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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G39/G30/G30/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 24 de octubre de 2004 Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Oficina de Control Institucional del Ministerio de Edu-cación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER SOTA NADAL Ministro de Educación 19158 ENERGÍA Y MINAS /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6D/G65/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G75/G61/G6C /G73/G65/G20/G69/G6D/G70/G75/G73/G6F/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G64/G75/G6D/G62/G72/G65/G20/G64/G65/G20/G65/G6C/G65/G63/G74/G72/G6F/G64/G75/G63/G2D/G74/G6F/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G73 /G74/G69/G74/G75/G6C/G61/G72/G20/G45/G64/G65/G6C/G6E/G6F/G72/G20/G53/G2E/G41/G2E/G41/G2E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 333-2004-MEM/DM Lima, 25 de agosto de 2004 VISTA: La solicitud de modificación de servidumbre de electroducto de la línea de 60 kV SET Santa Rosa-SET Jicamarca Derivación SET Canto Grande, presen-tada por EDELNOR S.A.A., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 11008737 del Registro de Personas Jurídi- cas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, en mérito de la Resolución Suprema Nº 080-96- EM, publicada el 18 de octubre de 1996, EDELNORS.A.A., es titular de la concesión definitiva para desarro-llar la actividad de distribución de energía eléctrica en la línea de 60 kV SET Santa Rosa-SET Jicamarca Deriva- ción SET Canto Grande, ubicada en el distrito de SanJuan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima,tal como figura en el Expediente Nº 22052497; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 468-2001- EM/VME, publicada el 28 de octubre de 2001, se impuso servidumbre de electroducto a favor de la referida con- cesión, excluyéndose de dicha servidumbre el tramoP6D- P10D (L695) y el tramo P6D-P10D’ (L687), debidoa que el ancho de faja de servidumbre de dichos tramosno se sujetaban a las disposiciones establecidas en laNorma Nº DGE 025-P-1/1988, vigente en ese entonces; Que, mediante documento presentado el 2 de julio de 2003, ingresado bajo el Registro Nº 1418208, el conce-sionario solicitó la modificación del artículo 2º de la Re-solución Ministerial Nº 468-2001-EM/VME, en el extre-mo referido a los tramos excluidos mencionados en elconsiderando que antecede, exponiendo como susten- to la necesidad de excluir del artículo 2º, los tramos que no estaban comprendidos en la servidumbre, toda vezque actualmente la Nota 7 de la Tabla 219 del CódigoNacional de Electricidad-Suministro, permite la reduc-ción del ancho de la faja por lo cual dichos tramos pue-den ser amparados con el gravamen mencionado; Que, en efecto, el Código Nacional de Electricidad- Suministro, entró en vigencia a partir del 1 de julio de2002, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 366-2001-EM/VME, publicada el 6 de agosto de 2001, esta-blece en la Nota 7 de la Tabla Nº 219 de la Sección 21,que en el caso de soportes con una sola terna definitiva, el conductor deberá estar hacia el lado de la calzada y se tomará la mitad de los anchos indicados en dichaTabla, verificando que las distancias de seguridad resul-ten suficientes para evitar riesgos a otras instalaciones; Que, los tramos a que se refiere el segundo conside- rando de la presente Resolución, han cambiado de nu- meración, la misma que ha sido sustituida por el tramo P51-P55 (en lugar de, P6D- P10D), y el tramo P5-P1 (enlugar de, P6D-P10D’); Que, de acuerdo a los Memorándums Nº 025-2003- DGE/DNEL, Nº 005-2004/DGE-NEL, y Nº 010-2004-DNEL/DGE de fechas 8 de septiembre de 2003, 16 de marzo de 2004, y 5 de mayo de 2004, respectivamente, elaborados por la Dirección de Normas Eléctricas de la Dirección Ge-neral de Electricidad, las distancias de la faja de servidum-bre de los referidos tramos, según los planos obrantes en elExpediente, cumplen con lo dispuesto en la Nota 7 de laTabla 219 de Código Nacional de Electricidad-Suministro;Que, la petición de EDELNOR S.A.A se encuentra am- parada en lo dispuesto por el artículo 111º del Decreto LeyNº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y cumple con losrequisitos establecidos en el ítem SE02 del Anexo Nº 01 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministe- rio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto SupremoNº 025-2002-EM, y cuenta con la opinión a que se refiere elInforme Nº 141-2004-DGE-CEL, siendo procedente apro-bar la modificación de la servidumbre solicitada; Estando a lo dispuesto en el artículo 111º de la Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el artículo 2º de la Resolución Mi- nisterial Nº 468-2001-EM/VME, en el extremo referido a laexclusión de los tramos P6D- P10D (ahora, P51-P55) y P6D- P10D’ (ahora, P5-P1), los mismos que quedan incluidos en la servidumbre a que se refiere la mencionada Resolución, deacuerdo a la documentación técnica y los planos proporcio-nados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Cod. Exp. Inicio y llegada de la Nivel de Nº de Longitud Ancho de línea Tensión Ternas (Km) la Faja ( kV ) ( m ) 22052497 Lí nea 60 kV SET Santa Rosa-SET JicamarcaDerivación SET CantoGrande: - Tramo P51-P55 (L 695) 60 01 0,359 8 - Tramo P5– P1 (L 687) 60 01 0,222 8 Artículo 2º.- Dentro de la faja de servidumbre, no podrá construirse obras de cualquier naturaleza ni po-drá realizarse labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidumbre constituida. Artículo 3º.- EDELNOR S.A.A. deberá velar permanen- temente para evitar que en la faja de servidumbre se ejecutecualquier tipo de construcción que restrinja su ejercicio. Artículo 4º.- La presente Resolución entrará en vi- gencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 15747 /G49/G6D/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G64/G75/G6D/G62/G72/G65/G20/G64/G65/G20/G65/G6C/G65/G63/G74/G72/G6F/G64/G75/G63/G74/G6F /G70/G61/G72/G61/G20/G6C/GED/G6E/G65/G61/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G63/G6F/G6E/G63/G65/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G66/G69/G6E/G69/G74/G69/G76/G61/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G62/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G73/G20/G74/G69/G74/G75/G6C/G61/G72/G20/G45/G64/G65/G6C/G6E/G6F/G72/G20/G53/G2E/G41/G2E/G41/G2E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 412-2004-MEM/DM Lima, 11 de octubre de 2004 VISTO: El Expediente Nº 21150103, organizado por EDELNOR S.A.A., persona jurídica inscrita en la PartidaNº 11008737 del Registro de Personas Jurídicas de laOficina Registral de Lima, sobre solicitud de imposiciónde servidumbre de electroducto de la línea de transmi-sión de 66 kV Derivación a SE Supe; CONSIDERANDO: Que, EDELNOR S.A.A., concesionaria de distribu- ción de energía eléctrica, en mérito de la ResoluciónSuprema Nº 080-96-EM, publicada el 18 de octubre de 1996, ha solicitado la imposición de servidumbre de elec- troducto para la línea de transmisión de 66 kV Deriva-ción a SE Supe, que parte desde el poste P81 de la líneade transmisión de 66 kV Paramonga Nueva - Huacho,ubicada en el distrito de Supe Puerto, provincia de Ba-rranca y departamento de Lima, según las coordenadas UTM que figuran en el Expediente; Que, si bien la Tabla 219 de la Sección 21 del Código Nacional de Electricidad-Suministro, aprobado por laResolución Ministerial Nº 366-2001-EM/VME, publicada