 942 210 330 Los Peajes por Conexión serán actualizados mediante el factor FAPCSPT (numeral 1.3 del Artículo 2º de la presen- te Resolución) y según lo señalado en el Artículo 13º de lapresente Resolución. Artículo 12º.- El Peaje Por Conexión y el Peaje por Co- nexión Unitario del rubro "L.T. Dolorespata – Quencoro 138 kV" contenidos en los Cuadros Nº 2 y Nº 8 deberán ser modificados una vez que los bienes correspondien-tes a esta línea sean transferidos a Red de Energía del Perú S.A. Artículo 13º.- Las Condiciones de Aplicación de las Tari- fas en Barra son las fijadas en la Resolución Nº 015-95 P/ CTE y sus modificatorias, en tanto no se opongan a lo es-tablecido en la presente Resolución. Artículo 14º.- Cuando se incorporen nuevas líneas de transmisión que originen cambios en los Peajes por Co- nexión de los sistemas principales de transmisión, dichos cambios entrarán en vigencia el cuarto día del mes siguientede la entrada en operación comercial de la respectiva ins- talación.Los concesionarios de generación o transmisión, comu- nicarán al OSINERG la fecha de entrada en operación comercial de las respectivas instalaciones de transmi- sión o generación con un mínimo de 15 días calendariode anticipación, bajo responsabilidad. Para la actualización de los valores base de los peajes por transmisión (PCSPT, CPSEE), los interesados podrán re- cabar del OSINERG la información mencionada en el pá- rrafo anterior. El OSINERG publicará resoluciones complementarias para considerar modificaciones en el Sistema Principal de Trans-misión, no contempladas al momento de emitir la presente Resolución. Artículo 15º.- En los casos en que la presente Resolución haga referencia a factores de pérdidas, a cargos por peaje secundario de transmisión y a factores de actualización dedichos cargos, deberá entenderse que estos correspon- den a los aprobados mediante la Resolución OSINERG Nº xxxx-2004-OS/CD. Artículo 16º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del 1º de mayo de 2004. Artículo 17º.- Deróguese las disposiciones que se opon- gan al cumplimiento de la presente Resolución. Artículo 18º.- La presente Resolución y el Informe OSI- NERG-GART/DGT Nº 028-2004, como Anexo, deberán ser publicados en el Diario Oficial El Peruano y consigna-dos en la página WEB de OSINERG: www.osinerg.gob.pe ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 05423 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstosdeberán ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU/G50/G52/G4F/G59/G45/G43/G54/G4F