Norma Legal Oficial del día 15 de mayo del año 2004 (15/05/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, sabado 15 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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De conformidad con lo dispuesto en el inciso x) del Articulo 37º y el inciso b) del Articulo 49º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-99-EF y normas modificatorias, en el acapite 2.1 del numeral 2 del inciso s) del Articulo 21º del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta aprobado por Decreto Supremo Nº 122-94-EF y normas modificatorias y la Resolucion Ministerial Nº 0772003-EF/15; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Sustituyanse los incisos a) y b) del Articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 077-2003-EF/ 15, por el texto siguiente: "a) Testimonio o instrumento de constitucion de la entidad donde figure su objeto social y fines, debidamente inscrito en los Registros Publicos. b) MORDAZA del estatuto en el cual se establezca que su patrimonio, en caso de disolucion, se destinara a fines iguales o semejantes a los establecidos en el inciso x) del Articulo 37º de la Ley. La disposicion estatutaria a que se refiere el parrafo precedente no sera exigible a las Entidades e Instituciones de Cooperacion Tecnica Internacional (ENIEX) constituidas en el extranjero, ni a las Universidades Privadas constituidas bajo la forma juridica a que se refiere el Articulo 6º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, en tanto cumplan con los requisitos que senala dicho dispositivo. Tratandose de asociaciones religiosas, la clausula disolutoria no sera exigible siempre que su estatuto se encuentre aprobado por la correspondiente autoridad eclesiastica". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI G. Ministro de Economia y Finanzas 09284

nomia y Finanzas, modificado por el Decreto Legislativo Nº 325, y estando a lo propuesto por la Direccion de Normatividad y con la opinion favorable de la Direccion Nacional del Presupuesto Publico en la parte pertinente; SE RESUELVE: Articulo 1º.- El Gasto Comprometido no devengado, por toda fuente de financiamiento, registrado en el SIAFSP al 30.6.2004 en estado "A" por parte de la Unidad Ejecutora absorbida, sera procesada por la Unidad Ejecutora absorbente, previa solicitud expresa a la Direccion General del Tesoro Publico con indicacion de los registros, Fuente de Financiamiento, Funcion, Programa, Grupo Generico de Gasto y monto, para que, de ser el caso, se continue con la ejecucion y registro de las subsiguientes etapas del gasto que corresponda. Articulo 2º.- El Gasto Devengado pendiente de pago por toda fuente de financiamiento, debidamente formalizado por las Unidades Ejecutoras absorbidas al 30.6.2004 registrado en el SIAF-SP a dicha fecha y en estado "V", sera atendido por la Unidad Ejecutora absorbente, para cuyo efecto esta MORDAZA lo solicitara en forma expresa a la Direccion General del Tesoro Publico con indicacion de los registros, Fuente de Financiamiento, Funcion, Programa, Grupo Generico de Gasto y monto . Articulo 3º.- Los saldos de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora absorbida por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados asi como de otras MORDAZA distintas de las administradas por la Direccion General del Tesoro Publico, previa conciliacion, seran transferidos a las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora absorbente, previa solicitud expresa de esta MORDAZA a la Direccion General del Tesoro Publico, con indicacion del respectivo registro, para los casos en que el movimiento de fondos se procesa a traves del SIAF-SP. Las cuentas bancarias de las Unidades Ejecutoras absorbidas y, de ser el caso, de sus Unidades Operativas "Encargadas" se cancelaran a partir del 1.7.2004. Articulo 4º.- El registro de operaciones tales como reversiones, anulaciones de cheques, rendiciones del Fondo para Pagos en Efectivo o MORDAZA Chica o Encargos, derivadas de la ejecucion procesada al 30.6.2004 en el modulo SIAF-SP de la Unidad Ejecutora absorbida es efectuado por la Unidad Ejecutora absorbente en el indicado modulo. Articulo 5º.- A partir de la absorcion realizada, la Unidad Ejecutora absorbida cesa en sus facultades para recaudar, captar u obtener ingresos asi como contraer compromisos, devengar gastos y ordenar pagos, bajo responsabilidad del Jefe de la Unidad Ejecutora absorbente o el que haga sus veces. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General del Tesoro Publico 09286

Establecen precisiones adicionales para un adecuado MORDAZA de liquidacion y cierre de operaciones relacionadas con la ejecucion financiera de las Unidades Ejecutoras a ser absorbidas
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 032-2004-EF/77.15 MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2004 CONSIDERANDO: Que, la Novena Disposicion Final de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, modificada por la Primera Disposicion Transitoria y Final de la Ley Nº 28197, dispone que dentro de un plazo que vence el 30 de junio de dicho ano, toda Unidad Ejecutora que cuente con un presupuesto para dicho periodo, igual o menor a S/. 2 000 000.00 por toda fuente de financiamiento, independientemente del nivel de gobierno, debera ser fusionada por absorcion con otra Unidad Ejecutora del respectivo pliego presupuestal; Que, en tal sentido es conveniente establecer precisiones adicionales para un adecuado MORDAZA de liquidacion y cierre de las operaciones relacionadas con la ejecucion financiera de las Unidades Ejecutoras a ser absorbidas y, que al mismo tiempo se viabilice la continuidad en la prestacion de los servicios asi como en la atencion de las obligaciones contractuales formalmente contraidas y registradas por dichas Unidades; De conformidad con el Articulo 18º del Decreto Legislativo Nº 183 - Ley Organica del Ministerio de Eco-

ENERGIA Y MINAS
Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presunto responsable de la comision de ilicito penal
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 209-2004-MEM/DM MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2004 VISTO: el Informe Nº 438-2004-MEM-DGM/TNO de la Oficina Tecnico Normativa de la Direccion General de Mineria, en el cual se senala que existen indicios razonables de la comision de delito en agravio del Estado, solicitando se autorice al Procurador Publico encargado de

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