TEXTO PAGINA: 13
/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G38/G36/G32/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 17 de mayo de 2004 Que, la seguridad y eficiencia de las operaciones aé- reas, se verifica, entre otras formas, a través de inspeccio-nes técnicas a las estaciones de los explotadores aéreosubicadas en el extranjero; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Ins-pección Nº 0588-2004-MTC/12.04-AVSEC designando alInspector Renzo Antonio Brissolese Estela, para realizarla inspección técnica de las estaciones de las empresasAero Continente S.A., Lan Perú S.A. y Taca Perú S.A., enla ciudad de La Quito, República de Ecuador, como partedel programa de vigilancia de las operaciones aéreasinternacionales, durante los días 17 al 21 de mayo del 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aeronáu-tica Civil para que, en cumplimiento de las funciones quele asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizarlas inspecciones técnicas a que se contrae la Orden deInspección Nº 0588-2004-MTC/12.04-AVSEC; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 y Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Renzo Antonio Brissolese Estela, Inspector de la Dirección General deAeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunica-ciones, a la ciudad de Quito, República de Ecuador, durantelos días 17 al 21 de mayo del 2004, para los fines a que secontrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, será con cargo al presupuesto del Mi-nisterio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo alsiguiente detalle: Viáticos US$ 1,000.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspectormencionado en el Artículo 1º de la presente ResoluciónMinisterial, dentro de los quince (15) días calendario si-guientes de efectuado el viaje, deberá presentar un infor-me al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina Generalde Administración del Ministerio de Transportes y Comuni-caciones, describiendo las acciones realizadas y los re-sultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere-chos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 09226 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G4A/G55/G44/G49/G43/G49/G41/G4C CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G72/G65/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G62/G69/G6D/G65/G73/G74/G72/G61/G6C/G20/G61/G20/G6C/G61 /G53/G65/G63/G72/G65/G74/G61/G72/GED/G61/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G64/G6F/G73/G20/G65/G6A/G65/G6D/G70/G6C/G61/G72/G65/G73/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G73/G65/G6E/G74/G69/G64/G61/G73/G20/G79/G2F/G6F/G20/G65/G6A/G65/G2D/G63/G75/G74/G6F/G72/G69/G61/G64/G61/G73/G20/G65/G6D/G69/G74/G69/G64/G61/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G73/G20/G73/G61/G6C/G61/G73/G20/G73/G75/G70/G65/G2D/G72/G69/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G4A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 176-2004-P-CSJLI/PJ Lima, trece de mayo del 2004 VISTA: La Resolución Administrativa Nº 043-2004-CE-PJ, pu- blicada en el Diario Oficial El Peruano el 22 de abril del añoen curso; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el artículo primero del documento de vis- ta, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial deja sin efectoresoluciones y directivas dictadas por la Comisión Ejecuti- va del Poder Judicial así como por la Gerencia General,referidas a la recopilación, clasificación y distribución deresoluciones consentidas y/o ejecutoriadas expedidas porlas Salas Superiores, por las razones expuestas en la par-te considerativa de la indicada resolución; Que, el artículo segundo de la citada resolución dispo- ne que los Secretarios de las Salas Superiores de las Cortes de Justicia de la República, remitan bimestralmente a la Secretaría Administrativa de la Presidencia, dos ejem-plares con un diskette de las resoluciones consentidas y/oejecutoriadas emitidas por las Salas, a excepción de lasrelativas a procesos en reserva, dictando asimismo lo per-tinente para su difusión a la Comunidad; Que, sin perjuicio de lo establecido en el art. cuarto de la resolución aludida, la Presidencia considera pertinente, esta-blecer el lugar y las fechas de entrega de la documentaciónindicada, a partir de la vigencia de la resolución del ConsejoEjecutivo del Poder Judicial, para efectos de mantener ordeny control en su recepción y dar cumplimiento con lo estableci-do por el citado órgano de gobierno y gestión; En uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que los Secretarios de las Salas Superiores de la Corte del Distrito Judicial deLima, remitan bimestralmente, dos ejemplares de las reso-luciones a que se refiere el segundo considerando de lapresente resolución y el respectivo diskette conteniéndo-las, a Secretaría General de la Corte Superior, en las fe-chas que se detallan a continuación: Bimestre Fecha de entrega Mayo - Junio 2004 7 de julio Julio - Agosto 2004 8 de setiembre Setiembre - Octubre 2004 5 de noviembre Noviembre - Diciembre 2004 7 de enero 2005 Artículo Segundo.- La entrega de la documentación, con los folios debidamente enumerados en forma correlativa, y eldiskette, se hará efectiva en la Oficina de Coordinación de Trá-mite Documentario de la Corte Superior de Justicia de Lima. Artículo Tercero.- Los Presidentes de las Salas Supe- riores verificarán que se cumpla con las disposiciones se-ñaladas en la presente resolución, dentro de los plazosestablecidos en el cronograma. Artículo Cuarto.- PONER la presente a conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Director del Cen-tro de Investigaciones Judiciales, Gerencia General, SalasSuperiores, Oficina de Administración Distrital, Oficina deImagen, Biblioteca y Oficina de Trámite Documentario dela Corte Superior, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.VÍCTOR RAÚL MANSILLA NOVELLA Presidente de la Corte Superiorde Justicia de Lima 09244 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA /G52/G61/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G63/G61/G72/G67/G6F/G20/G61/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G41/G64/G6A/G75/G6E/G74/G6F /G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G20/G50/G65/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 158-2004-CNM Lima, 13 de mayo de 2004VISTO:El acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magis- tratura de la sesión de la fecha; y,