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PÆg. 278475 NORMAS LEGALES Lima, sábado 16 de octubre de 2004 B.- INFORME TÉCNICO DE DEFENSA CIVIL (Subgerencia de Defensa Civil). Remítase al ítem 12.01 del Texto Único de Procedimientos Administrati- vos, aprobado mediante Ordenanza Nº 028-2001- MDSM. 7.1.2. AUTORIZACIÓN DE APERTURA Y FUNCIO- NAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS. Remítase del ítem 02.01 al 02.05 del Texto Único Ordenado de Pro- cedimientos Administrativos, aprobado mediante Or- denanza Nº 028-2001-MDSM; así como, a la Ordenan-za Nº 014-2003-MDSM. 7.3. AUTORIZACIÓN DE ANUNCIOS Y PROPA- GANDA. Remítase a los ítems 11.06, 11.07 y 11.08 del Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrati- vos, aprobado mediante Ordenanza Nº 028-2001-MDSM, y normas complementarias. Artículo 8°.- PRESENTACIÓN DE LA DECLARA- CIÓN JURADA DE PERMANENCIA EN EL GIRO Los titulares de Autorizaciones Municipales de Aper- tura y Funcionamiento, están obligados a presentar antela Municipalidad una declaración jurada de permanen- cia en el mes de enero de cada año, conforme a los formatos que la Administración Municipal establece yque será distribuidos en forma gratuita, en el que se exprese la permanencia en el giro o giros autorizados y el mantenimiento de los requisitos que dieron origen ala autorización. Artículo 9°.- VIGENCIA DE LAS AUTORIZACIO- NES La Autorización de Apertura y Funcionamiento de Establecimientos tiene vigencia indeterminada de con-formidad al Artículo 71° de la Ley N° 27180, ley que modifica diversos artículos del Decreto Legislativo 776, Ley de Tributación Municipal. Las autorizaciones de Anuncios y Propaganda tie- nen un plazo de vigencia anual (un año), luego del cual el administrado deberá de renovar dicha autorización,cumpliendo con los requisitos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos. Artículo 10°.- COMUNICACIÓN DEL CESE DE AC- TIVIDADES Toda persona natural o jurídica que cuente con la Autorización Municipal de Apertura y Funcionamiento y de Anuncios y Propaganda y decida cerrar su estable- cimiento o retirar el anuncio y/o propaganda autorizadopor la Municipalidad, deberá comunicarlo a la Municipa- lidad dentro de los treinta (30) días siguientes de pro- ducidos los hechos. CAPÍTULO VI FISCALIZACIÓN E IMPOSICIÓN DE SANCIONES Artículo 11°.- FISCALIZACIÓN E IMPOSICIÓN DE SANCIONES Al término de la vigencia del presente beneficio, se iniciará el proceso de verificación de cumplimiento de la obligación de obtener la autorización correspondiente,caso contrario se procederá conforme al Régimen de Aplicación de Sanciones. Artículo 12°.- RECONOCIMIENTO DE OBLIGA- CIONES Queda entendido que los contribuyentes y/o infrac- tores que decidan acogerse al presente beneficio de regularización, reconocen expresamente las obligacio- nes materia de regularización, por lo que no podránpresentar futuras reclamaciones o recursos adminis- trativos sobre los trámites y multas administrativas im- puestas. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Encargar a la Secretaría de Imagen Insti- tucional, Gerencia de Rentas y Administración Tributa- ria, Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Poli-cía Municipal y Control de la Ciudad y Subgerencia de Administración Documentaria y Archivo, el cumplimien-to de la presente Ordenanza. Segunda.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complemen-tarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, incluida la prórroga de la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 18688 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Dispensan de publicación de edictos a parejas que participarÆn en el Matri-monio Civil Masivo II - 2004 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2004-ALC/MDSA Santa Anita, 11 de agosto de 2004 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SANTA ANITA CONSIDERANDO:Que, mediante Informe Nº 102-2004-SGRC-GDS/ MDSA de fecha 20 de julio del 2004, e Informe Nº 0113-2004-SGRC-GDS/MDSA de fecha 6 de agosto del 2004, la Subgerencia de Registro Civil, solicita la aprobación de la dispensa de la publicación del Edicto del Matrimo-nio Civil Masivo II - 2004; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 234º del Código Civil, establece que el matrimonio es la unión voluntariamente concertada por un varón y una mujer legalmente aptos para ella y formalizada con sujeción a las disposiciones de dichoCódigo, a fin de hacer vida común; Que, el Artículo 248º del mismo cuerpo de leyes, establece las diligencias para que se realice el matrimo-nio civil, estableciendo asimismo el Artículo 263º del Código Civil, la facultad del Jefe del Registro Civil para celebrar matrimonio; Que, mediante la actual Ordenanza Nº 35-03-MDSA de fecha 31 de octubre del 2003, se aprobó el TUPA de la municipalidad, el mismo que en el Numeral 3,05 contieneel procedimiento para el Matrimonio Masivo, el mismo que para su validez requiere de la publicación del edicto matrimonial; Que, el Artículo 252º del Código Civil, establece la dispensa de la publicación del edicto matrimonial por parte del Alcalde, si median causas razonables y siem-pre que se presenten todos los documentos exigidos en el artículo 248º del anotado cuerpo legal; Que, es causa justificante en este caso, el de canali- zar legalmente la situación irregular de convivencia que mantienen la mayoría de los vecinos, en muchos de los casos por falta de recursos económicos y siendo la pu-blicación del edicto matrimonial un costo oneroso para la mayoría de los convivientes que desea regularizar su situación civil, más aún si se tiene en cuenta que el fin dela sociedad es la familia como núcleo del mismo, deviene en procedente la dispensa de la publicación del edicto matrimonial; Con el Informe Nº 426-GAJ-GG-MDSA de fecha 9 de agosto del 2004, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades conferidas por la LeyOrgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972;