Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2004 (12/10/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 30

Pag. 278144

NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 12 de octubre de 2004

la conformidad de la Oficina del Plan de Desarrollo Metropolitano y la Unidad Tecnico Legal de la Direccion Municipal de Desarrollo Urbano; RESUELVE: Articulo Primero.- INCORPORAR a los Articulos 101º inciso 1, 109º inciso 1, 135º inciso a, 139º inciso 2, del Decreto de Alcaldia Nº 147-02 Reglamento de la Ordenanza Nº 295/MML "Sistema Metropolitano de Gestion de Residuos Solidos" con el texto siguiente: "Ubicacion Conforme en zonificacion OU - Usos Especiales estando sujeta su localizacion a un Estudio MORDAZA Ambiental". Articulo Segundo.- En los casos que se requiera del Estudio MORDAZA Ambiental este sera elaborado por la empresa solicitante y evaluado por la Oficina del Plan de Desarrollo Metropolitano de la Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA y la Direccion de Ecologia de la Direccion Municipal de Servicios a la Ciudad. Articulo Tercero.- MODIFIQUESE el Articulo 133º inciso a numeral 1 del Decreto de Alcaldia Nº 147-02, con el texto siguiente: "La localizacion de los Lugares de Disposicion Final de Escombros sera determinado por la Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, previo Informe de la Oficina del Plan de Desarrollo Metropolitano, de acuerdo a un Estudio MORDAZA Ambiental". Articulo Cuarto.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comunicase y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 18273

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Declaran nulidad de adjudicacion directa selectiva para contratacion del servicio de disposicion final de residuos solidos en el distrito
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 245-2004-ALC/MSI

San MORDAZA, 11 de octubre de 2004 EL MORDAZA DE SAN MORDAZA VISTO, el Oficio Nº 503-2004(GTN/ATN) de la Gerencia Tecnico Normativa del CONSUCODE recepcionado el dia 6 de setiembre de 2004 y el Informe Nº 011-2004CE/MSI del Presidente del Comite Especial de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 005-2004-CE/MSI (por doble declaratoria desierta del Concurso Publico Nº 00012004-CE/MSI) para la Contratacion del Servicio de Disposicion Final de Residuos Solidos en el distrito de San Isidro; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Gerencia Municipal Nº 305-2004-09-GM/MSI de fecha 26 de MORDAZA de 2004 se aprobaron las Bases de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0005-2004-CE/MSI (por doble declaratoria desierta del Concurso Publico Nº0001-2004-CE/MSI); Que, los adquirientes de Bases MORDAZA Upaca S.A. y Petramas S.A.C. presentaron consultas, aclaraciones y/

o observaciones a las Bases dentro del periodo fijado en el calendario del mencionado MORDAZA de seleccion; Que, la Empresa Petramas S.A.C. cumplio con cancelar la tasa respectiva ante el CONSUCODE por observaciones no acogidas; Que, Mediante Carta Nº 093-2004-CE/MSI de fecha 11 de MORDAZA de 2004, el Comite Especial remite el expediente del MORDAZA de seleccion al CONSUCODE para su Pronunciamiento de conformidad con la Directiva Nº 013-2001-CONSUCODE/PRE y con el articulo 88º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el dia 14 de junio de 2004 se recepciona el Oficio Nº 554/2004(PRE) de la Presidencia del CONSUCODE adjuntando el Pronunciamiento Nº 0962004(GTN) respecto a las observaciones a las Bases de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0005-2004-CE/MSI para la Contratacion del Servicio de Disposicion Final de Residuos Solidos en el distrito de San Isidro; Que, en el numeral 3.2 del Pronunciamiento emitido por el CONSUCODE se senala que segun la Ley General de Residuos Solidos en su articulo 29º establece que los contratos de prestacion de Servicios de Residuos Solidos deberan contener el plazo de duracion del mismo, el cual en ningun caso sera menor de dos (2) anos. En este sentido el CONSUCODE en concordancia con el articulo 11º de la Ley Nº 26850 solicito a la Municipalidad de San MORDAZA informar sobre la observacion formulada y sustentar la convocatoria por el plazo senalado en la Adjudicacion Directa Selectiva (7 meses) debido a que de acuerdo con el mencionado articulo 29º de la referida Ley Nº 27314, solo excepcionalmente, en situaciones de emergencias sanitarias o desastres oficialmente declarados, se podra contratar por plazos menores a los dos (2) anos, en caso contrario se habria incurrido en un vicio insubsanable que acarrearia la nulidad del proceso; Que mediante Carta Nº 174-2004-CE/MSI de fecha 21 de junio de 2004 se remite al CONSUCODE la fundamentacion tecnica, entre otros, sobre el plazo de duracion del contrato sustentado principalmente por el Acuerdo de Concejo Nº 121-2003-MSI mediante el cual se aprobo la iniciativa privada para la Concesion de los Servicios Integrales de Limpieza Publica, Parques y Jardines, en el distrito de San MORDAZA, ratificado por Acuerdo de Concejo Nº 049-2004-MSI de fecha 18 de MORDAZA de 2004, en el que se dispone ademas la adecuacion del MORDAZA de seleccion a las disposiciones de la Ley Nº 28059 - Ley MORDAZA de Promocion de la Inversion Privada y de su Reglamento aprobado por D.S. Nº 015-2004PCM. Asimismo se senala que con fecha 4 de MORDAZA de 2004, por Resolucion de Alcaldia Nº 108-2004-ALC/MSI se constituyo el Comite Especial de Inversion Privada (CEPRI) de la Municipalidad de San MORDAZA para la Concesion de los Servicios Integrales de Limpieza Publica, Parques y Jardines, en el distrito de San Isidro; Que de acuerdo a las coordinaciones realizadas con la Gerencia Tecnico Normativa del CONSUCODE se remitio a la Direccion General de Servicio Ambiental DIGESA del Ministerio de Salud, el Oficio Nº 002-2004CE/MSI de fecha 28 de junio de 2004 donde se le solicita opinion tecnica respecto al plazo de duracion de contrato senalado en el MORDAZA de seleccion que viene llevando a cabo la Municipalidad de San MORDAZA, argumentando lo senalado precedentemente, en el MORDAZA de lo establecido en el articulo 26º de la Ley Nº 27314- Ley General de Residuos Solidos, asi como las consecuencias negativas que traeria convocar el servicio requerido por un plazo de dos (2) anos; Que, con Carta Nº 214-2004-CE/MSI de fecha 27 de MORDAZA de 2004 nos dirigimos a la Presidencia del CONSUCODE senalando nuestra preocupacion porque hasta esa fecha la Direccion General de Servicio Ambiental DIGESA del Ministerio de Salud, como organo tecnico competente, no ha emitido aun el Pronunciamiento respectivo, lo que ha conllevado a continuar contando con la prestacion de dicho servicio a merito de la Declaratoria de Urgencia y al MORDAZA de las Normas de Contratacion y Adquisicion del Estado; Que, mediante Oficio Nº 6122-2004/DG/DIGESA de fecha 11 de agosto de 2004, recepcionado el 17 de agos-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.