Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2004 (16/10/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 16 de octubre de 2004

ORDENANZA QUE APRUEBA LA CONSTITUCION Y REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DE LAS JUNTAS VECINALES DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA Articulo Primero.- APROBAR la "Constitucion y Reglamento de Organizacion y Funciones de las Juntas Vecinales del distrito de San Isidro" que consta de Tres (03) Titulos, treinta y siete (37) articulos, seis (06) Disposiciones Finales y Transitorias y un (01) Anexo, que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- DEROGAR todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en MORDAZA a los 14 dias del mes octubre de dos mil cuatro. MORDAZA UCCELLI MORDAZA MORDAZA MORDAZA Encargado del despacho de Alcaldia CONSTITUCION Y REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONES DE LAS JUNTAS VECINALES DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA TITULO I CONSTITUCION DE JUNTAS VECINALES Articulo 1º.- Constitucion: Las Juntas Vecinales del distrito de San MORDAZA se constituyen con sus vecinos residentes en cinco (05) sectores, subdivididos en treinta y nueve (39) subsectores, para efectos de una adecuada representacion vecinal y segun el ambito geografico establecido en el Anexo I de la presente norma. Articulo 2º.- Delegados Vecinales: Cada Junta Vecinal sera representada por cinco (05) vecinos: tres (03) miembros titulares y dos (02) suplentes, elegidos democraticamente por los vecinos de cada subsector del distrito, por el periodo de un (01) ano. Los miembros titulares detentaran los cargos de Presidente o Delegado Vecinal, Vicepresidente y Secretario. El ejercicio de dichos cargos no constituye funcion publica ni genera incompatibilidad alguna. TITULO II ELECCION DE REPRESENTANTES DE LAS JUNTAS VECINALES CAPITULO I CONVOCATORIA Articulo 3º.- Convocatoria a elecciones.El MORDAZA, mediante Decreto de Alcaldia, convoca a elecciones de representantes de las Juntas Vecinales y designa un Comite Electoral, con una anticipacion no menor de noventa (90) dias calendarios MORDAZA del vencimiento del mandato de dichos representantes. El Decreto de convocatoria, establecera el cronograma electoral, el que debera incluir como minimo las siguientes fechas: Fecha de Inscripcion de Listas de Candidatos; fecha de Publicacion de Listas de candidatos; Plazo para formular Tachas contra Candidatos; fecha y hora de las elecciones; y, publicacion de Resultados en lugares visibles de la Municipalidad y en su pagina web. Articulo 4º.- De no realizarse la convocatoria dentro del plazo MORDAZA senalado y transcurridos diez (10) dias calendario, los miembros de las Juntas Vecinales debidamente constituidas, podran convocar a las eleccio-

nes respectivas, cursando oficio a la ONPE para que brinde apoyo y asistencia tecnica en el MORDAZA electoral, debiendose observar las disposiciones del presente Titulo para su realizacion, en lo que fuere aplicable. CAPITULO II EL COMITE ELECTORAL Articulo 5º.- Designacion: En el mismo Decreto que convoca las elecciones, se designa al Comite electoral que conducira dichas elecciones. Articulo 6º.- Conformacion: El Comite Electoral estara integrado por cinco (05) vecinos representativos del distrito en los cargos de Presidente (01), Vocales (02) y Accesitarios (02). Articulo 7º.- Atribuciones y obligaciones: a) Organizar, dirigir y controlar el desarrollo del MORDAZA electoral. El Comite Electoral podra solicitar apoyo y asistencia tecnica a la ONPE en el MORDAZA electoral. b) Designar o elegir a los Presidentes de Mesa. c) Preparar los disenos y formatos de cedulas y demas documentos electorales que se requiera para el MORDAZA electoral. d) Resolver la inscripcion y retiro de candidatos, las impugnaciones, observaciones u otras incidencias, que se produzcan durante el MORDAZA electoral. e) Proclamar los candidatos elegidos y comunicar al MORDAZA los resultados del MORDAZA electoral para que emita la correspondiente Resolucion de Alcaldia y haga entrega de credenciales a los representantes electos de las Juntas Vecinales. Articulo 8º.- El Acta Electoral: El Acta Electoral estara compuesta por los siguientes documentos: a) Acta de Instalacion: En MORDAZA se indicara la hora de instalacion de la mesa de sufragio y la cantidad de cedulas recibidas. Asimismo, firmaran los miembros de mesa y si lo desean, los personeros presentes. El Acta ademas debe contener un espacio para las observaciones. b) Acta de Sufragio: En MORDAZA se indicara la hora de conclusion del sufragio, el numero de electores que sufragaron, los nombres y la firma de los miembros de mesa y personeros que lo deseen. c) Acta de Escrutinio: En MORDAZA se indicara la hora, el numero de votos alcanzados por cada una de las listas de candidatos, la cantidad de votos nulos, en MORDAZA y votos impugnados, las observaciones u otras incidencias que se hubiesen producido en las elecciones, los nombres y la firma de los miembros de mesa. El Acta ademas debe contener un espacio para las observaciones. CAPITULO III EL PADRON ELECTORAL Articulo 9º.- Registro Electoral: La Municipalidad Distrital de San MORDAZA, a traves de la Gerencia de Comunicaciones, Participacion Vecinal y Proyectos Especiales, abrira un Registro Electoral de vecinos agrupados por subsectores integrantes de las respectivas Juntas Vecinales del distrito de San MORDAZA, el cual debera actualizarse permanentemente y servira para elaborar los Padrones Electorales de cada subsector del distrito. La condicion de vecino elector se acredita con el documento de identidad en el que conste su domicilio dentro del subsector correspondiente. De no ser asi, debera presentar MORDAZA de su titulo de propiedad, si es propietario, o copias del contrato de arrendamiento, o del ultimo recibo de agua, luz o telefono cancelado, si es arrendatario. En estos ultimos casos, de verificarse fraude o falsedad de la informacion, se impondra una multa de dos

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