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Pág. 279644 NORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALESNORMAS LEGALES Lima, miércoles 3 de noviembre de 2004 Que, en atención a lo expuesto y a lo acordado por mayo- ría en sesión del Consejo de la referencia, y de modo concor- dante a los artículos 15º inciso a), 37º inciso a) y 38º de la LeyNº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; ORDENA: Artículo Primero.- Todas las Designaciones de los funcionarios de confianza en todas las Direcciones Re-gionales de niveles F3, F4 y F5 del Gobierno RegionalSan Martín, serán realizadas por el Presidente del Go-bierno Regional y oficializadas mediante la correspon-diente Resolución Ejecutiva Regional. Artículo Segundo.- Todas las Resoluciones Directo- rales que se hayan emitido por las respectivas Direccio-nes Regionales Sectoriales, mediante las cuales se ha-yan designado funcionarios de confianza de nivel F3, F4y F5, deberán regularizarse mediante Resolución Eje-cutiva Regional desde la fecha de asunción del cargo de Director Regional por concurso público de méritos. Artículo Tercero.- Autorizar, al señor Alfonso Reina Cabrera, Secretario del Consejo Regional, la publicaciónde la presente Ordenanza Regional, en el diario encarga-do de las publicaciones regionales, disponiéndose suinclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional. Artículo Cuarto.- DÉJESE SIN EFECTO, cualquier resolución que se oponga a la presente. Mando se registre, publique y cumpla.MAX HENRRY RAMÍREZ GARCÍA Presidente Regional 19775 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Prorrogan plazo para acogerse a los be- neficios para regularización de deudas,establecidos en la Ordenanza Nº 171 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 10 Miraflores, 2 de noviembre de 2004 EL ALCALDE DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades son ór-ganos de Gobierno Local con autonomía política, económi-ca y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, con fecha 30 de setiembre de 2004, se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ordenanza Nº 171,mediante la cual se aprobó el Beneficio de RegularizaciónExtraordinario de Deudas, la misma que estableció ensu Segunda Disposición Final delegar en la persona delAlcalde la facultad de disponer, mediante Decreto de Alcaldía, la prórroga de la Ordenanza; Que, a fin de lograr que un mayor número de contribu- yentes acceda a los beneficios de pago concedidos,resulta pertinente dictar la prórroga de la citada Orde-nanza, a fin de atender los requerimientos realizados; En uso de las facultades establecidas en el numeral 6 del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972: DECRETA: Artículo Primero.- Prorrogar, hasta el 30 de noviem- bre de 2004, el vencimiento del plazo para acogerse alos beneficios establecidos en la Ordenanza Nº 171 de la Municipalidad de Miraflores. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Ren- tas el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, publíquese y cúmplase. FERNANDO ANDRADE CARMONA Alcalde 19791 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Aprueban Reglamento de la Ordenan- za Nº 038-MDPP que regula el procedimiento de Prehabilitación Ur-bana en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2004-MDPP Puente Piedra, 21 de octubre de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ordenanza Nº 038-MDPP se reguló el Procedimiento de Prehabilitación Urbana en el distrito,para todas aquellas personas que requieran la aproba-ción de los planos de pre habilitación urbana para la eje- cución de sus proyectos de servicios básicos de agua, alcantarillado y electrificación de todos aquellos terrenosen los cuales se hayan consolidado de hecho cons-trucciones que no cuenten con estudios preliminares y/oestudios definitivos de habilitación urbana destinados aluso de vivienda, comercio, industrias y/o servicios; Que, en el artículo Quinto de la Ordenanza se faculta al Alcalde a emitir los dispositivos que resulten necesa-rios para la mejor aplicación de la norma antes mencio-nada, así como para regular el procedimiento, los requi-sitos y los respectivo plazos para la tramitación de losexpedientes que soliciten la emisión de la Resolución correspondiente, siendo necesario que se reglamente dicha Ordenanza; En uso de las atribuciones conferidas por el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica deMunicipalidades; DECRETA: Artículo 1º.- APROBAR el Reglamento de la Orde- nanza Nº 038-MDPP, mediante el cual se regula elprocedimiento de Prehabilitación Urbana en el distrito. Artículo 2º.- El Reglamento consta de 6 (seis) artícu- los y cuatro Disposiciones Transitorias. Artículo 3º.- El texto del Reglamento que en anexo se adjunta forma parte integrante del presente Decretode Alcaldía. Regístrese, publíquese y cúmplase. RENNAN S. ESPINOZA ROSALES Alcalde REGLAMENTO DE LA ORDENANZA Nº 038-MDPP DE PREHABILITACIÓN URBANA Artículo 1º.- DEFINICIONES Para efectos de la presente norma, se entenderá por: