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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G34/G36/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 15 de mayo de 2004 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G69/G6F/G64/G69/G73/G74/G61/G20/G79/G20/G63/G61/G6D/G61/G72/GF3/G2D /G67/G72/G61/G66/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G52/G54/G50/G20/G61/G20/G43/G6F/G6C/G6F/G6D/G62/G69/G61/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G2D/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 173-2004-PCM Lima, 14 de mayo de 2004 Visto, el 058-2004-PE/IRTP del Presidente Ejecutivo del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP; CONSIDERANDO: Que, del 18 al 19 de mayo de 2004, el señor Alfredo Ferrero Diez Canseco, Ministro de Comercio Exterior y Turismo participará en el inicio oficial de las negociacio- nes para el Tratado de Libre Comercio - TLC, en la ciu-dad de Cartagena, República de Colombia; Que, es necesaria la participación de un periodista y un camarógrafo del Instituto Nacional de Radio y Televi-sión del Perú - IRTP, a fin que se encarguen de los as- pectos de prensa relativos a la intervención del Ministro de Comercio Exterior y Turismo en dicho evento; Que, los gastos por concepto de viáticos, pasajes y tarifa única por uso de aeropuerto de los referidos comi- sionados serán asumidos por el Instituto Nacional deRadio y Televisión del Perú - IRTP, con cargo a su presu- puesto institucional; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto para el Sector Público para el Año Fiscal 2004, la Ley Nº 27619, Ley que Regla la Autoriza- ción de Viajes al Exterior de Servidores y FuncionariosPúblicos, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señorita Angélica María Valdez Monges y del señor Armando Nicolás Chávez Chang, periodista y camarógrafo, respectiva-mente del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, a la ciudad de Cartagena, República de Colombia, del 17 al 19 de mayo de 2004, para los finesexpuestos en la parte considerativa de la presente reso- lución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución se efectuarán con cargo al presupuesto del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP de acuerdo al siguiente detalle: Señorita Angélica María Valdez Monges Pasajes US$ 600,00 Viáticos US$ 668,00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 28,24 ----------------- US$ 1,296.24 Señor Armando Nicolás Chávez Chang Pasajes US$ 600,00 Viáticos US$ 668,00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 28,24 ---------------- US$ 1,296.24 Artículo 3º.- Dentro de los (15) días calendario si- guientes de efectuado el viaje, los referidos funcionarios deberán presentar ante su institución un informe detalla- do describiendo las acciones realizadas, los resultadosobtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos en- tregados. Artículo 4º.- La presente resolución no dará dere- cho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.Artículo 5º.- La presente resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 09335 AGRICULTURA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G45/G2D /G4E/G41/G53/G41/G20/G61/G20/G43/G6F/G6C/G6F/G6D/G62/G69/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G72/G65/G75/G6E/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G72/G65/G6C/G61/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G61/G6C/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6E/G65/G2D/G67/G6F/G63/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G73/G75/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G2D/G74/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G62/G72/G65/G20/G43/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 016-2004-AG Lima, 14 de mayo de 2004 VISTO:El Facsímil Nº 209-2004-MINCETUR/VMCE, de fe- cha 10 de mayo de 2004, cursado por el Viceministro deComercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y, CONSIDERANDO: Que, habiéndose anunciado oficialmente la incor- poración del Perú en el proceso de negociación para la suscripción de un Tratado de Libre Comercio conlos Estados Unidos de Norteamérica, en la ciudad de Cartagena, Colombia los días 15 al 17 de mayo de 2004, se realizarán Reuniones de Coordinación Pre-via con el equipo técnico de negociadores de Colom- bia y Ecuador, y los días 18 y 19 de mayo de 2004, la Primera Ronda de Negociaciones de los países men-cionados con el objeto de suscribir el mencionado Tra- tado; Que, mediante el documento del Visto, se solicita al señor Ministro de Agricultura, autorice la participación de los representantes del Ministerio de Agricultura en dichas reuniones; Que, el Ing. Percy Barrón López, Director General de la Oficina General de Planificación, es Representante del Servicio Nacional de Sanidad Agraria ante el ComitéTécnico Negociador; Que, en consecuencia, se ha visto por conveniente autorizar el viaje del Ing. Percy Barrón López, DirectorGeneral de la Oficina General de Planificación, para que participe en el Grupo de Negociadores de Agricultura de los mencionados eventos; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25902, Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Ing. Percy Ba- rrón López, Director General de la Oficina General dePlanificación del SENASA, a la ciudad de Cartagena, Colombia, del 15 al 20 de mayo de 2004, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presenteResolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán asumidos ín-tegramente por el Pliego 160: Servicio Nacional de Sani- dad Agraria, de acuerdo al siguiente detalle: