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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G38/G39/G39/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 24 de octubre de 2004 FUENTE DE FINANCIAMIENTO 00 : Recursos Ordinarios 696,035.00 6 GASTOS DE CAPITAL 696,035.00 5 Inversiones 696,035.00 --------------- TOTAL PROGRAMA 699,036.00 TOTAL EGRESOS 1,318,925.00 A LA: SECCIÓN SEGUNDA INST ANCIAS DESCENTRALIZADAS PLIEGO 446 : Gobierno Regional del Cusco UNIDAD EJECUTORA 002 : Plan COPESCO FUNCIÓN 03 : Administración y Planeamiento PROGRAMA 003 : Administración SUBPROGRAMA 0006 :Administración General PROYECTO 2 00270 :Gestión de Proyectos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 00 : Recursos Ordinarios 619,889.00 6 GASTOS DE CAPITAL 619,889.00 5 Inversiones 619,889.00 --------------- TOTAL PROGRAMA 619,889.00 FUNCIÓN 16 : Transporte PROGRAMA 052 : Transporte TerrestreSUBPROGRAMA 0142 :Construcción y Mejoramiento de Carreteras PROYECTO 2 00942 : Construcción y Mejoramiento de Carretera Pisac-Huambutio-Huacarpay FUENTE DE FINANCIAMIENTO 00 : Recursos Ordinarios 3,001.00 6 GASTOS DE CAPITAL 3,001.00 5 Inversiones 3,001.00 PROYECTO 2 00943 : Construcción y Mejoramiento de CarreteraCombapata-Yanaoca FUENTE DE FINANCIAMIENTO 00 : Recursos Ordinarios 696,035.00 6 GASTOS DE CAPITAL 696,035.00 5 Inversiones 696,035.00 --------------- TOTAL PROGRAMA 699,036.00 TOTAL EGRESOS 1,318,925.00Artículo 3º.- DESAGREGACIÓN DE RECURSOS El Titular del Pliego Presupuestario del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y el Titular del Pliego Presu- puestario del Gobierno Regional del Cusco, aprobarán mediante Resolución, la desagregación de los recursoshabilitados dentro de los cinco (5) días hábiles de vigen-cia del presente dispositivo, remitiendo copia de la Re-solución respectiva, dentro de los cinco (5) días de suexpedición, a las entidades señaladas en el Artículo 5º de la Ley Nº 28128 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004. Artículo 4º.- La Oficina General de Planificación, Pre- supuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exte-rior y Turismo y la Gerencia Regional de Planeamiento,Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobier- no Regional de Cusco, solicitarán a la Dirección Nacio- nal de Presupuesto Público, las codificaciones que serequieran para la adecuada aplicación del presente De-creto Supremo; asimismo, instruirán a sus respectivasUnidades Ejecutoras para que elaboren las "notas demodificación presupuestaria" que se requiera por efecto del presente Decreto Supremo. Artículo 5º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por el Presidente del Consejo de Ministros, elMinistro de Economía y Finanzas y el Ministro de Co-mercio Exterior y Turismo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinti- dós días del mes de octubre del año dos mil cuatro. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 19216 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado , se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse selladas y rubricadas en original por un funcionario de laentidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio que hubiere. 3. La documentación a publicar se enviará además al siguiente correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe , precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel. Si se hubiere utilizado el formato de la Sección Segunda aprobada por Decreto Supremo N°. 080-2001-PCM, se presentará en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU