Norma Legal Oficial del día 03 de noviembre del año 2004 (03/11/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 3 de noviembre de 2004

lucion, en caso de improcedente, el administrado debera cumplir con los requisitos establecidos. 3.3).- Para el Solicitante que solicite el Certificado de Posesion y de Pre Habilitacion Urbana. a) MORDAZA del Documento de Identidad segun sea su caso. b) MORDAZA del Recibo de pago del Impuesto Predial del ano 2004 o de los arbitrios (como minimo). c) MORDAZA de Minuta, Contrato privado de Compraventa o de Derechos y acciones, recibo de luz o telefono, certificado domiciliario de la PNP o MORDAZA de partida de nacimiento en donde figure la direccion materia de la solicitud u otro documento de la misma naturaleza. d) Declaracion jurada de veracidad de: la documentacion presentada para el tramite, de los hechos senalados en los mismos, y de vivencia real efectiva en el lote senalado. Articulo 4º.- DEL PROCEDIMIENTO 4.1).- Para la obtencion de Planos de Prehabilitacion Urbana. a) El representante de la Organizacion presentara una solicitud de acuerdo a formato, adjuntando los requisitos establecidos en el articulo 3.1) o 3.2) del reglamento segun sea el caso, ante la Mesa de Partes, la misma que dentro de las veinticuatro horas de recibido dicho escrito lo remitira a la GESDUR. b) La GESDUR, a traves de la Subgerencia de Obras y Planeamiento MORDAZA, procedera a ejecutar la Inspeccion Ocular de la Lotizacion en la que se van a ejecutar las obras y verificara si existe concordancia entre lo inspeccionado y los requisitos establecidos en el Articulo 3.1) o 3.2) del reglamento segun sea el caso de la Organizacion. c) La OPV, sera requerida para que proceda a informar sobre la veracidad de la informacion relacionada a lo que concierne a su area. d) En caso que las oficinas de la Municipalidad, formularan observacion o detectaran algun incumplimiento, comunicaran de tal hecho a la Organizacion para las subsanaciones del caso. e) De no encontrarse observaciones o al haberse subsanado estas, la GESDUR procedera al MORDAZA de los planos y a la emision de la respectiva Resolucion. 4.2).- Para la obtencion del Certificado de Posesion y de Prehabilitacion MORDAZA a) Individualmente cada Solicitante presentara una solicitud de acuerdo a formato, adjuntando los requisitos establecidos en el articulo 3.3), ante la Mesa de Partes, la misma que dentro de las veinticuatro horas de recibido dicho escrito lo remitira a la OPV. b) La GSAT, sera requerida para que proceda a informar sobre la veracidad de la informacion relacionada a lo que concierne a su area. c) Personal de OPV y de GESDUR, con la Relacion de residentes y posesionarios enviado oportunamente por la GESDUR, procedera a ejecutar la Inspeccion

Ocular del lote que el Solicitante declara poseer y verificar si cumple con lo establecido en el reglamento, debiendo emitir informe respectivo a la procedencia o no de la solicitud presentada. d) La OPV emitira la Resolucion respectiva respecto a la procedencia o no del tramite y elevara el Certificado de Posesion y de Prehabilitacion MORDAZA para la firma del MORDAZA a traves de su jefe superior inmediato. e) El Secretario General devolvera los Certificados debidamente firmados por el MORDAZA a la OPV para la entrega respectiva al Solicitante. Articulo 5º.- DE LOS PLAZOS El plazo para la Emision de las Resoluciones correspondientes no excedera de 30 (treinta) dias habiles. En caso se formulara alguna observacion al Solicitante o a la Organizacion, el tiempo que demore en subsanarla no sera computable para el plazo senalado en el parrafo anterior. Articulo 6º.- DE LA VERACIDAD DE LA INFORMACION En caso que se detectara que se pretende sorprender a la Municipalidad presentando documentacion fraguada o proporcionando informacion falsa, la Municipalidad pondra en conocimiento del Ministerio Publico tal hecho para las investigaciones de ley. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Para gestiones ante SEDAPAL en el MORDAZA del prestamo JBIC. Las Organizaciones y los Solicitantes cuyo Tramites realizados en el MORDAZA de la Ordenanza y el Reglamento que esten destinados para gestionar las instalaciones de agua y desague en sus Lotes ante SEDAPAL (prestamo JBIC), deberan de realizarlo hasta el MORDAZA 16 de enero del 2005. Segunda.- Para el cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 3.3; inciso b), del Reglamento, el Concejo municipal ha dispuesto la exoneracion del pago de multas por omision de inscripcion a los nuevos contribuyentes. Tercera.- Para el cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 3.1; inciso o), respecto al pago por concepto de inspeccion ocular las organizaciones solo abonaran el 10% del monto estipulado en el TUPA. Este beneficio solo sera hasta el 31 de diciembre del presente ano. Cuarta.- Para efectos del cumplimiento del presente Reglamento, las Gerencias emitiran las Directivas necesarias y para el cumplimiento de la Primera disposicion transitoria la GESDUR, OPV, GSAT, Subgerencia de Tesoreria y Secretaria General ­ Unidad de Tramite Documentario atendera de lunes a MORDAZA de las 8.30 a.m. a las 5.00 p.m. en las oficinas desconcentradas que estaran ubicadas en cada esquema y en el Palacio Municipal. Registrese, publiquese y cumplase. 19776

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DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITO PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico. normaslegales@editoraperu.com.pe

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