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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G37/G39/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 17 de marzo de 2004 Que, el Concejo, tras el debate correspondiente confor- me obra en actas, de conformidad a sus atribucionesexpuestas en el Art. 9º de la Ley Orgánica de Munici-palidades Nº 27972, por unanimidad y con la dispensa deltrámite y lectura del acta, aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA SOBRE CONDONACIÓN DE DEUDAS NO TRIBUTARIAS HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DEL 2002 POR CONCEPTO DE DERECHO DE USO DE LA VÍA PÚBLICA CON FINES COMERCIALES (SISA) Primero.- Condonar las deudas generadas hasta el 31 de diciembre del 2002, por concepto de Derecho de Uso de la Vía Pública con fines comerciales (SISA), cualquierasea el estado en que se encuentren. Segundo.- Condonar las multas administrativas impues- tas hasta el 31 de diciembre del año 2002, por "Ejercer elcomercio en la vía pública sin autorización" establecido en el código 01-0201 del Cuadro de Infracciones y Sanciones - RAS, siempre que estén comprendidos o agrupados yorganizados en la Federación de Trabajadores Ambulantesde Chosica - FETACH. Tercero.- Los pagos efectuados con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza son válidos y no se encuentran sujetos a compensación o devolución. Cuarto.- Ratificar para el período fiscal 2004 el dere- cho que se cobra por concepto de uso de la vía pública confines comerciales (SISA), a la que se deberá aplicar la tasaque regía para el período fiscal 2003. DISPOSICIONES FINALES Primero.- Facúltese al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias,complementarias y/o ampliatorias que sean necesarias parala ejecución de la presente Ordenanza. Segundo.- Encargar a la Gerencia de Rentas, Subge- rencia de Gestión Tecnológica, Gerencia de DesarrolloEconómico y Servicios Públicos y a la Subgerencia de Pren-sa y Relaciones Públicas velar por el estricto cumplimientoy difusión de la presente Ordenanza. Tercero.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Econó- mico y Servicios Públicos el empadronamiento de los be- neficiarios. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 05342 /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G65/G74/G61/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G67/G69/G64/G6F/G72/G65/G73 /G70/G6F/G72/G20/G61/G73/G69/G73/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G65/G66/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G61/G20/G73/G65/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G6F/G72/G64/G69/G2D/G6E/G61/G72/G69/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G6A/G6F ACUERDO DE CONCEJO Nº 021-04/CDL-CH Chosica, 4 de marzo del 2004 Visto en la Orden del Día de la Sesión Ordinaria de Con- cejo convocada para la fecha el Dictamen Nº 007-04/CALM-BRC-MDLCH por la cual la Comisión Permanente de Regi-dores de Asesoría Legal, Margesí de Bienes y Registro Ci-vil recomienda al Concejo la aprobación de un Acuerdo que ratifique en 0.74% de la Unidad Impositiva Tributaria (U.I.T) el monto de la dieta por asistencia efectiva a Sesión de Con-cejo para el período 2004 - 2006, con arreglo a ley; CONSIDERANDO: Que, puesto a consideración del Concejo el Dictamen de vistos, teniendo en cuenta lo expuesto por el Art.12º dela Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, por el quese precisa que las dietas de los señores Regidores debenser aprobados por Acuerdo de Concejo dentro del primer trimestre del primer año de gestión; Que, teniendo en cuenta que para el caso del Concejo Dis- trital de Lurigancho - Chosica las dietas de los señores Regi-dores se fijaron con anterioridad a la vigencia de la Ley Nº 27972 y sólo para el ejercicio presupuestal 2003, motivo porel cual se ha manifestado la necesidad de adecuar el procedi-miento de fijación de dietas a la nueva legislación municipal; Que, en este sentido, en respaldo al dictamen de vistos los señores Regidores unánimemente expresaron su conformidad por la ratificación del 0.74% de la U.I.T. como monto de la dieta por cada Sesión Ordinaria efectiva; Que, tras el debate correspondiente conforme obra en actas; y, Sometido a Votación del Concejo de forma reglamen- taria, por unanimidad y con la aprobación de la dispensa del trámite y lectura del acta; ACORDÓ: Primero.- Ratificar en 0.74% de la Unidad Impositiva Tributaria (U.I.T) el monto de la DIETA POR ASISTENCIAefectiva a cada Sesión Ordinaria de concejo de los seño-res Regidores de la Municipalidad Distrital de Lurigancho -Chosica, con un máximo de dos Sesiones mensuales pa- gadas; monto a regir para el período 2004 - 2006. LUIS FERNANDO BUENO QUINO Alcalde 05346 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL /G41/G64/G65/G63/G75/G61/G6E/G20/G6F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G73/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G69/G64/G61/G73/G20/G61/G6C/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G2D /G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G61/G70/G65/G72/G74/G75/G72/G61/G20/G79/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G61 /G6C/G6F/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G32/G38/G2D /G32/G30/G30/G33/G2D/G4D/G44/G53/G4D ORDENANZA Nº 36-MDSM San Miguel, 26 de febrero de 2004 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL POR CUANTO: El Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria de la fecha, por UNANIMIDAD, y con dispensa del trámite de aproba-ción del Acta, aprobó lo siguiente: CONSIDERANDO: Que, de conformidad con las facultades conferidas en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi-cada por la Ley Nº 27680, las Municipalidades Provincia- les y Distritales gozan de autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, con fecha 28 de junio de 2003 se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Ordenanza Nº 014-2003-MDSM, norma que aprobó el Otorgamiento de la Autoriza-ción de Apertura y Funcionamiento de Establecimientos en la Jurisdicción del distrito de San Miguel, de conformidad con lo establecido con la Ley Orgánica de Municipalida-des, Ley Nº 23853; Que, mediante la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 publicada en el Diario Oficial El Peruano el 27 demayo de 2003, se sustituye integralmente el Régimen Le- gal de las Municipalidades establecido a través de la Ley Nº 23853, norma que quedó derogada; Que, por lo señalado en el párrafo precedente, esta Corporación Edil mediante la Ordenanza Nº 017-2003-MDSM publicada el 8 de julio 2003, adecua la OrdenanzaNº 014-2003-MDSM referente a la Autorización de Apertu- ra y Funcionamiento de Establecimientos, a la nueva Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modifica elArtículo 27º de la citada ordenanza; Que, por Ordenanza Nº 028-MDSM publicada en el Dia- rio Oficial El Peruano el 31 de diciembre de 2003, se apro-bó la nueva Estructura Orgánica, Reglamento de Organi- zación y Funciones y Cuadro de Asignación de la Munici- palidad de San Miguel, por lo cual, se hace necesario ade-cuar a las Ordenanzas Nºs. 014-2003-MDSM y 017-2003-MDSM a lo dispuesto en la norma en referencia;