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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G38/G36/G31/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 17 de mayo de 2004 cias Arancelarias Andinas, se considera conveniente para el país iniciar las gestiones para lograr la suscripción deun Tratado de Libre Comercio - TLC con los Estados Uni-dos de Norte América; Que, un TLC con los Estados Unidos de Norte América generará un crecimiento de las exportaciones peruanas queredituará un mayor ingreso de divisas, lo que apoyaría lalucha contra la pobreza, y satisfacer necesidades básicastales como educación y salud. Asimismo, ofrecerá la aper-tura preferencial de un nuevo mercado para productos convalor agregado lo que implica aumentar la producción y lageneración de nuevos y mejores puestos de trabajo y latransferencia de tecnología a través de la importación debienes de capital; Que, el día 3 de mayo de 2004, el Poder Ejecutivo de los Estados Unidos de Norte América anunció formalmentela inclusión del Perú y Ecuador, en las rondas de negocia-ción en orden a lograr la suscripción de un TLC; Que, entre los días 18 y 19 de mayo de 2004, en la ciudad de Cartagena, República de Colombia, se llevará acabo la I Ronda de Negociaciones entre las delegacionesde Perú, Colombia y Ecuador, con los Estados Unidos deNorte América, con miras a lograr la suscripción del TLCcon este país; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar el viaje del Ministro de Comercio Exterior y Turismo, señorAlfredo Ferrero Diez Canseco, para que participe en di-chas Negociaciones y disponer la encargatura de su Des-pacho; De conformidad con el artículo 127º de la Constitución Política del Perú, el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley delPoder Ejecutivo, la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Auto-rización de Viajes al Exterior de Servidores y FuncionariosPúblicos; y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor ALFREDO FERRERO DIEZ CANSECO, Ministro de Comercio Exte-rior y Turismo, a la ciudad de Cartagena, República deColombia, del 18 al 19 de mayo de 2004, para los finesexpuestos en la parte considerativa de la presente Reso-lución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, estarán a cargo del Ministeriode Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguientedetalle: Pasajes US$ 1 697,77 Viáticos US$ 600,00 Tarifa Corpac US$ 28,24 Artículo 3º.- Encargar la Cartera de Comercio Exterior y Turismo, al señor BALDO KRESALJA ROSSELLÓ, Mi-nistro de Justicia, a partir del 18 de mayo del 2004 y entanto dure la ausencia del titular. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no libe- ra ni exonera del pago de impuestos o de derechos adua-neros, cualquiera fuere su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y elMinistro de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 09361 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G20/G65/G6C/G20/G66/G69/G6E/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G62/G72/G61/G72/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G73 /G61/G64/G65/G75/G64/G61/G64/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G64/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G73/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G73/G20/G6E/G61/G74/G75/G2D /G72/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G6A/G75/G72/GED/G64/G69/G63/G61/G73/G20/G61/G6C/G20/G49/G52/G54/G50 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 127-2004-PCM Lima, 15 de mayo de 2004Vistos, el Oficio Nº 275-2004-PCM/PRO.-500 del Procu- rador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presi-dencia del Consejo de Ministros, el Oficio Nº 142-2004-GG/IRTP y el Informe Legal Nº 021-2004-OGAL/IRTP del Ge-rente General (e) y del Director General de Asesoría Legaldel Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP,respectivamente; CONSIDERANDO:Que, Aros Marimón S.A. suscribió con el Instituto Nacio- nal de Radio y Televisión del Perú - IRTP el Contrato de com-praventa y suministros de espacios publicitarios Nº 001-0704,de fecha 27 de setiembre de 2000, para la emisión de publici-dad en Radio Nacional por un monto total de US $ 2 400,00; Que, habiéndose efectuado la difusión publicitaria en- comendada al IRTP, Aros Marimón S.A. sólo canceló lasuma de US $ 800,00 existiendo un saldo a favor del IRTPde US $ 1 600,00 distribuidos en las Facturas Nºs. 001-3055, 3103, 3054 y 3104 emitidas a Aros Marimón S.A. lasFacturas Nºs. 001-3056 y 3105 a Llanta Centro MarimónS.A. y las Facturas Nºs. 001-3057 y 3106 a Llantas Mari-món S.A. cada una por la suma de US $ 200,00; Que, según documento denominado Expediente Nº 016- 2001-OGA-OF/IRTP, del Jefe de la Oficina General de Ad-ministración del IRTP y el Informe de vistos se indica quese han agotado las gestiones de cobranza a Aros MarimónS.A. por lo que se ha agotado la vía administrativa para elcobro de la deuda que asciende a la suma de US $ 1 600,00; Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2003-PCM se adscribió al IRTP al Sector de la Presidencia del Consejode Ministros como un organismo público descentralizado; Que, en tal sentido, resulta pertinente en resguardo del interés público autorizar al Procurador Público a cargo delos asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo deMinistros para que interponga las acciones judiciales quecorrespondan; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial delEstado, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el DecretoLegislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, modificado porla Ley Nº 27779, y el Reglamento de Organización y Fun-ciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aproba-do mediante Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo deMinistros para que, en representación y defensa de los in-tereses del Estado, inicie e impulse las acciones judicialesque corresponda contra Aros Marimón S.A., por las razo-nes expuestas en la parte considerativa de la presenteResolución Ministerial. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidenciadel Consejo de Ministros, para los fines a que se contrae lapresente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 09364 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 128-2004-PCM Lima, 15 de mayo de 2004Vistos, el Oficio Nº 275-2004-PCM/PRO.-500 del Procu- rador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presi-dencia del Consejo de Ministros, el Oficio Nº 142-2004-GG/IRTP y el Informe Legal Nº 021-2004-OGAL/IRTP del Ge-rente General (e) y del Director General de Asesoría Legaldel Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP,respectivamente; CONSIDERANDO: Que, el señor Oscar Pérez Salas suscribió con el Insti- tuto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP el Con-trato de compraventa y suministros de espacios publicita-rios Nº 001-0110 de fecha 11 de diciembre de 1997, porpublicidad por un monto total de US $ 2 400,00;