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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MAYO DEL AÑO 2004 (14/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 9

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G33/G39/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 14 de mayo de 2004 Artículo 4º.- Copia de la presente Resolución y sus antecedentes serán remitidos a la Contraloría General de la República dentro de los diez (10) días calendario siguien- te a la fecha de su expedición. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 09128 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G2D /G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F /G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G73/G2D /G63/G65/G6E/G74/G72/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0232-2004-ED Lima, 13 de mayo de 2004CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 0854-2003-ED se modifica el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 1271-2002-ED, conformando la Comisión Sectorial deTransferencia del Ministerio de Educación ante el Consejo Nacional de Descentralización; Que, es necesario modificar la conformación de la refe- rida Comisión y adecuar su trabajo a las exigencias de la Hoja de Ruta del Sector Educación 2004-2006; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510 y en los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 0854-2003-ED, quedando conformada la Comisión de Transferencia del Ministerio de Educación ante el Consejo Nacional de Descentralización, con los siguien-tes miembros acreditados ante dicho Consejo: - Viceministro de Gestión Institucional, quien la presidi- rá; - Viceministro de Gestión Pedagógica; - Jefe de la Oficina de Supervisión y Coordinación Re- gional, quien se hará cargo de la Secretaría Técnica; - Secretario de Planificación Estratégica; - Director Nacional de Educación Secundaria y Supe- rior Tecnológica; - Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica; Artículo 2º.- Las dependencias y los Organismos Pú- blicos Descentralizados del Sector brindarán el apoyo ne- cesario que requiera la Comisión para el adecuado cumpli-miento de sus funciones. La Comisión podrá disponer y/o proponer la conformación de subcomisiones de trabajo específico sobre las acciones de su competencia. Artículo 3º.- La Secretaría Técnica de la Comisión de Transferencia del Ministerio de Educación tendrá a su car- go las siguientes funciones: a) Coordinación técnica en la formulación de la estrate- gia general de la descentralización sectorial, en el desa-rrollo de las precisiones sobre las atribuciones de cada uno de los niveles de gobierno, las orientaciones para los pla- nes pedagógicos regionales y locales en el marco de lapolítica pedagógica nacional, y las relaciones entre las pres- taciones descentralizadas en la escuela pública, con la participación de la comunidad educativa. b) Seguimiento de las actividades de la Comisión de Transferencia en el marco de la Hoja de Ruta 2004. c) Coordinar la agenda y actividades de la Comisión de Transferencia. Artículo 4º.- La Secretaría Técnica de la Comisión de Transferencia del Ministerio de Educación está conformada por: - Manuel Iguiñiz Echeverría; - Juan Borea Odria;- Flormarina Guardia Aguirre; - Obcis Vílchez Perales; y, - Raúl Ueda Sato. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 09129 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G66/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G61/G73/G20/G64/G65/G6C /G50/G72/G65/G73/G75/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G2D/G72/G69/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G34/G20/G61/G20/G75/G6E/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G65/G6A/G65/G63/G75/G74/G6F/G72/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G65/G64/G75/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73 /G67/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G73/G20/G72/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0233-2004-ED Lima, 13 de mayo de 2004CONSIDERANDO Que, mediante la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, se aprobó el Presupuesto del Sector Público correspondiente al año fis-cal 2004; Que, por Resolución Ministerial Nº 1082-2003-ED, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego010 Ministerio de Educación para el Año Fiscal 2004 por la suma de MIL NOVECIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLO- NES NOVENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS TREINTA YOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 969 095 538,00) por toda fuente de financiamiento; Que, el Ministerio de Educación, como ente rector del sistema educativo y con la finalidad de garantizar el dere- cho laboral de los docentes que, en mérito a lo dispuesto por la Ley Nº 27971, ganaron su nombramiento en plazasdocentes, ha tomado medidas prioritarias y excepcionales para resolver la situación originada por los Gobiernos Re- gionales de Loreto, Ucayali y San Martín, que han desco-nocido la adjudicación de plazas ganadas por 1586 docen- tes, como resultado de la precitada ley; Que, con Ley Nº 28197, se autoriza un Crédito Suple- mentario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, a favor del Sector Educación, hasta por la suma de CATORCE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTE MIL Y00/100 NUEVOS SOLES (S/.14 820 000,00), provenientes de mayores ingresos tributarios por concepto del Impuesto a las Transacciones Financieras; los que serán destinadosexclusivamente a dar cobertura presupuestal a 1,586 pla- zas de docentes de las Direcciones Regionales de Educa- ción de Piura, Huánuco, Huancavelica y Cusco; Que, el artículo 1º de la Ley Nº 28197, autoriza al titular del Ministerio de Educación a efectuar, mediante resolu- ción, las transferencias financieras necesarias a los res-pectivos Gobiernos Regionales; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 38º de la Ley Nº 27209, Ley de Gestión Presupuestaria del Esta-do, Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004, y la Ley Nº 28197, Ley que autori- za un Crédito Suplementario a favor del Sector Educaciónpara el Año Fiscal 2004; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorízase las Transferencias Financieras, del Presupuesto Institucional del Pliego 010 Ministerio de Edu-cación para el Año Fiscal 2004, Unidad Ejecutora 024 - Sede Central del Pliego Ministerio de Educación con cargo a la Cadena Presupuestal según Nota de Modificación Presupues-tal Nº 00008 a las Unidades Ejecutoras de Educación de los Gobiernos Regionales de Piura, Huánuco, Huancavelica y Cusco, hasta por un monto de CATORCE MILLONES OCHO-CIENTOS VEINTE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 14’820,000.00) durante el presente Ejercicio Fiscal, que serán utilizados exclusivamente para el pago de las remune-raciones, cuotas patronales y beneficios sociales de los do- centes nombrados en aplicación de la Ley Nº 28197. Artículo 2º.- Los desembolsos de las mencionadas transferencias financieras se realizarán mensualmente