Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (16/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 79

PÆg. 278481 NORMAS LEGALES Lima, sábado 16 de octubre de 2004 ción o consumo prohibidos por la ley tales como mate- riales explosivos, inflamables, asfixiantes o tóxicos osustancias o materiales destinados para su prepara-ción. CAPÍTULO III PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE SANCIONES Artículo 11º.- Las copias de las actas de notificación cursada se harán llegar a la respectiva Gerencia, en el día, bajo responsabilidad; la que procederá a su tramita- ción de acuerdo a lo dispuesto en el presente Regla-mento. Artículo 12º.- El acta de prueba, medida correctiva y notificación de inicio de procedimiento sancionador, de-berá ser llenada en letra imprenta y sin abreviaturas. Para ser considerada válida; debe contener como míni- mo la siguiente información: a) Nombres y Apellidos del presunto infractor, con indicación de su Documento Nacional de Identidad, deser posible. b) En caso de ser persona jurídica, indicación de Razón Social, señalando el cargo de la persona querecepciona. c) Lugar, fecha, día y hora en que se emite.d) Gerencia que emite la notificación.e) Nombre y código del Supervisor, Inspector y/o Policía Municipal que realiza la inspección. f) Breve descripción de los hechos que se atribu- yen al presunto infractor. Adicionalmente, se indicará al notificado que puede efectuar sus descargos en un plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de la notifica- ción, señalando de corresponder los documentos quedebe presentar al descargo. Artículo 13º.- En el caso que el presunto infractor notificado no se presentase dentro del plazo establecido a formular su descargo personalmente, el Jefe de la Unidad Orgánica correspondiente dejará constancia deeste acto en el legajo, y bajo responsabilidad, lo elevaráa la Gerencia de su dependencia al día siguiente dehaberse vencido el plazo para los descargos. El Geren-te se encargará de inmediato, y bajo su responsabilidad, de la aplicación de la sanción correspondiente de acuer- do a lo dispuesto en el presente Reglamento. Artículo 14º.- Si el presunto infractor se presentara a la Unidad que lo notificó, se extenderá un acta decomparecencia en la que constará su manifestación y larelación de los documentos que aporte en calidad de prueba, copia del acta y cargo de los documentos que aporta le serán entregados. En caso que el notificado formulase sus descargos por escrito, se agregarán los documentos al legajo. El Jefe de la Unidad Orgánica correspondiente emiti- rá un dictamen y elevará todo lo actuado a su Gerente para el visto bueno, a fin de promulgar la Resolución de Sanción Administrativa que corresponda, la misma queserá notificada al infractor, quien dispondrá de quince(15) días útiles para el cumplimiento de lo dispuesto en laResolución o para presentar recurso impugnativo. Artículo 15º.- Vencido el plazo establecido en el ar- tículo anterior, sin que el infractor haya cumplido con lo dispuesto en la resolución respectiva o presentado elrecurso impugnativo correspondiente, se remitirán to-dos los actuados a la Unidad de Ejecución Coactiva parael inicio del procedimiento respectivo. CAPÍTULO IV RECURSOS DE IMPUGNACIÓN Artículo 16º.- Los recursos impugnatorios contra las Resoluciones, deben ser recepcionados por la Unidad de Trámite Documentario, sin el requisito de pago de la Sanción impuesta en caso de multa y se sustanciarán con arreglo ala Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo Ge-neral y Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades.Artículo 17º.- No es impugnable el acta de notifica- ción por detección de infracción (es). Artículo 18º.- La interposición de los Recursos Im- pugnativos de Reconsideración y de Apelación, no sus-penden la ejecución de las Sanciones impuestas, pero laautoridad a quien compete resolver podrá suspender de oficio o a instancia de parte, la ejecución de la sanción impuesta, si existiesen razones atendibles para ello. En caso de haberse denegado el Recurso interpues- to la multa deberá ser cancelada con el reajuste corres-pondiente a la fecha de pago, de acuerdo al Indice dePrecios al Consumidor. Artículo 19º.- Agotada la vía administrativa y no ha- biendo cumplido con la sanción impuesta, todos los ac-tuados serán remitidos al Ejecutor Coactivo, de confor-midad a lo establecido para el caso en la Ley Nº 27444.Y en lo que corresponda a la Ley Nº 27979 - Ley deEjecución Coactiva y Reglamento correspondiente. CAPÍTULO V LAS SANCIONES Artículo 20º.- Las sanciones sólo serán impuestas por la Gerencia de Servicios a la Ciudad mediante reso- lución que pone fin al procedimiento administrativo san-cionador, las sanciones que se impongan deberán estarcomprendidas en el Reglamento de Aplicación de San-ciones y Escala de Multas por Infracciones a Disposi-ciones Municipales aprobado por Ordenanza Municipal Nº 011-97-MVES. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- El presente Reglamento se aplicará en con- cordancia con el Reglamento de Aplicación de Sancio- nes y Escala de Multas por Infracciones a Disposicio- nes Municipales y el Cuadro de Infracciones y Sancio-nes Administrativas. Segunda.- Los Policías Municipales deberán identifi- carse previamente al inicio del Procedimiento de Fisca-lización y deberán portar un ejemplar del presente Re- glamento. 18633 Aceptan donación destinada al equipa- miento del Centro de Entrenamiento enTecnologías de la Información y Comuni-cación de la Casa de la Juventud ACUERDO DE CONCEJO Nº 040-2004/MVES Villa El Salvador, 27 de setiembre del 2004 Visto: El Informe Nº 099-GJ/2004, de fecha 02.09.2004, presentando por el Gerente de Juventudes de esta Municipalidad; CONSIDERANDO: Que, con fecha 2 de abril del año en curso, se suscri- bió el Protocolo de Intenciones, entre la Municipalidad de Rezé - Francia y la Municipalidad de Villa El Salvador, cuyo objetivo es apoyar el proyecto denominado "Casade la Juventud de Pachacámac"; Que, mediante el documento señalado en la parte introductoria, el Gerente de Juventudes señala que elAlcalde de la Hermana Ciudad de Rezé - Francia, se comprometió a apoyar a esta Municipalidad en el finan- ciamiento del equipamiento del Centro de Entrenamientoen Tecnologías de la Información y Comunicación de la citada Casa de la Juventud; Que, con fecha 3 de abril del año en curso, el Alcalde de la Hermana Ciudad de Rezé - Francia, confirma su apoyo al Proyecto "Equipamiento de la Casa de la Ju- ventud de Pachacámac", con la donación de un montode E 11,220 y de acuerdo a lo convenido con dicha