Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2004 (20/11/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 20 de noviembre de 2004

Cumpliendo con la secuela del MORDAZA, con fecha 26 de MORDAZA del 2004 se procedio a determinar los resultados, situacion que se formalizo mediante la Resolucion de Alcaldia Nº 066-2004-MDF/A de fecha 13 de agosto del ano en curso; Mediante Resolucion de Alcaldia Nº 093-2004-MDF/ A de fecha 27 de setiembre del 2004 se declaro la Nulidad del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica Nº 0012004-MDF-CEP dejandose sin efecto la Resolucion Nº 066-2004-MDF/A; En la fundamentacion de la Resolucion Nº 689/ 2004.TC-SU se cuestiona la competencia de la Municipalidad Distrital de MORDAZA para declarar la Nulidad de MORDAZA de Adjudicacion acotado y por consiguiente se declara Nula la Resolucion de Alcaldia Nº 093-2004MDF/A; Que, debe tenerse en cuenta que el Recurso de Revision planteado por MORDAZA MORDAZA Borrero MORDAZA, otorga la Competencia para dirimir sobre el caso materia de autos al Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, facultades que concluyen con la expedicion de la Resolucion correspondiente, esto es, la Resolucion Nº 689/2004.TC-SU de fecha 29 de octubre del 2004; Que, al devolverse los antecedentes administrativos a la Municipalidad Distrital de MORDAZA, esta asume la competencia para decidir sobre el MORDAZA de Adjudicacion acotado, en el extremo no resuelto por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Atendiendo a las razones de imposibilidad juridica la Adjudicacion de Buena Pro no puede ser ejecutada, resulta pertinente adoptar medidas necesarias para la Adquisicion de Materiales de Construccion para la Culminacion del Palacio Municipal de Frias; Que, el Inc. 1) del Art. 10º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece las causales de nulidad de pleno derecho de los Actos Administrativos, normativa aplicable al caso materia de analisis; Que, el Art. 202º del acotado cuerpo legal establece la competencia para declarar la Nulidad de Oficio asi como senala los plazos para que esta se declare en la via administrativa y judicial; Que, la Setima Disposicion Especifica de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE faculta al Titular del Pliego a declarar la Nulidad de Oficio del MORDAZA de Seleccion cuando se incurra en alguna de las causales contempladas en el Art. 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el Art. 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala como una de las causales de nulidad un imposible juridico, que en el caso materia de analisis esta constituido por la modificacion del monto del prestamo a otorgar por el Banco de la Nacion a favor de la Municipalidad Distrital de Frias; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, Arts. 10º y 202º de la Ley Nº 27444, asi como Setima Disposicion de la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE; SE RESUELVE: Primero.- Dejar sin efecto la Resolucion de Alcaldia Nº 093-2004-MDF/A. Segundo.- Declarar la NULIDAD del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica Nº 001-2004-MDF-CEP; en consecuencia la Resolucion de Alcaldia Nº 066-2004MDF/A debe dejarse sin efecto en todos sus extremos. Tercero.- A efecto de cumplir con la formalidad establecida por ley debe publicarse en el Diario Oficial El Peruano, notificandose a los postores y a los organos correspondientes dentro del plazo de ley. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 20985

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAUCARPATA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 011-2004-MDP

Paucarpata, 16 de noviembre de 2004 VISTO: El Expediente que contiene los Informes Nº 0282004-GM/MDP emitido por la Gerencia Municipal y Nº 2402004-UAJ/MDP emitido por la Unidad de Asesoria Juridica; , CONSIDERANDO: Que, habiendose convocado a Licitacion Publica Nacional Nº 004-2003-MDP/PVL para la adquisicion de los insumos destinados al Programa Vaso de Leche, periodo enero a diciembre de 2004, dentro del MORDAZA de seleccion con fecha 10 de diciembre de 2003 Agro Industrias La Reserva E.I.R.L. y Kuntur Comercial E.I.R.L. interpusieron Recurso de Apelacion solicitando se declare su nulidad; Que, habiendo sido declarado infundado el recurso por Resolucion de Alcaldia Nº 1344-2003-MDP del 18 de diciembre de 2003, las mencionadas empresas han presentado el 29 de diciembre de 2003 ante el CONSUCODE el Expediente Nº 0087509, solicitando la nulidad del MORDAZA desde su convocatoria; Que, hasta la fecha el CONSUCODE no se ha pronunciado, lo que ha impedido que se siga adelante con el MORDAZA o se inicie uno MORDAZA, por lo que respecto de la atencion del Programa se presenta una situacion de urgencia prevista por el articulo 21º de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, y el inciso 2 del articulo 108º de su Reglamento, la que debe ser declarada por el Concejo Municipal, autorizandose la adquisicion de los insumos destinados a atender la distribucion de raciones del Programa Vaso de Leche correspondiente a los meses de noviembre y diciembre de 2004, conforme con lo dispuesto por el literal c) del articulo 19º y el literal c) del articulo 20º, de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, teniendo en consideracion lo dispuesto en el Acuerdo Nº 016/013 de 26.9.2003-CONSUCODE; El Concejo de la Municipalidad Distrital de Paucarpata en sesion ordinaria del 15 de noviembre del ano en curso; ACORDO: Primerio.- Aprobar, por situacion de urgencia, la exoneracion de MORDAZA para la adquisicion de insumos destinados al Programa Vaso de Leche, por los meses de noviembre y diciembre del 2004. Segundo.- Ordenar al Area de Abastecimiento proceda a la adquisicion de los insumos: 33 564 kilogramos de alimento enriquecido lacteo y 16 782 kilogramos de hojuelas de cereales, destinados al Programa Vaso de Leche correspondiente a los meses de noviembre y diciembre del ano 2004 con un valor referencial ascendente a S/. 215 313,06 (DOSCIENTOS QUINCE MIL TRESCIENTOS TRECE Y 06/00 NUEVOS SOLES), proveniente de la Fuente de Financiamiento 17 Recursos Ordinarios para Gobiernos Locales del Presupuesto Institucional de Apertura 2004. Tercero.- Ordenar la publicacion del presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y sea puesto en conocimiento de Contraloria General de la Republica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 20981

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