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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MARZO DEL AÑO 2004 (17/03/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 64

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G37/G39/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 17 de marzo de 2004 los criterios de determinación que establecieron los impor- tes de los arbitrios de limpieza pública, parques y jardinespara el período fiscal del año 2001 y del arbitrio de sere-nazgo para el período fiscal del año 1998; establecidos enlas Ordenanzas Nº 016-CDL-CH del 16 de febrero del 2001y Nº 003-98/CDLCH del 13 de marzo de 1998, respectiva- mente, pero con aplicación de la UIT vigente al año 2004, teniendo en consideración la difícil situación económica porla que atraviesa el país; Que, de conformidad a lo expuesto por el Art.15º del Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributación Municipal -se regulan las alternativas y plazos para la cancelación de estos impuestos, pudiendo cancelarse al contado o de for- ma fraccionada; en el primer caso, hasta el último día hábildel mes de febrero de cada año y, en el segundo caso,hasta en cuatro cuotas trimestrales; sin embargo, por ex-ternalidades que motivaron el retraso de las emisiones delos autoavalúos que contienen las declaraciones juradas y los recibos de pago, el Concejo ha considerado necesario modificar el plazo de vencimiento del pago al contado y/ode la primera cuota, en el caso de aquellos contribuyentesque se acojan al pago fraccionado, el 31 de marzo del 2004; Que, atendiendo a lo expuesto por los Arts. 8º y 18º de la Ordenanza Nº 016-CDL-CH, la Municipalidad Distrital de Lurigancho - Chosica queda facultada a determinar y recaudar dichos impuestos por períodos trimestrales y paraaplicar los porcentajes determinados para el cobro de arbi-trios de limpieza pública, parques y jardines respectiva-mente, teniendo en cuenta la Unidad Impositiva Tributaria -UIT - a ser utilizada como referencia para estos efectos, la misma que para el presente ejercicio fiscal 2004 ha sido fijada en S/. 3,200.00 (Tres Mil Doscientos y 00/100 Nue-vos Soles); Que, asimismo, el Concejo ha considerado que los gas- tos administrativos por derecho de emisión no deberánvariar en el porcentaje respecto a lo cobrado en el período fiscal 2003, equivalente a S/. 12.80 anual; Que, por lo expuesto, teniendo en cuenta lo dispuesto por la Cuarta Disposición Final del Decreto Legislativo Nº776 y estando a las atribuciones conferidas por la Ley Or-gánica de Municipalidades Nº 27972, este Concejo expidela siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE ESTABLECE LOS PLAZOS DE VEN- CIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL YARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL PERÍODO 2004 Primero.- La obligación de pago del impuesto predial para el ejercicio fiscal 2004 vence: Pago al Contado : 31 de MARZOPAGO FRACCIONADO Primera cuota : 31 de MARZO Segunda Cuota : 31 de MAYOTercera Cuota : 31 de AGOSTO Cuarta Cuota : 30 de NOVIEMBRE Segundo.- La obligación de pago de las cuotas trimes- trales de los Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio fiscalvence: Primera Cuota : 31 de MARZO Segunda Cuota : 31 de MAYO Tercera Cuota : 31 de AGOSTO Cuarta Cuota : 30 de NOVIEMBRE Tercero.- Aplíquese para el período fiscal 2004 los cri- terios de determinación que establecieron los importes delos Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines para el período fiscal del año 2001, cuya estructura fue estable- cida por la Ordenanza Nº 016-CDL-CH, y del Arbitrio deSerenazgo para el período fiscal del año 1998, cuya es-tructura fue establecida por la Ordenanza Nº 003-98/CDL-CH, respectivamente, entendiéndose que las UnidadesImpositivas Tributarias estarán referidas a la UIT vigente al 1 de enero del 2004. Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Econó- mico y Servicios Públicos precisar las zonas donde se pres-ta el servicio de Seguridad Ciudadana -Serenazgo-.Quinto.- Fijar en Doce y 80/100 Nuevos Soles (S/. 12.80), para el ejercicio fiscal 2004, el monto que deberánabonar los propietarios de los predios por concepto de de-recho de emisión mecanizada de actualización de valores,determinación del impuesto y sus recibos de pago. Incluyesu distribución a domicilio fiscal señalado en las declara- ciones juradas respectivas. Sexto.- En el caso de que los señores propietarios que mantengan más de un predio en la jurisdicción de Lurigan-cho - Chosica, deberán abonar por cada predio o anexoCuatro y 00/100 Nuevos Soles (S/. 4.00). DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias,complementarias y/o ampliatorias que sean necesarias parala ejecución de la presente Ordenanza. Segunda.- Encargar a la Gerencia de Rentas, Geren- cia de Desarrollo Económico y Servicios Públicos, Subge-rencia de Gestión Tecnológica y a la Subgerencia de Pren-sa y Relaciones Públicas velar por el estricto cumplimientoy difusión de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 05341 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G63/G6F/G6E/G64/G6F/G6E/G61/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G75/G64/G61/G73/G20/G6E/G6F/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G68/G61/G73/G74/G61/G20/G65/G6C/G33/G31/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G63/G69/G65/G6D/G62/G72/G65/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G32/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G70/G74/G6F /G64/G65/G20/G64/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G20/G64/G65/G20/G75/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G76/GED/G61/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G63/G6F/G6E /G66/G69/G6E/G65/G73/G20/G63/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G65/G73 ORDENANZA Nº 050-CDL-CH Chosica, 26 de febrero del 2004 POR CUANTO: El Concejo Distrital de Lurigancho - Chosica, en Se- sión Extraordinaria de la fecha; VISTO:El Dictamen Nº 005-2004-CPPEI/MDLCH de la Comi- sión Permanente de Regidores de Economía, Planificación, Presupuesto e Informática de fecha 25 de febrero del 2004y los Informes Nº 042-2004/SG-MDLCH del Despacho deSecretaría General y Nº 015-03/GR/MDLCH de la Geren-cia de Rentas; CONSIDERANDO: Que, puesto a conocimiento del Concejo el Dictamen e Informes de vistos que sustentan entre otros el Acta sus-crita por el Señor Alcalde Luis Fernando Bueno Quino confecha 13 de marzo del 2003, en representación de la Muni-cipalidad Distrital de Lurigancho - Chosica con la Federa- ción de Trabajadores Ambulantes de Chosica - FETACH -, representada por su Secretario General don Paulino CalleVilca, sobre la condonación de deudas no tributarias hastael 31 de diciembre del 2002, por concepto de operatividaden la vía pública - SISA -, a favor de los trabajadores ambu-lantes del distrito; compromiso que fue aprobado, con car- go a dar cuenta al Concejo, mediante Resolución de Alcal- día Nº 943-03/MDL de fecha 10 de julio del 2003; Que, de conformidad a lo expuesto por los Arts. 60º y 74º del Decreto Legislativo Nº 776, los Arts. 191º y 192ºinciso 3) de la Constitución Política del Perú y los Arts. III yIV del Título Preliminar y el Art. 41º del Código Tributario, esta Comuna Distrital cuenta entre sus atribuciones el crear, modificar y suprimir contribuciones o tasas y otorgar exo-neraciones dentro de los límites que fije la ley, en concor-dancia con la autonomía política, económica y administra-tiva que goza como Gobierno Local;