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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G34/G31/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 14 de mayo de 2004 S B S /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G20/G6E/G61/G2D /G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G2D /G67/G75/G72/G6F/G73 RESOLUCIÓN SBS Nº 532-2004 Lima, 19 de abril de 2004 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA:La solicitud presentada por la señora Lidia Rosa Alza- mora Gonzales para que se le autorice la inscripción en elRegistro del Sistema de Seguros Sección A: Personas Naturales del Libro II: de los Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviembre de 1999, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos for- males exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros median- te Convocatoria Nº 02-2004-RIAS celebrada el 16 de ene-ro de 2004, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 9º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha calificado y aprobado la inscripción respectiva en el indica-do Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Gene- ral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Or-gánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enerode 1998; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar la inscripción de la señora Lidia Rosa Alzamora Gonzales con matrícula Nº N-3681en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Perso- nas Naturales Libro II: de los Corredores de Seguros que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 09075 UNIVERSIDADES /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G54/G65/G78/G74/G6F/G20/GDA/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G2D /G74/G6F/G73/G20/G41/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G69/G76/G6F/G73/G20/G32/G30/G30/G34/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G4D/G61/G79/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E /G4D/G61/G72/G63/G6F/G73 UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 01877-R-04 Lima, 3 de mayo del 2004Visto el Expediente, con Registro de Mesa de Partes General Nº 05427-RG-04, sobre el Texto Único de Proce-dimientos Administrativos (TUPA) 2004 de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. CONSIDERANDO: Que con Oficio Nº 780-OGPL-2004, la Oficina General de Planificación remite para su aprobación el Texto Único de Procedimientos Administrativos 2004 (TUPA) de la Uni- versidad Nacional Mayor de San Marcos, de conformidada lo dispuesto por las normas legales vigentes y la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General; Que el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) creado en virtud a lo establecido en la Ley Marcopara el Crecimiento de la Inversión Privada, fue concebido para que a través de él, se brinde información al ciudadano en cuanto a la existencia, requisitos y costos de los distintosprocedimientos administrativos que tienen los Ministerios, Instituciones, Organismos Públicos y Privados y otras enti- dades de la Administración Pública de cualquier naturaleza; Que la elaboración del TUPA se basa en los principios de simplificación administrativa, es decir se orienta a pre- sentar procedimientos sencillos y fáciles de entender conla finalidad de no confundir al ciudadano (principio de sim- plicidad), a consignar a similares trámites similares requi- sitos (principio de uniformidad) y también a establecer cla-ramente la finalidad de cada trámite, sus requisitos y sus costos (principio de predictibilidad); y, Estando a las atribuciones conferidas al señor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto de la Uni- versidad Nacional Mayor de San Marcos; SE RESUELVE: 1º. Aprobar el TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) 2004 de la Universidad Na- cional Mayor de San Marcos, el mismo que en fojas cua- rentinueve (49) forma parte de la presente Resolución. 2º. Encargar a la Secretaría General de la Universidad la publicación de la presente Resolución Rectoral en el Dia- rio Oficial El Peruano. 3º. Encargar a las Facultades y Dependencias Admi- nistrativas de la Universidad, el cumplimiento de la presen- te Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. JUAN MANUEL BURGA DÍAZ Rector 09073 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G34/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G4D/G61/G79/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E /G4D/G61/G72/G63/G6F/G73 UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 01966-R-04 Lima, 7 de mayo del 2004 Visto el Expediente, con Registro de Mesa de Partes Ge- neral Nº 07743-RG-04 sobre Inclusión en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones 2004. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Rectoral Nº 00129-R-04 del 15 de enero de 2004, se aprobó el Plan Anual de Adquisi- ciones y Contrataciones de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos para el año 2004 por la suma de S/.73’059,150.00 nuevos soles; Que el artículo 7º del Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, establece que cada entidad ela- borará un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones debiendo preveer los bienes, servicios y obras que se re-quieran durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido; Que el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 013-2001- PCM Reglamento del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, prescribe que los Procesos de Selección (Licitación Pública, Concurso Público y Adjudi-caciones Directas) no contenidos en el Plan Anual debe- rán ser aprobados por el Titular del Pliego o la máxima Autoridad Administrativa de la Entidad, según correspon-da para su inclusión en el mismo, lo cual deberá comuni- carse a PROMPYME y dar cuenta al CONSUCODE, den- tro de los diez días hábiles siguientes a dicha aprobación;