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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G34/G39/G35/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 20 de marzo de 2004 SE RESUELVE: Artículo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del SurS.A.A., la servidumbre convencional de ocupación y de trán- sito sobre el bien de propiedad de la JUNTA DE PROPIE- TARIOS DEL EDIFICIO AREQUIPA, para la instalación dela subestación de distribución compacta del tipo pedestal para Servicio Público de Electricidad Nº 8335, ubicada en el inmueble sito en la avenida Santa Cruz Nº 104, distritode San Isidro, provincia y departamento de Lima, constitui- da mediante Escritura Pública de fecha 27 de octubre de 2003, en los términos y condiciones estipulados en la mis-ma. Artículo 2º.- Son de aplicación a la servidumbre reco- nocida en el artículo que antecede, las normas de seguri-dad establecida en la Ley, el Reglamento y en las normas técnicas pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 04678 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 087-2004-MEM/DM Lima, 27 de febrero de 2004VISTA: La solicitud de imposición de la servidumbre de ocupación, sobre bienes de propiedad particular, para lainstalación del Poste Nº 76 de la línea de alta tensión Nº 621/622, presentada por Luz del Sur S.A.A., persona jurí- dica inscrita en el Asiento D 00001 de la Partida Nº11008689 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema Nº 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha soli-citado el reconocimiento de la servidumbre de ocupación de carácter temporal, hasta el 18 de julio de 2005, sobre bienes de propiedad particular para la instalación del Pos-te Nº 76 de la línea de alta tensión Nº 621/622, ubicado en el ex Fundo Santa Rosa, Parcela Nº 10395 (altura km. 32,5 de la antigua Panamericana Sur), distrito de Lurín, provin-cia y departamento de Lima, según las coordenadas UTM que figuran en el Expediente Nº 31136402; Que, la concesionaria ha acreditado que en el predio señalado en el considerando que antecede, se ha consti- tuido servidumbre convencional de ocupación sobre un área de 150,28 metros cuadrados, de bienes de propiedad par-ticular de la Sra. Hilaria Aragón Conde, conforme consta en la copia del Contrato de Servidumbre de Ocupación Temporal de fecha 18 de julio de 2002 que obra en el Expe-diente; Que, de acuerdo a la copia del Contrato a que se refie- re el considerando que antecede, el concesionario ha com-pensado al propietario del área afectada por la servidum- bre que se indica en el primer considerando de la presente Resolución; Que, el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Con- cesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acredi-ten la existencia de servidumbre convencional para el de- sarrollo de las actividades eléctricas, pueden solicitar al Ministerio de Energía y Minas el reconocimiento de la mis-ma, siendo de aplicación a tal servidumbre convencional las normas de seguridad establecidas en la Ley de Conce- siones Eléctricas, su Reglamento y en las normas técni-cas pertinentes; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispues- to por el artículo 116º y siguientes de la Ley de Concesio-nes Eléctricas, Decreto Ley Nº 25844, y su Reglamento; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con losrequisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 360-2003-DGE-CEL; Estando a lo dispuesto en el artículo 217º del Regla- mento de la Ley de Concesiones Eléctricas;Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del SurS.A.A., la servidumbre convencional de ocupación de ca- rácter temporal, hasta el 18 de julio de 2005, sobre el bien de propiedad de la Sra. Hilaria Aragón Conde, para la ins-talación del Poste Nº 76 de la línea de alta tensión Nº 621/ 622, ubicado en el ex Fundo Santa Rosa, Parcela Nº 10395 (altura km. 32,5 de la antigua Panamericana Sur), distritode Lurín, provincia y departamento de Lima, constituida mediante Contrato de fecha 18 de julio de 2002, en los tér- minos y condiciones estipulados en la misma. Artículo 2º.- Son de aplicación a la servidumbre reco- nocida en el artículo que antecede, las normas de seguri- dad establecida en la Ley, el Reglamento y en las normastécnicas pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 04680 /G49/G6D/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20 /G73/G65/G72/G76/G69/G64/G75/G6D/G62/G72/G65/G73/G20 /G64/G65/G20 /G6F/G63/G75/G70/G61/G63/G69/GF3/G6E /G64/G65/G20/G62/G69/G65/G6E/G65/G73/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G66/G69/G6E/G69/G2D/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G62/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G73/G20/G74/G69/G74/G75/G2D/G6C/G61/G72/G20/G4C/G75/G7A/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G75/G72/G20/G53/G2E/G41/G2E/G41/G2E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 076-2004-MEM/DM Lima, 25 de febrero de 2004 VISTA: La solicitud de imposición de la servidumbre de ocupación de bienes de propiedad municipal para la insta- lación de la subestación de distribución para Servicio Pú- blico de Electricidad N° 1654, presentada por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en el Asiento D 00001, Partida N° 11008689 del Registro de Personas Jurídicas de Lima; CONSIDERANDO:Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema N° 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha soli- citado la imposición de la servidumbre de ocupación de bienes de propiedad municipal para la instalación de la subestación de distribución para Servicio Público de Elec- tricidad N° 1654, ubicada en la Esq. Av. Enrique Guzmán y Valle y calle La Oroya, Urb. Villa Chosicana, distrito de Lu- rigancho, provincia y departamento de Lima, según las coordenadas UTM que figuran en el Expediente Nº 31112401; Que, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del artículo 109º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesio- nes Eléctricas, los concesionarios están facultados a utili- zar a título gratuito el suelo, el subsuelo y aires de caminos públicos, calles, plazas y demás bienes de propiedad del Estado o municipal, así como para cruzar ríos, puentes, vías férreas, líneas eléctricas y de comunicaciones; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispues- to por el artículo 110° y siguientes de la Ley de Concesio- nes Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe N° 351-2003-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1°.- IMPONER con carácter permanente a fa- vor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupación de