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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G34/G30/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 14 de mayo de 2004 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 345-2004-MTC/02 Lima, 11 de mayo de 2004CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de via- jes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadaspor Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorización deviaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepción de lasautorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal2004, dispone restringir al mínimo indispensable los viajes al exterior del país en comisión de servicios, estableciendo que, para el caso del Poder Ejecutivo, éstos serán aproba-dos por resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro del sector corres- pondiente, con excepción de los sectores de RelacionesExteriores, Comercio Exterior y Turismo, así como de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyo caso se aproba-rán por resolución del Titular del Pliego correspondiente; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer-cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionales es- tablecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civil ypoder mantener la calificación de Categoría - I otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridadoperacional a través de la ejecución de inspecciones técni- cas a los explotadores aéreos en el país, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y en losestándares de la Organización de Aviación Civil Internacional; Que, la empresa Southern Perú, con Carta s/n, del 29 de marzo del 2004, en el marco del Procedimiento Nº 5 dela sección correspondiente a la Dirección General de Ae- ronáutica Civil (Evaluación de Personal), establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Minis-terio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por De- creto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efectuar los chequeos técni-cos en simulador de vuelo del equipo Cessna Citation V (CE-560), en el Centro de Entrenamiento de Flight Safety International, a sus tripulantes técnicos César Colchao yCarlos Lanfranco, en la ciudad de Long Beach, California, durante el día 15 de mayo del 2004; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acota- ción Nº 6479 y 6480, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimien- to a que se refiere el considerando anterior, ante la Direc-ción de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comuni- caciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Ins- pección Nº 0544-2004-MTC/12.04-SDO designando al Ins-pector Pedro Rafael Chung Bartra, para realizar los che- queos técnicos en simulador de vuelo del equipo Cessna Citation V (CE-560) al personal aeronáutico propuesto porla empresa Southern Perú, en la ciudad de Long Beach, Califonia, Estados Unidos de América, durante los días 14 al 16 de mayo del 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el via- je del referido Inspector de la Dirección General de Aero- náutica Civil para que, en cumplimiento de las funcionesque le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar los chequeos técnicos en simulador de vuelo a que se contrae la Orden de Inspección Nº 0544-2004-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 y Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Pedro Rafael Chung Bartra, Inspector de la Dirección General de Aero-náutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicacio- nes, a la ciudad de Long Beach, California, Estados Uni- dos de América, durante los días 14 al 16 de mayo del2004, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por la empresa Southern Perú a través de los Recibos de Acota- ción Nº 6479 y 6480, abonados a la Dirección de Tesoreríadel Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyen- do las asignaciones por concepto de viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle : Viáticos US$ 660.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspectormencionado en el Artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario si- guientes de efectuado el viaje, deberá presentar un infor-me al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comuni- caciones, describiendo las acciones realizadas y los re-sultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere-chos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 09050 /G52/G65/G6E/G75/G65/G76/G61/G6E/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G64/G61/G20/G61/G6C /G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G6C/G65/G63/G74/G72/GF3/G6E/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G46/G75/G65/G72/G7A/G61/G41/GE9/G72/G65/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G28/G53/G45/G4C/G45/G43/G29/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G2D/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G79/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G54/G61/G6C/G6C/G65/G72/G20/G64/G65/G4D/G61/G6E/G74/G65/G6E/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G41/G65/G72/G6F/G6E/GE1/G75/G74/G69/G63/G6F RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 047-2004-MTC/12 Lima, 15 de abril de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 551-98-MTC/ 15.16, del 31 de diciembre de 1998, se autorizó al Servicio de Electrónica de la Fuerza Aérea del Perú (SELEC) para que opere como taller de mantenimiento aeronáutico, conlas habilitaciones que en dicha Resolución se consignan; Que, la citada entidad mediante documento del 19 de diciembre del 2003, con Nº de Ingreso 068024, ha solicita-do la renovación de su Permiso de Operación, habiendo cumplido para el efecto, con los requerimientos prescritos en las Regulaciones Aeronáuticas del Perú, en su Parte145 relacionada con el establecimiento de un Taller de Mantenimiento Aeronáutico Nacional; Que, según el Informe Nº 090-2004-MTC/12.04.IPM y Memorándum Nº 0349-2004-MTC/12.04-SDA, de la Sub- dirección de Aeronavegabilidad y Memorándum Nº 0170- 2003-MTC/12 de la Asesora legal, se señala que la empre-sa solicitante cuenta con la Capacidad Técnica y Legal, respectivamente, de acuerdo a los requisitos establecidos en el Manual del Usuario Nº 4; De conformidad con el artículo 9º de la Ley de Aero- náutica Civil del Perú, Ley Nº 27261 y su Reglamento De- creto Supremo Nº 050-2001-MTC y la Resolución Directo-ral Nº 027-2002-MTC/15.16; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Renovar la AUTORIZACIÓN otor- gada al Servicio de Electrónica de la Fuerza Aérea del Perú(SELEC), para el funcionamiento y operación como Taller