Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2004 (15/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 7

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G38/G34/G36/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 15 de mayo de 2004 Pasajes US$ 457.68 Viáticos US$ 1 200.00 Tarifa CORPAC US$ 28.24 TOTAL US$ 1 685.92 Artículo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolu- ción Suprema no otorga derecho a exoneración o libera- ción de impuestos o derechos aduaneros de ningunaclase o denominación. Artículo 4º.- El funcionario cuyo viaje se autoriza por el presente dispositivo, dentro de los quince (15) díasposteriores a su retorno al país, deberá presentar un informe sobre los resultados de su participación al Titu- lar del Pliego sobre la misión encomendada. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ LEÓN RIVERA Ministro de Agricultura 09331 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C /G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G43/G6F/G6C/G6F/G6D/G62/G69/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G65/G6E/G20/G72/G65/G75/G6E/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G72/G65/G6C/G61/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G61/G6C/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G6E/G65/G67/G6F/G63/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G73/G75/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G2D/G74/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G62/G72/G65/G20/G43/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 017-2004-AG Lima, 14 de mayo de 2004 Visto, los Facsímiles Nºs. 209 y 211-2004-MINCE- TUR/VMCE, cursados por el Viceministro de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y, CONSIDERANDO: Que, habiéndose anunciado oficialmente la incorpora- ción del Perú en el proceso de negociación para la sus- cripción de un Tratado de Libre Comercio con los Esta- dos Unidos de América, en la ciudad de Cartagena, Co-lombia, los días 15 al 17 de mayo de 2004, se realizarán Reuniones de Coordinación Previa con el equipo técnico de negociadores de Colombia y Ecuador y los días 18 y19 de mayo de 2004, la Primera Ronda de Negocia- ciones de los países mencionados con el objeto de suscribir el mencionado Tratado; Que, mediante los documentos del Visto, se solicita al señor Ministro de Agricultura que autorice la participa- ción de los representantes del Ministerio de Agriculturaen dichas reuniones; Que, en consecuencia, se ha visto por conveniente autorizar el viaje del Econ. Julio Paz Cafferata, Asesorde la Alta Dirección del Ministerio de Agricultura, del Ing. William Arteaga Donayre, Director General de la Oficina General de Planificación Agraria y del Econ. César Ar-mando Romero, profesional de la Oficina de Estrategia y Políticas de la Oficina General de Planificación Agraria, para que participen en el Grupo de Negociadores deAgricultura de los mencionados eventos; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto para el Sector Público para el AñoFiscal 2004, la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autori- zación de Viajes al Exterior de Servidores y Funciona- rios Públicos, y su Reglamento aprobado mediante De-creto Supremo Nº 047-2002-PCM;SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Econ. Julio Paz Cafferata, Asesor de la Alta Dirección del Ministerio de Agricultura, del Ing. William Arteaga Donayre, DirectorGeneral de la Oficina General de Planificación Agraria y el Econ. César Armando Romero, profesional de la Ofi- cina de Estrategia y Políticas de la Oficina General dePlanificación Agraria del Ministerio de Agricultura, del 15 al 20 de mayo de 2004, a la ciudad de Cartagena, Co- lombia, para que participen como Representantes delMinisterio de Agricultura en el Grupo de Negociadores de Agricultura de las Reuniones de Coordinación Previa y en la Primera Ronda de Negociaciones, con el objetode suscribir el Tratado de Libre Comercio con los Esta- dos Unidos de Norteamérica. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán con cargo a los recursos presupuestales asignados a la Cadena Funcional Programática 001 04 006 0005 1.001103.00171 Meta 00002 Comercio y Negociaciones, Re- cursos Ordinarios del Presupuesto para el 2004, del Pliego 013 Ministerio de Agricultura, de acuerdo al si-guiente detalle: Pasajes US$ 746.71 x 3: 2 240,13 Viáticos US$ 1,200.00 x 3: 3 600,00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 x 3: 84,72 -------------- Total US$ 5 924,85 Artículo 3º.- El cumplimiento de la presente Resolu- ción Suprema no otorga derecho a exoneración o libera- ción del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- Dentro de los (15) días calendario si- guientes de efectuado el viaje, los referidos funcionarios deberán presentar ante su institución un informe detalla-do describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos en- tregados. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ LEÓN RIVERA Ministro de Agricultura 09332 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F /G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G4F/G6C/G6D/G6F/G73/G20/G54/G69/G6E/G61/G6A/G6F/G6E/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0315-2004-AG Lima, 13 de mayo de 2004 VISTO: El Oficio Nº 576/2004.GR.LAMB/PR del Presidente del Gobierno Regional Lambayeque; y, CONSIDERANDO: Que, a través del artículo 6º del Decreto Supremo Nº 015-2003-VIVIENDA, sustituido por el Decreto Su- premo Nº 006-2004-VIVIENDA se creó un Consejo Di- rectivo en el Proyecto Especial Olmos Tinajones, trans-