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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G38/G33/G30/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 12 de mayo de 2004 CONSIDERANDO: Que, el Banco Central de Reserva del Perú tiene por finalidad preservar la estabilidad monetaria y entre sus fun-ciones está la de administrar las reservas internacionales; Que, para el cumplimiento de la referida función la Ge- rencia de Operaciones Internacionales tiene entre sus ob-jetivos propender a la optimización de la administración de las reservas internacionales del país, velar por la oportuna y correcta ejecución de las operaciones en el contexto delmercado internacional y fortalecer los vínculos con orga- nismos e instituciones del exterior; Que, en tal sentido, se considera necesaria la partici- pación de la entidad en el 30 th Central Bank Seminar on the Management of External Reserves, organizado por el J.P. Morgan, que se llevará a cabo en Nueva York, EstadosUnidos de América, entre el 23 y 28 de mayo, para lo cual han cursado la invitación a este Banco Central; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y estando a lo acor- dado el Directorio en su sesión de fecha 12 de febrero de 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Rosa Emi- lia Manabe, Analista Profesional de la Sección Inversiones en Divisas de la Gerencia de Operaciones Internaciona-les, a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de Améri- ca, entre el 22 y 28 de mayo; y al pago de los gastos, a fin de intervenir en el certamen indicado en la parte conside-rativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje es como sigue: Pasaje US$ 729,95 Viáticos US$ 1540,00 Tarifa Única de Aeropuerto US$ 28,24 Total US$ 2298,19 Artículo 3º.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. JAVIER SILVA RUETE Presidente 08919 CONTRALORÍA GENERAL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G69/G6C/GED/G63/G69/G74/G6F/G73/G20/G70/G65/G6E/G61/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 170-2004-CG Lima, 6 de mayo de 2004 VISTO, el Informe Especial Nº 043-2004-CG/ZN, resul- tante del Examen Especial practicado al Consejo Transi- torio de Administración Regional San Martín, período 2002, incluyendo operaciones del Gobierno Regional San Martíndel año 2003; y, CONSIDERANDO: Que, como resultado de la evaluación practicada por la Comisión Auditora, se ha determinado que a fin de justificarla legalidad del viaje efectuado por el Presidente del Gobier- no Regional San Martín, a un evento internacional que se desarrolló en la República de Panamá del 11 al 17 de mayodel 2003, se publicó en el Diario Oficial El Peruano del 10.May.2003, el Acuerdo del Consejo Regional Nº 003-2003- GRSM-CR, insertándose un texto que no corresponde a lorealmente acordado en la Sesión Ordinaria del Consejo Regional del 5.May.2003, donde, tal como consta en el acta respectiva, se autorizó para dicho viaje a una ConsejeraRegional, y al Presidente Regional para que asista a otro evento que se realizaría en la República de Canadá; estos hechos han ocasionado perjuicio económico a la entidadascendente a S/.6 665,00 por el pago de remuneraciones alPresidente Regional por diez días no laborados, y por los cuales no estuvo autorizada su ausencia; Que, asimismo, se ha constatado, que el Presidente Regional, con la visación de otros funcionarios de la Re-gión, emitió la Resolución Ejecutiva Regional Nº 189-2003- GRSM/PR del 5.May.2003, donde también se insertó un texto distinto a lo acordado en la mencionada Sesión deConsejo, al señalarse que el Titular de la Región contaba con la autorización del citado Consejo para viajar a la Re- pública de Panamá; Que, los hechos antes descritos, permiten concluir la existencia de indicios razonables de la comisión de Delito Contra la Administración Pública en la figura de Abuso deAutoridad y Delito Contra la Fe Pública en la modalidad de Falsedad Ideológica, previstos y penados en los artículos 376º y 428º del Código Penal; Que, en atención a los hechos expuestos y habiéndose acreditado la existencia de indicios razonables de la comi- sión del delito como consecuencia de la acción de controlpracticada, en los que se encuentran involucrados funcio- narios del Gobierno Regional San Martín, le corresponde a la Contraloría General de la República proceder confor-me a sus atribuciones; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del artículo 22º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional deControl y de la Contraloría General de la República - Ley Nº 27785, constituye atribución de este Organismo Supe- rior de Control, disponer el inicio de las acciones legalespertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Público, en los casos en que en la ejecución directa de una acción de control se encuentre daño económico o presun-ción de ilícito penal, correspondiendo autorizar al Procura- dor Público encargado de los asuntos judiciales de la Con- traloría General de la República, el inicio de las accioneslegales respectivas contra los presuntos responsables com- prendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con el artículo 22º inciso d) de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contra- loría General de la República, Ley Nº 27785, y los Decre- tos Leyes Nºs 17537 y 17667; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría Ge- neral de la República, para que en nombre y representa-ción del Estado, inicie las acciones legales correspondien- tes por los fundamentos expuestos en la parte considerati- va de la presente resolución, contra los presuntos respon-sables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndose- le para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 08989 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 171-2004-CG Lima, 6 de mayo de 2004VISTO, el Informe Especial Nº 044-2004-CG/ZN, resul- tante del Examen Especial practicado en el Consejo Tran-sitorio de Administración Regional del Callao, período ene- ro a diciembre de 2002, considerando operaciones relacio- nadas con la ejecución de la obra: "Construcción de Vere-das en el Centro Poblado Menor Nuestra Señora de Las Mercedes de Mi Perú - Ventanilla" por el período antes ci- tado e incluyendo operaciones anteriores a dicho período; CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento del Plan Anual de Control del año 2003 y al mandato legal establecido en el literal a), Artículo 82º de la Ley Nº 27867, la Contraloría General de la Repú-blica efectuó un examen especial en el Consejo Transitorio de Administración Regional del Callao, orientado a la eva- luación de la documentación que sustenta la ejecución dela obra "Construcción de Veredas en el Centro Poblado Menor Nuestra Señora de Las Mercedes de Mi Perú - Ven- tanilla";