Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2004 (20/11/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 20 de noviembre de 2004

Articulo Quinto.- Encarguese a la Gerencia General adopte las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de la presente ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA DIBOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA 20936

Aprueban Ordenanza sobre Regularizacion de Edificaciones sin Licencia de Construccion
ORDENANZA Nº 092

El beneficio de la exoneracion del pago de multas y demas sanciones a que se refiere la presente Ordenanza alcanza a todos los procedimientos enunciados en el Articulo Primero de la presente MORDAZA Legal. La Resolucion con la que la Gerencia de Desarrollo MORDAZA autoriza la Licencia de Obra, es titulo suficiente para que se deje sin efecto las multas y demas sanciones cualquiera sea el estado en que se encuentren. Los pagos que por estos conceptos se hayan efectuado MORDAZA de su vigencia tienen caracter cancelatorio, por tanto, no podran ser objeto de devolucion ni compensacion. Articulo Tercero.- GERENCIAS ENCARGADAS DE SU CUMPLIMIENTO. Encarguese a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, el cumplimiento de sus fines, a la Gerencia de Participacion Vecinal, Gerencia de Comunicacion e Imagen Institucional y Gerencia de Informatica, la efectiva promocion y difusion de la los alcances de la presente ordenanza. Articulo Cuarto.- VIGENCIA. El plazo de vigencia de la presente Ordenanza es de 90 dias habiles. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Los procedimientos en tramite se adecuaran a la disposicion de la presente Ordenanza. Segunda.- Facultese al senor MORDAZA Distrital, para que mediante Decreto de Alcaldia pueda prorrogar por 90 dias mas el plazo de vigencia de la presente Ordenanza, contenida en el Articulo MORDAZA de la misma. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA DIBOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA 20937

La MORDAZA, 15 de noviembre del 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA Visto, en Sesion Ordinaria del 11 de noviembre del 2004, el Dictamen conjunto de las Comisiones de Asuntos Juridicos y Desarrollo MORDAZA, del 9 de noviembre del 2004; respecto al Proyecto de Ordenanza para la Regularizacion de Edificaciones sin Licencia de Construccion en el distrito de La Molina; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales promueven el desarrollo integral, sostenible y armonioso de su circunscripcion, viabilizan el crecimiento economico e impulsan la justicia social; Que, es proposito de este gobierno municipal facilitar el acceso a la formalidad de grupos humanos numerosos que han realizado edificaciones sin contar con las autorizaciones legales correspondientes; Que, estos vecinos que son parte importante de la realidad MORDAZA de La MORDAZA, han creado a traves de los anos una riqueza cuantiosa invirtiendo con gran esfuerzo en la edificacion de sus propias viviendas, inversion que al no contar con el respaldo documentario que la formalidad exige, deprecia su valor, no puede ser objeto de fuente de financiamiento y traba el trafico inmobiliario; Que, es politica de la actual gestion municipal alentar el desarrollo economico y social del vecindario reconociendo el importante esfuerzo economico que su poblacion ha efectuado en la construccion de sus viviendas; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido por los Articulos 9º numeral 8) y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, por Unanimidad y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA REGULARIZACION DE EDIFICACIONES SIN LICENCIA DE CONSTRUCCION Articulo Primero.- ALCANCES. Los propietarios de edificaciones que hayan sido construidas sin licencia de construccion y/o en terrenos que no cuenten con habilitacion MORDAZA recepcionada, carezcan de conformidad de obra, o que no cuenten con declaratoria de fabrica, independizacion y/o reglamento interno, hasta la fecha de publicacion de la presente ordenanza; cuando corresponda, podran sanear su situacion exonerados del pago de multas y otras sanciones iniciando el tramite durante la vigencia de la presente MORDAZA legal, mediante el procedimiento de regularizacion de edificaciones contenido en la Ley Nº 27157 y sus normas complementarias. Articulo Segundo.- ALCANCES DE LA REGULARIZACION.

Modifican Ordenanza Nº 014-98 referente al Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo
ORDENANZA Nº 093 La MORDAZA, 15 de noviembre del 2004 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo del 11 de noviembre del 2004, el Dictamen de la Comision de Administracion, Rentas, Presupuesto e Informatica; y, CONSIDERANDO Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa, en los asuntos de su competencia, y les otorga potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, en los Gobiernos Locales, el Concejo Municipal cumple su funcion normativa, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru. Dicha funcion normativa se ejerce, entre otros dispositivos, a traves de Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley de acuerdo a lo establecido en el numeral 3) del Articulo 196º y numeral 4) del Articulo 200º de la acotada carta magna y de la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario;

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