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PÆg. 278464 NORMAS LEGALES Lima, sábado 16 de octubre de 2004 SE RESUELVE: Artículo Primero.- ACEPTAR la renuncia formulada por el ingeniero economista JORGE ALBERTO BEJA- RANO BELTRÁN al cargo de confianza de Gerente Ge-neral Regional del Gobierno Regional de Puno, a partir del 11 de octubre del 2004. Artículo Segundo.- DESIGNAR al ingeniero civil CÉSAR ZAVALETA PONCIANO en el cargo de confian- za de Gerente General Regional del Gobierno Regional de Puno, a partir de la fecha. Regístrese, comuníquese y archívese. DAVID ANÍBAL JIMÉNEZ SARDÓN Presidente Regional 18611 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 706 Mediante Oficio Nº 2329-2004-SGC/MML, la Munici- palidad Metropolitana de Lima solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 706, publicada en nuestra edición del día 9 de octubre de 2004. En el artículo 2º: Derogación DICE: "Deróguese el inciso d) del artículo 5º del Edicto 227 y el inciso d) del artículo 16º del Edicto 227 de la Munici- palidad Metropolitana de Lima, así como toda norma que se oponga a la presente Ordenanza." DEBE DECIR: "Deróguese el inciso d) del artículo 5º del Edicto 225 y el inciso d) del artículo 16º del Edicto 227 de la Munici- palidad Metropolitana de Lima, así como toda norma quese oponga a la presente Ordenanza." 18530 MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Convocan a celebración de matrimo- nio civil comunitario ORDENANZA Nº 009-2004-A-MDC Cieneguilla, 28 de septiembre del 2004 EL ALCALDE DISTRITAL DE CIENEGUILLA POR CUANTO:El Concejo de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla en Sesión Ordinaria de fecha 28 de septiembre de 2004; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el Artículo 4º de la Constitución Política del Perú, es deber de la comunidad y el Estado proteger a la familia y promover el matrimo-nio, reconociéndolos como instituciones naturales y fun- damentales de la sociedad; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades Distri- tales tienen autonomía política, económica y administra-tiva en los asuntos de su competencia; Que, los Artículos 233º y 234º del Código Civil seña- lan la regulación jurídica de la familia que tiene por objetosu consolidación y fortalecimiento, en armonía con los principios y normas proclamadas en la Constitución Po- lítica del Estado Peruano, y su definición como la uniónvoluntariamente concertada entre un varón y una mujer legalmente aptos para ello y formalizada con sujeción a las disposiciones del mencionado Código sustantivo, afin de hacer vida en común; Que, con la finalidad de coadyuvar a la preservación de la unidad familiar como núcleo básico de la sociedad,y así mismo, conservar la integridad, el desarrollo de la comunidad y con el fin de beneficiar a los vecinos de este distrito que desean regularizar su estado civil; Estando a los fundamentos antes expuestos, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, contando conel voto unánime de los señores Regidores y con la dispensa de la y aprobación de actas, se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO Artículo 1º.- Convóquese a la celebración del Matri- monio Comunitario en el distrito de Cieneguilla, a llevarsea cabo el día 6 de noviembre del presente año. Artículo 2º.- Están comprendidos y obligados al cum- plimiento de la presente, los vecinos del distrito de Cie-neguilla, que soliciten participar en la celebración del Matrimonio Comunitario. Artículo 3º.- Requisitos: a) Solicitud. b) Copia simple del Documento Nacional de Identi- dad (DNI) de ambos. c) Declaración Jurada de vivir en distrito. d) Declaración Jurada de Soltería de ambos.e) El recibo de pago único por la celebración del matrimonio por la suma de TREINTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 30.00), por pareja. Artículo 4º.- Disponer la exoneración de los plazos le- gales para la mencionada celebración a los contrayentes. Artículo 5º.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Oficina de Registro Civil el fiel cumplimiento de la pre- sente Ordenanza y la difusión respectiva de la convo-catoria al Matrimonio Comunitario en el distrito a la Ofici- na de Imagen Institucional. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase.MANUEL SCHWARTZ R. Alcalde 18622 MUNICIPALIDAD DE SAN BARTOLO Determinan Æreas de terreno donde se otorgarÆn autorizaciones para la fabri-cación de productos pirotØcnicos yotras actividades ORDENANZA Nº 005-2004/MDSB San Bartolo, 13 de mayo del 2004