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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MAYO DEL AÑO 2004 (12/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 29

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G38/G33/G30/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 12 de mayo de 2004 facultades para que la Presidencia de la mencionada Cor- te Superior pueda gestionar, aprobar y suscribir convenios con instituciones educativas de prestigio que permitan el acceso gratuito y/o con tarifas reducidas del personal auxi-liar para realizar estudios de posgrado y/o perfeccionamien- to; precisándose que el Pleno al hacer suya tal petición extendió el acuerdo a todo tipo de convenio que sirva parael desarrollo de la Corte Superior de Justicia de Lima, siem- pre y cuando no implique inversión del gasto público; Que, a fojas tres del presente actuado se detallan el conjunto de propuestas iniciales presentadas por la Comi- sión designada, entre las que se precisan los puntos mate- ria de la presente solicitud; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece en su artículo 82º inciso 21), que son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo delPoder Judicial celebrar toda clase de convenios y coope- ración e intercambio con entidades nacionales o extran- jeras, dentro de la Constitución y las leyes. En forma con-cordante el inciso 26) del referido artículo establece que corresponde a este Órgano de Gobierno adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependenciasdel Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia y para que los Magistrados y demás servidores del Poder Judicial se desempeñan con la mejor conducta funcional; Que, en congruencia con las normas expuestas, el ar- tículo 90º inciso primero de la anotada Ley Orgánica seña- la que es atribución del Presidente de la Corte Superiorrepresentar al Poder Judicial en su respectivo Distrito Ju- dicial, añadiendo en el inciso 6) que le corresponde ejecu- tar los acuerdos de la Sala Plena y del Consejo EjecutivoDistrital; Que, del análisis de las normas acotadas, en concor- dancia con la facultad discrecional que le compete al Con-sejo Ejecutivo del Poder Judicial se colige que como ór- gano técnico de gestión se encuentra legalmente provis- to de la capacidad para delegar en la Corte Superior deJusticia de Lima la atribución para gestionar, aprobar y suscribir convenios con instituciones educativas para ele- var el nivel académico profesional del personal auxiliar,dado que estas condiciones se enmarcan dentro de la competencia del concepto doctrinal de los actos adminis- trativos de gestión; Que, sin embargo, la delegación de facultades objeto de la presente solicitud debe producirse bajo el cumplimien- to de ciertos presupuestos, para la adecuada marcha de laInstitución; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el informe del señor Con-sejero José Donaires Cuba, en sesión extraordinaria de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Wálter Vás- quez Vejarano por estar conformando Sala, por unanimi-dad: RESUELVE:Artículo Primero.- Delegar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima la atribución de gestionar,aprobar y suscribir convenios con Instituciones Educati- vas, que permitan el acceso gratuito y/o con tarifas reduci- das del personal auxiliar de dicha Corte Superior para rea-lizar estudios de posgrado y/o perfeccionamiento, bajo el cumplimiento de los siguientes presupuestos de exigencia obligatoria: - Que la gestión, aprobación y suscripción de con- venios a que se refiere la presente resolución no irro-gue gasto alguno al Pliego Presupuestal del Poder Ju- dicial. - Que el desarrollo de los cursos de capacitación no interfiera o afecte las labores habituales de la función juris- diccional. - Que no sea materia de convenio la aceptación de prac- ticantes, ni meritorios. - Que no se descuente por planilla los pagos que corres- pondan a los cursos que se dicten. Artículo Segundo.- Disponer que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima cumpla con informarperiódicamente en forma documentada sobre los conve- nios que se suscriban y los beneficios alcanzados por el personal auxiliar. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judi- cial, Corte Superior de Justicia de Lima, y a la GerenciaGeneral del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.SS. HUGO SIVINA HURTADO ANDRÉS ECHEVARRÍA ADRIANZÉNJOSÉ DONAIRES CUBA EDGARDO AMEZ HERRERA LUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ08930 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G72/G65/G6E/G6F/G76/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F/G20/G63/G65/G6C/G65/G2D /G62/G72/G61/G64/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G45/G64/G75/G2D/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G75/G73/G63/G6F RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 085-2004-CE-PJ Lima, 30 de abril del 2004 VISTO:El Oficio Nº 105-2004-GG/PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia General del Poder Judicial somete a consideración de este Órgano de Gobierno el proyecto de Convenio Educativo entre el Poder Judicial y la DirecciónRegional de Educación del Cusco, para el funcionamiento de Programas de Educación Básica Alternativa y Educa- ción Técnica, a fin de que sea evaluado; Que, la propuesta presentada consiste en la renova- ción del Convenio Educativo celebrado el 9 de marzo del 2000 entre el Poder Judicial y la Dirección Regional deEducación del Cusco, que tiene como objetivos continuar con el funcionamiento del Centro de Educación Ocupacional Marcavalle y los Programas No Escolarizados de Primariay Secundaria (PRONEP y PRONES), garantizar que di- chos centros atiendan a los adolescentes infractores internados en el Centro Juvenil del Cusco y, velar por lacalidad de la educación que ahí se imparte; Que, el Poder Judicial, mediante la Gerencia de Cen- tros Juveniles de la Gerencia General, tiene a su cargo lasfunciones referidas a la rehabilitación para la reinserción a la sociedad de los adolescentes infractores, según lo dis- pone la IV Disposición Complementaria del DecretoLegislativo Nº 866; en tal sentido, resulta conveniente apro- bar la propuesta presentada; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el inciso 21 del artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, de conformidad con el informe del señorConsejero Wálter Vásquez Vejarano, quien no interviene por estar conformando Sala, en sesión extraordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la renovación del Conve- nio Educativo entre el Poder Judicial y la Dirección Regio- nal de Educación del Cusco, para continuar con el fun-cionamiento del Centro de Educación Ocupacional Marca- valle y los Programas No Escolarizados de Primaria y Se- cundaria (PRONEP y PRONES), que consta de diez (10)cláusulas; delegándose al Gerente General del Poder Ju- dicial su suscripción. Artículo Segundo.- Disponer que el Gerente de Cen- tros Juveniles de la Gerencia General del Poder Judicial informe trimestralmente al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial sobre los logros obtenidos. Artículo Tercero.- La suscripción y ejecución de la re- novación del Convenio materia de la presente resolución, no irrogará mayores gastos al Poder Judicial.