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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MAYO DEL AÑO 2004 (17/05/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 16

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G36/G38/G36/G32/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 17 de mayo de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-JUS, se crearon las Comisiones Provinciales de Formalización dela Propiedad Informal, encargadas de planificar, organizar,coordinar y ejecutar las labores propias del proceso deFormalización de la Propiedad Informal a nivel nacional; Que, conforme al artículo 3º del Decreto Supremo señala- do en el párrafo precedente, las Comisiones Provinciales deFormalización de la Propiedad Informal, estarán integradaspor representantes de la Municipalidad Provincial, de la Comi-sión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI,de la Superintendencia Nacional de Registros Públicos -SUNARP y del Registro Predial Urbano - RPU, entre otros; Que, mediante Resolución Nº 304-2001-SUNARP/SN de fecha 14 de noviembre de 2001, se designó a los repre-sentantes de la SUNARP, entre otros, ante las ComisionesProvinciales de Formalización de la Propiedad Informal delas provincias de Arequipa y Camaná; Que, mediante el Oficio de visto, el Jefe de la Zona Re- gistral Nº XII - Sede Arequipa, solicita se sustituya a los re-presentantes de la SUNARP ante las Comisiones Provin-ciales de Formalización de la Propiedad Informal de las pro-vincias de Arequipa y Camaná, departamento de Arequipa; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 005-2001- JUS, que crea las Comisiones Provinciales de Formaliza-ción de la Propiedad Informal y el literal v) del artículo 7ºdel Estatuto de la SUNARP, aprobados por ResoluciónSuprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modificar la Resolución Nº 304- 2001-SUNARP/SN y designar como representantes de laSuperintendencia Nacional de los Registros Públicos, antelas Comisiones Provinciales de Formalización de la Pro-piedad Informal de las provincias de Arequipa y Camaná ala señorita abogada Giuliana Reymer Núñez. Artículo Segundo.- Comunicar la presente Resolución a la Municipalidades Provinciales de Arequipa y Camaná;al Registro Predial Urbano y a la Comisión de Formalizaciónde la Propiedad Informal - COFOPRI, para los fines de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GAMARRA UGAZ Superintendente Nacional de losRegistros Públicos 09253 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE HUÁNUCO /G43/G6F/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6C/G75/G64 /G79/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G73/G20/G50/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G73/G61/G6C/G75/G64/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G72/G65/G67/G69/GF3/G6E ORDENANZA REGIONAL Nº 009-2004-CR-GRH CONFORMA EL CONSEJO REGIONAL DE SALUD Y LOS CONCEJOS PROVINCIALES DE SALUD DE LA REGIÓN HUÁNUCO Huánuco, 12 de mayo de 2004 LA PRESIDENTA DEL GOBIERNO REGIONAL DE HUÁNUCO POR CUANTO:Visto, en Sesión Extraordinaria de Consejo Regional de fecha 12 de mayo de 2004, el Proyecto de Ordenanza Regio-nal sobre la conformación del Consejo Regional de Salud; CONSIDERANDO: Que, el Gobierno Regional emana de la voluntad popu- lar, teniendo por misión organizar y conducir la gestión pú-blica regional de acuerdo a sus competencias exclusivascompartidas y delegadas en el marco de las políticas na-cionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integraly sostenible de la región;Que, el artículo 192º de la Constitución Política del Perú modificada por Ley de Reforma Constitucional del CapítuloXIV del Título IV sobre descentralización Nº 27690, estable- ce que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividadesy servicios públicos de su responsabilidad en armonía conlas políticas y planes nacionales y locales de desarrollo; Que, en el inciso b) del artículo 36º de la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, se establece como competencia compartida entre el Gobierno Nacional y el Regional, el referido a la Salud Pública; Que, el inciso b) del artículo 36º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modificada por Ley Nº 27902,establece que las normas y disposiciones del Gobierno Re-gional se adecuan al ordenamiento jurídico nacional; Que, los incisos a) y d) del artículo 49º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 modificada por LeyNº 27902, señalan como funciones específicas en materia desalud el formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar yadministrar las políticas de salud de la región en concordanciacon las políticas nacionales y los planes sectoriales y, participar en el Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud de conformidad con la legislación vigente, respectivamente; Que, el artículo 1º de la Ley del Sistema Nacional Coor- dinado y Descentralizado de Salud (SNCDS) Nº 27813, pre-cisa la finalidad de coordinar el proceso de aplicación de lapolítica nacional de salud, promoviendo su implementación concertada, descentralizada y coordinando los planes y pro- gramas de todas las instituciones del sector a efecto de lo-grar el cuidado integral de la salud de todos los peruanos yavanzar hacia la seguridad social universal en salud, estable-ciendo los niveles de organización nacional, regional y lo-cal, con prioridad de desarrollo de este último, y estipulando que los niveles regional y local del SNCDS, se organizan acorde al modelo de descentralización coordinada con lossistemas regionales y locales de salud, con la obligación deconcertar, coordinar y articular acciones, así como de com-partir competencias y responsabilidades de acuerdo a lo queestablece la Ley de Bases de Descentralización Nº 27783 y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, los artículos 8º y 9º de la Ley del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud (SNCDS) Nº 27813,en concordancia con los artículos 13º y 14º del Reglamento deLey aprobado mediante D.S. Nº 004-2003-SA, establecen queel Consejo Regional de Salud es el órgano de concertación, coordinación y articulación regional del SNCDS, integrado por representantes de las instituciones del sector en el ámbito re-gional, y acordados por el Gobierno Regional respectivo; Que, los artículos 10º y 11º de la Ley del Sistema Nacio- nal Coordinado y Descentralizado de Salud (SNCDS) Nº27813, en concordancia con los artículos 15º y 16º del D.S. Nº 004-2003-SA, disponen que el Consejo Provincial de Salud es el órgano de concertación, coordinación y articu-lación en el ámbito de cada provincia, integrado por repre-sentantes de las instituciones del sector en el ámbito pro-vincial, acordados por el Gobierno Regional respectivo; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferi- das por los artículos 15º Inc a), 38º de la Ley Nº 27867 - Orgánica de Gobiernos Regionales, a lo acordado por UNA-NIMIDAD en Sesión de Consejo Regional de la referencia,con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta; SE ORDENA: Artículo Primero.- CONFORMAR el Consejo Regional de Salud (CRS), de la Región Huánuco, de conformidad conlo dispuesto en la Ley Nº 27811 y el Decreto SupremoNº 004-2003-SA; el mismo que estará integrado por los repre-sentantes de las instituciones y organizaciones siguientes: 1. Dirección Regional de Salud (Director Regional, quien lo presidirá). 2. Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobier- no Regional. 3. 1 Representante de los Servicios de Salud del MINSA.4. 1 Representante de las Municipalidades Provinciales.5. Gerencia Departamental de ESSALUD.6. 1 Representante de la Sanidad de la Policía Nacio- nal del Perú. 7. 1 Representante del Colegio Médico del Perú.8. 1 Representante de las Universidades (No Filiales).9. 1 Representante de los Colegios Profesionales de la Salud no médicos. 10. 1 Representante de los Trabajadores del Sector Salud (Sindicatos, Gremios relacionados con el Sector). 11. 1 Representante de los Servicios de Salud del Sec- tor Privado. 12. 1 Representante de la Sociedad Civil (ONGs, Orga- nizaciones de Base, Sociedades Científicas y otros).