Norma Legal Oficial del día 20 de noviembre del año 2004 (20/11/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 20 de noviembre de 2004

Tipificacion conjunta de los presupuestos normativos que sustentan la causal de exoneracion. Que, teniendo en cuenta los considerandos precedentes, en el presente caso, se cumplen perfectamente los dos presupuestos para la declaracion de urgencia, a saber: 1) la ausencia extraordinaria e imprevisible de un bien, en este caso, la contratacion del servicio de limpieza y mantenimiento; y, 2) dicha ausencia compromete directa e inmediatamente los servicios esenciales que brinda la institucion, en este caso, la condiciones minimas de salubridad e higiene que debe conservar toda institucion que recibe la afluencia de un volumen importante de usuarios, como los que se presentan a las oficinas de la SUNARP, solicitando la prestacion de los servicios de inscripcion y publicidad registral; por lo que resulta procedente la contratacion del servicio de limpieza y mantenimiento, por el tiempo que sea necesario de acuerdo a lo requerido por la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA y por la Sede Central, del modo mas expeditivo posible y conforme a la normatividad sobre contrataciones y adquisiciones publicas; Que, de acuerdo al Informe Tecnico Legal Nº 052004-SUNARP-Z.R. Nº IX-OL-GAF, la contratacion de bienes que pretende realizar la referida MORDAZA Registral, esta prevista en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la MORDAZA Registral Nº IX-Sede Lima. De igual manera, en el Informe Nº 058-2004-SUNARP/ADM, se encuentra establecido que la contratacion del servicio de limpieza se encuentra incluido en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Sede Central; Que, la Gerencia de Presupuesto y Desarrollo de la Sede Central de la SUNARP, mediante Oficio Nº 6032004-SUNARP/GPD, de fecha 17 de noviembre de 2004, informa que existen recursos presupuestales para la contratacion del servicio requerido por la MORDAZA Registral Nº IX y la Sede Central; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento y el Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar en situacion de urgencia la contratacion del servicio de limpieza y mantenimiento para la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA y para la Sede Central, por dos (02) meses, a partir del 23 de noviembre al 22 de enero de 2004, tiempo estimado para la conclusion de la MORDAZA Convocatoria para la adquisicion del referido servicio previsto en el Concurso Publico Nº 004-2004-ZRLIMA. Articulo Segundo.- Exonerar de los procesos de seleccion previstos en los respectivos Planes Anuales de la MORDAZA Registral Nº IX-Sede MORDAZA y de la Sede Central, para la presente contratacion, segun lo requerido en el Oficio Nº 872-2004-SUNARP-Z.R. Nº IX-GAF/JEF y en el Informe Tecnico Legal Nº 005-2004-SUNARP-Z.R. Nº IX-OL-GAF y, en el Oficio Nº 1301-2004-SUNARP/ GAF e Informe Nº 058-2004-SUNARP/ADM, durante el periodo de urgencia; hasta por un monto de referencia MORDAZA de S/. 180,000.00 (Ciento Ochenta Mil nuevos soles) para la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, y S/ 12,000.00 (Doce Mil nuevos soles) para la Sede Central, con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados. Articulo Tercero.- Autorizar a la Gerencia de Administracion y Finanzas de la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA y a la Gerencia de Administracion y Finanzas de la Sede Central, respectivamente, para contratar los servicios requeridos mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, conforme lo dispone el articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo Cuarto.- Disponer que la Gerencia de Administracion y Finanzas de la Sede Central de la SUNARP, haga de conocimiento de la Contraloria General de la

Republica, la presente resolucion y los informes que la sustentan, dentro del plazo de diez dias calendario a su aprobacion segun lo dispone el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KRENZ Superintendente Nacional de los Registros Publicos (e) 21051

SUNAT
Incluyen al Boleto de Viaje como comprobante de pago que podra ser depositado para participar en los Sorteos de Comprobantes de Pago a nivel nacional
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 284-2004/SUNAT

MORDAZA, 19 de noviembre de 2004 CONSIDERANDO: Que el Articulo MORDAZA de las Bases del Sorteo de Comprobantes de Pago, aprobado por el Decreto Supremo Nº 178-2002-EF, modificado por el Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 163-2003-EF, establece que la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, senalara mediante Resolucion de Superintendencia los Comprobantes de Pago que podran participar en el Sorteo; Que mediante Resolucion de Superintendencia Nº 206-2003/SUNAT, se precisaron los comprobantes de pago que podran participar en los sorteos bimestrales, de acuerdo a lo dispuesto en las mencionadas Bases del Sorteo; Que la Resolucion de Superintendencia Nº 156-2003/ SUNAT modificada por la Resolucion Nº 046-2004/SUNAT, aprobo las normas sobre Boleto de Viaje que emiten las Empresas de Transporte Terrestre Publico Nacional de Pasajeros; Que segun lo senalado en los considerandos precedentes, se ha visto por conveniente incluir al Boleto de Viaje entre los Comprobantes de Pago que podran ser depositados por los participantes en los referidos sorteos bimestrales; En uso de las facultades conferidas mediante Resolucion de Superintendencia Nº 280-2004/SUNAT y el inciso b) del Articulo 23º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Incluyase a los Boletos de Viaje entre los Comprobantes de Pago que podran participar en los Sorteos bimestrales. Sustituyase el Articulo 1º de la Resolucion de Superintendencia Nº 206-2003/SUNAT, por el texto siguiente: "Articulo 1º.- COMPROBANTES DE PAGO QUE PARTICIPAN EN LOS SORTEOS Los Comprobantes de Pago que podran participar en los sorteos bimestrales de Comprobantes de Pago, son los siguientes: - El original de los Recibos por Honorarios Profesionales emitidos al adquiriente o usuario final.

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