Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2004 (20/03/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, sabado 20 de marzo de 2004

NORMAS LEGALES

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Que, estando a lo dispuesto por el literal f) del articulo 15º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, es atribucion del Sistema emitir, como resultado de las acciones de control efectuadas, los informes respectivos con el debido sustento tecnico y legal, constituyendo prueba preconstituida para el inicio de las acciones administrativas y/o legales que MORDAZA recomendadas en dichos informes; Que, mediante Memorandum Nº 625-2003-GG/IRTP, la Gerencia General del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP senala que ha requerido la devolucion del pago indebido a los servidores involucrados. Como resultado de la gestion, un total de quince (15) servidores se ha negado a devolver lo indebidamente percibido, lo que ha motivado que la Gerencia General del IRTP mediante el Memorandum MORDAZA citado solicite recurrir a la via judicial para obtener la devolucion de los recursos del Estado por haberse agotado la via administrativa correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado, articulo 16º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representacion y Defensa del Estado en Asuntos Judiciales, modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado inicie e impulse las acciones judiciales que corresponda contra el personal "Asistente III", cuya relacion forma parte del Memorandum Nº 625-2003-GG/ IRTP, de la Gerencia General del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP, por los hechos contenidos en el Informe Nº 008-2003-IRTP-OGAI "Examen Especial a los Gastos por Concepto de Movilidad al Personal "Asistente III" del IRTP", emitido por la Oficina General de Auditoria Interna del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion, asi como los antecedentes del caso, al mencionado Procurador Publico para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese.

Que, entre los objetivos estrategicos generales y politica del Sector Defensa, se encuentra la participacion en actividades de caracter regional, continental y/o mundial, en la perspectiva de integrar las Fuerzas Armadas Multinacionales de Paz o Seguridad; Que, el Sector Defensa en cumplimiento a lo dispuesto por el Supremo Gobierno respecto a las medidas de austeridad y racionalidad del gasto en el Sector Publico, viene reduciendo al minimo indispensable las autorizaciones de los viajes al exterior; Que, segun Resolucion Ministerial Nº 969 DE/FAP-CP de fecha 19 de junio de 2003, se nombro en Comision del Servicio a las Agregadurias del Peru en las Republicas de MORDAZA, Italia, Belarus y a la Federacion Rusa, del 22 de junio al 6 de MORDAZA de 2003, al MORDAZA FAP DE OLARTE MORDAZA MORDAZA, con la finalidad de que integre el equipo de Auditores que realizo la accion de control conjunta en las Agregadurias de los paises MORDAZA mencionados, de conformidad con las coordinaciones realizadas por el Organo de Control Institucional del Ministerio de Defensa y la Contraloria General de la Republica; Que, el Articulo 3º de la citada resolucion consigna la cotizacion por costo de pasajes aereos en el itinerario LimaParis-Roma-Moscu-Lima ascendente a la cantidad de US$ 2,276.00 dolares americanos; Que, por razones del servicio el itinerario MORDAZA mencionado se realizo en la ruta Lima-Paris-Roma-Paris-MoscuParis-Lima, habiendose cancelado la cantidad de US$ 2,758.94 dolares americanos; en razon a la variacion del itinerario MORDAZA mencionado, asi como por la influencia del periodo de temporada alta que se vivia en el Continente Europeo en ese momento; Que, de acuerdo a lo expuesto en el MORDAZA y MORDAZA considerando es procedente el reintegro de US$ 482.94 dolares americanos a favor del mencionado Oficial Superior; Que, el pago correspondiente se efectuara de acuerdo a los dispositivos legales vigentes al momento de su realizacion; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Articulos 14º y 15º de la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio del 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero del 2004; y, Estando a lo opinado por el Comandante de Personal, a lo informado por el Jefe del Estado Mayor General y a lo acordado con el Comandante General de la Fuerza Aerea; SE RESUELVE:

MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 05584

DEFENSA
Reintegran a oficial FAP monto por concepto de pasajes aereos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 380-2004-DE/FAP-CP MORDAZA, 16 de marzo de 2004 Vista la solicitud de fecha 24 de MORDAZA del 2003 y Papeletas de Tramite Nº 3229-SGFA del 19 de agosto del 2003, 0083-SGFA del 9 de enero del 2004 y 0679-SGFA del 18 de febrero del 2004 del Secretario General de la Fuerza Aerea del Peru; CONSIDERANDO: Que, la Vigesima MORDAZA Politica de Estado del Acuerdo Nacional promueve la participacion de las Fuerzas Armadas en la Defensa Regional, la Seguridad Hemisferica y las Misiones de Paz en el MORDAZA de la Organizacion de las Naciones Unidas; Que, el inciso (e) del articulo 4º de la Ley Nº 27860 Ley del Ministerio de Defensa, establece como una de sus funciones participar a traves de los organismos pertinentes, en las misiones de paz internacionales a que se comprometa el Estado Peruano de acuerdo a Ley;

Articulo Unico.- Reintegrar al MORDAZA FAP DE OLARTE MORDAZA MORDAZA, el monto correspondiente por concepto de pasajes aereos en la ruta Lima-Paris-Roma-Paris-Moscu-Paris-Lima, ascendente a la cantidad de US$ 482.94 dolares americanos, a merito de lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 05470

Autorizan viaje en comision de servicio a MORDAZA de personal FAP que trasladara a Delegacion de la Fuerza Aerea del Peru para evento "FIDAE - 2004"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 381-2004-DE/FAP-CP MORDAZA, 16 de marzo de 2004 Visto el Oficio V-35-COOP-Nº 0428 del 9 de marzo del 2004 del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aerea del Peru; CONSIDERANDO: Que, el Personal FAP que se indica en la parte resolutiva, ha sido propuesto para viajar en Comision de Servicio

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