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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G37/G39/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 17 de marzo de 2004 VISTO: El Expediente Nº 12618-2003 de fecha 19 de setiembre del 2003, promovido por la Compañía Agropecuaria SantaRita S.R.L. representada legalmente por el Sr. Rafael Ro-berto Wong Tam; sobre procedimiento de Habilitación Ur- bana para edificación nueva con construcción simultánea de viviendas dentro del programa Techo Propio ubicado enla Mz. L, Lote 4 de la Lotización Campoy- Primera Etapa-distrito de San Juan de Lurigancho, con un área de terrenode 10,349.10 m2, para Uso Residencial de densidad me-dia R3; y, CONSIDERANDO: Que, el Art. 195º, inciso 6) de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680, señala que los Go-biernos Locales son competentes para planificar el desarro- llo urbano y rural de sus circunscripciones, incluyendo la zonificación, urbanismo y acondicionamiento territorial; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala en su Artículo 79º, Inc. 3.5.1) que en materia deOrganización del Espacio Físico y Uso del Suelo, las mu-nicipalidades distritales ejercen funciones específicas ex- clusivas: Normar, regular y otorgar autorizaciones, dere- chos y licencias y realizar la fiscalización de HabilitacionesUrbanas. Que, la Ley Nº 26878, Ley General de Habilitaciones Urbanas en su Artículo 3º establece que "Las Municipa-lidades Distritales en el ámbito de su jurisdicción les com- pete conocer y aprobar las solicitudes de Habilitación Ur- bana... para este fin las municipalidades conforman unaComisión Técnica..."; Que, el Artículo 4º de la citada Ley de Habilitaciones Urbanas, señala que el procedimiento consta de dos eta-pas: la aprobación de la habilitación urbana, el Título de Propiedad registrado, el Plano de Ubicación, el Plano de Lotización, y Memoria Descriptiva, Certificado de Zonifica-ción y vías otorgado por la municipalidad provincial, factibi-lidad de servicios, otorgado por las entidades prestadoras,así como la declaración jurada de reserva de áreas paralos aportes reglamentarios; Que, de acuerdo a la Primera Disposición transitoria complementaria de la citada Ley, las áreas de aportes des-tinados para recreación pública y otros fines o serviciospúblicos complementarios corresponden a las Municipali-dades Distritales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 053-98-PCM, se aprobó el Reglamento de Habilitación y Construcción Ur- bana Especial, el mismo que fue notificado por el DecretoSupremo Nº 030-2002-MTC; Que, obra en el Expediente de autos las factibilidades de servicio otorgados por SEDAPAL y EDELNOR; Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, aprobado por medio de la Ordenanza Nº 001, de fecha 11 de febrerodel 2002, contempla el procedimiento de Habilitación Ur-bana, el mismo que establece los requisitos que se requie-ren para iniciar el procedimiento mencionado; Que, de la revisión de los actuados se puede observar que el administrado ha cumplido con presentar los requisi- tos previstos en la Ley Nº 26878, publicada el 20 de noviem-bre de 1997, los mismos que señala el Reglamento de laLey de Habilitaciones Urbanas, aprobado por Decreto Su-premo Nº 011-98-MTC, publicado el 5 de junio de 1998,Artículo 10º, el Texto Único de Procedimientos Administra- tivos de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, apro- bado por medio de la Ordenanza Nº 001, de fecha 11 defebrero del 2002, el D.S. Nº 030-2002-MTC y demás nor-mas de la materia; Que, la División de Catastro, Planificación y Habilita- ciones Urbanas de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, emitió el Informe Nº 069-2003-MLJ-DCPHU/ DDU/MSJL, en el cual detalla el cumplimiento de los requi-sitos exigidos por las normas de la materia; Que, con fecha 30 de octubre del 2003 la Comisión de Habilitaciones urbanas del distrito de San Juan de Luri-gancho, conformada de acuerdo a la Resolución de Alcal- día Nº 323-2003/MSJL de fecha 7 de julio del 2003, emitió dictamen favorable sobre el citado procedimiento; Que, con relación a los aportes, el Artículo 5º del De- creto Supremo Nº 030-2002-MTC señala que lasHabilitaciones Urbanas, de conformidad con su área bruta habitable, deberán efectuar los siguientes aportes: recrea-ción pública, ocho por ciento (8%); Ministerio de Educa-ción, dos por ciento (2%). Respecto al aporte de educa-ción, de acuerdo al Dictamen de la Comisión se indica queel mismo, al no cumplir con las áreas mínimas exigidos por la norma de la materia, será redimido en dinero, conforme lo establece la citada norma en concordancia con el Re-glamento Nacional de Construcciones; Que, mediante Anexo Nº 01, de fecha 26/11/03, la empresa recurrente comunica que la misma ha sufrido uncambio de denominación social, siendo su actual denomi- nación "Constructora e Inmobiliaria Santa Rita S.R.L.", adjuntando documentación sustentatoria, solicitando queel presente trámite prosiga a nombre de la actual personajurídica. De la revisión de la documentación presentada seaprecia efectivamente que la recurrente ha cambiado dedenominación, adecuándose a la Nueva Ley General de Sociedades; denominación que se encuentra inscrita en Registros Públicos en la Partida Nº 01037056; razón por lacual no existe ningún inconveniente para continuar el trá-mite correspondiente a nombre de la actual denominación,es decir "Constructora e Inmobiliaria Santa Rita S.R. L."; Por las consideraciones expuestas, conforme a lo dis- puesto en el Artículo 69º, de la Ordenanza Nº 010 de fecha 14 de agosto del 2003 y publicado en el Diario Oficial ElPeruano con fecha 3 de setiembre del 2003 y su modifica-toria, y de conformidad a lo establecido en la Ley Orgánicade Municipalidades - Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR de conformidad con el Plano signado con el Nº 003-2003-HU-DCPHU-DDU/MSJL,la Habilitación Urbana para edificación nueva con cons-trucción simultánea de vivienda dentro del Programa "Te- cho Propio" seguido por "Constructora e Inmobiliaria San- ta Rita S.R.L.", representada legalmente por el Sr. RafaelRoberto Wong Tam; sobre el terreno de 10,349.10 m2 ubi-cado en la Mz. L, Lote 4 de la Lotización Campoy- PrimeraEtapa, distrito de San Juan de Lurigancho. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a Constructora e In- mobiliaria Santa Rita S.R.L." para ejecutar en el plazo de 18 meses, las Obras de Habilitación Urbana, cuyos pro-yectos se aprueban, debiendo sujetarse éstas a los Pla-nos firmados y sellados por la Dirección de Desarrollo Ur-bano, teniendo en cuenta lo siguiente: DISEÑO.- Se basará en el siguiente cuadro de áreas: ÁREA DEL TERRENO 10,349.10 M2 ÁREA CEDIDA A VÍA PÚBLICA 275.26 M2 ÁREA ÚTIL 10,073.84 M2 MEMORIA DESCRIPTIVA DE LA CALIDAD DE LA HABILITACIÓN URBANA Las características de las vías y veredas señaladas en la Memoria Descriptiva presentada por el proyectista, co-rresponden al Tipo B según el Reglamento Nacional deConstrucciones, que se detallan a continuación: Calzadas.- Serán de asfalto caliente de 5 cm. De espe- sor y construida sobre un terraplén de material selecciona-do de buena calidad y debidamente nivelado y compactado. Veredas.- Serán de concreto de calidad de f'c= 140 Kg/ cm2, de 0.10 m. de espesor y construida sobre un terra- plén de material seleccionado de buena calidad y debida- mente nivelado y compactado. El acabado será con mez-cla cemento y arena fina, preparado en proporción 1:2 y deun centímetro de espesor, bruñado cada 1.00 metro y con-juntas cada 5 metros. El desnivel de la acera con relacióna la calzada terminada será de 0.20 m. Sardineles.- En los extremos libres de las aceras o en contacto con jardines se construirá un sardinel de concre-to de dimensiones 0.15 m x 0.45 m mínimo. Deberán servaciados total e independientemente de la losa de la vere-da, de tal modo que cuando se ejecuten reparaciones nose comprometa al sardinel. La calidad del concreto será de f'c=140 kg/cm2. Berma.- Las Bermas laterales quedarán en tierra de chacra, compactada y nivelada, con árboles cada 12 m,con pozas de concreto.