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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2004 (03/11/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 12

Pág. 279634 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, miércoles 3 de noviembre de 2004 Poder Ejecutivo, determinándose el número de Ministe- rios, entre los cuales se constituyó el Ministerio de Vi- vienda, Construcción y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposi- ción Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivó elMinisterio de la Presidencia, quedando extinguido paratodos sus efectos, el 31 de julio del 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se estableció que el Ministerio de Vivienda, Cons-trucción y Saneamiento, según corresponda, asu-mía las competencias, funciones, atribuciones, losderechos y obligaciones del Viceministerio de Infra-estructura, del Programa de Equipamiento Básico Municipal y los órganos de apoyo, control, defensa judicial y asesoría del Ministerio de la Presidenciaque se desactivó; Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea- miento es un organismo público integrante del Poder Eje-cutivo, que se rige por su Ley de Organización y Funcio- nes - Ley Nº 27792 y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, y que tiene como misión mejorar las condi-ciones de vida de la población facilitando su acceso auna vivienda adecuada y a los servicios básicos, pro-porcionando el ordenamiento, crecimiento, conservación, mantenimiento y protección de los centros de población y sus áreas de influencia, fomentando la participación delas organizaciones de la sociedad civil y de la iniciativa einversión privada; Que, a través de los oficios de Vistos, el Sr. Jaime Esteban Aquino, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Acolla; solicitó al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento la donación de módulos de maquinaria paramecánica automotriz, de producción y de la industria delcuero; Que, mediante Memorándum Nº 214-2004/VIVIEN- DA-VMCS-PREBAM el Jefe del Programa de Equipa- miento Básico Municipal corrió traslado del Informe Téc- nico Nº 020-2004/VIVIENDA-VMCS-PREBAM en el cualse precisó que la entidad solicitante, cuenta con infra-estructura adecuada para recibir e instalar la maquinariasolicitada como donación; Que, el Comité de Gestión Patrimonial contando con la opinión técnica favorable del Programa de Equipa- miento Básico Municipal - PREBAM y actuando deconformidad con lo dispuesto en la Directiva para elProcedimiento Administrativo respecto de los actos dedisposición de bienes muebles no patrimoniales asumi-dos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea- miento para ser transferidos, aprobada vía la Resolu- ción de Secretaría General Nº 016-2003-VIVIENDA/SG,opina por la procedencia de la donación de las máquinasdetalladas en el Anexo que forma parte integrante de lapresente Resolución; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la donación de las máquinas que se detallan en el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolución afavor de la Municipalidad Distrital de Acolla, provincia deJauja, Junín con la finalidad de implementar el "Centrode Capacitación Municipal de Acolla"; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27779, Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002- VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la donación de las máquinas descritas en el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolución, valorizada en S/. 172 662.96 (Cien-to Setenta y Dos Mil Seiscientos Sesenta y Dos con 96/100 Nuevos Soles), a favor de la Municipalidad Distritalde Acolla, provincia de Jauja, Junín, con la finalidad deimplementar el Centro de Capacitación Municipal de Aco- lla. Artículo 2º.- El programa de Equipamiento Básico Municipal será responsable de velar porque se cumplacon la finalidad de la donación. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Minis- terial a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a laContraloría General de la República dentro de los térmi- nos establecidos por Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 19778 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 272-2004-VIVIENDA Lima, 2 de noviembre de 2004 Vistos; el Oficio Nº 087-2004-MDH-A, de la Municipa- lidad Distrital de Huariaca, provincia y departamento de Pasco; el Informe Técnico Nº 079-2004/VIVIENDA- VMCS-PREBAM-LART y el Memorándum Nº 080-2004-VIVIENDA/CGP del Comité de Gestión Patrimonial; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 111-96 se adquirió maquinaria para la industria del calzado, con-fección y tejido, procedentes de la República PopularChina con la finalidad de equipar a pequeños y microem-presarios; siendo dicha norma modificada por Decreto de Urgencia Nº 023-97, por medio del cual se autorizó destinar y transferir hasta el cincuenta por ciento (50%)de los bienes de capital adquiridos vía el Decreto deUrgencia Nº 111-96 a entidades educativas del país, asímismo mediante Decreto de Urgencia Nº 086-97 se agre-gó al contenido del Decreto de Urgencia Nº 023-97 una disposición que señaló que del saldo del cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital, se podrían transfe-rir en calidad de donación a los centros educativos esta-tales y a organizaciones sociales con fines educativos,de capacitación o de promoción social sin fines de lucro;por Decreto de Urgencia Nº 009-97 se adquiere maqui- naria de mecánica automotriz con la finalidad de crear y transferir tecnología apropiada para contribuir al mejora-miento de los niveles de ingreso, con el objeto de erradi-car la pobreza y la situación de marginación; Que, por Ley Nº 27779, se aprobó la Ley Orgánica que modifica la organización y función de los Ministerios regulados por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, determinándose el número de Ministe-rios, entre los cuales se constituyó el Ministerio de Vi-vienda, Construcción y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposi- ción Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivó el Ministerio de la Presidencia, quedando extinguido para todos sus efectos, el 31 de julio del 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se estableció que el Ministerio de Vivienda, Construcción ySaneamiento, según corresponda, asumía las compe-tencias, funciones, atribuciones, los derechos y obligacio- nes del Viceministerio de Infraestructura, del Programa de Equipamiento Básico Municipal y los órganos de apo-yo, control, defensa judicial y asesoría del Ministerio dela Presidencia que se desactivó; Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sanea- miento es un organismo público integrante del Poder Eje- cutivo, que se rige por su Ley de Organización y Funcio- nes - Ley Nº 27792 y su Reglamento de Organización yFunciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, y que tiene como misión mejorar las condi-ciones de vida de la población facilitando su acceso auna vivienda adecuada y a los servicios básicos, pro- porcionando el ordenamiento, crecimiento, conservación, mantenimiento y protección de los centros de poblacióny sus áreas de influencia, fomentando la participación delas organizaciones de la sociedad civil y de la iniciativa einversión privada; Que, a través del oficio de Vistos, el Sr. José Luis Pardave Romero, Alcalde de la Municipalidad Distrital de