Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (27/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 74

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G39/G31/G35/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 27 de octubre de 2004 Impuesto Predial Sin intereses, ni factores de reajuste. Arbitrios Sin intereses, ni factores de reajuste y un descuento adicional del 40% del insoluto. 2.2 El monto a cancelarse entre el 16avo. hasta el 30avo. día posterior a la presentación de la declaraciónjurada de regularización: Impuesto Predial Sin intereses, ni factores de reajuste. Arbitrios Sin intereses, ni factores de reajuste y un descuento adicional del 20% del insoluto. 2.3 De cancelarse en su totalidad la deuda tributaria ge- nerada podrán incrementar el descuento de arbitrios en un5%. Los descuentos establecidos en arbitrios están referi- dos a los saldos generados por el proceso de regulariza- ción. La presentación de las declaraciones juradas que regu- larizan años anteriores se realizará en la Oficina de Servi- cios y Orientación al Contribuyente de la Municipalidad. La presentación de las declaraciones juradas referidas en los artículos anteriores, así como el otorgamiento de los beneficios a que se contrae la presente Ordenanza, no exi- me al obligado de realizar los procesos de obtención de lalicencia de construcción y otros documentos obligatorios de acuerdo a las normas respectivas. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facúltese al Alcalde de la Municipalidad de San Borja para que mediante Decreto de Alcaldía esta- blezca la forma y el plazo de presentación de la Declara- ción Jurada Masiva del Impuesto Predial, modifique lasfechas determinadas en el artículo 7º de la presente Ordenanza y establezca las normas complementarias que correspondan. Segunda.- Facúltese al Gerente de Rentas para que mediante Resolución de Gerencia apruebe la “Cartilla de Declaración Jurada Masiva de Predios” y los formatoscomplementarios. Tercera.- Encárguese el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Ima-gen Institucional, Gerencia de Participación Vecinal, Ge- rencia de Seguridad Ciudadana, Gerencia de Adminis- tración y Finanzas y, Gerencia de Planeamiento Estra-tégico. POR TANTO:Mando se registre, comunique, publique y cumpla. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 19351 MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G61/G70/G6C/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G35 /G64/G65/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G73/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G73/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G2D/G7A/G61/G73/G20/G4E/GBA/G73/G2E/G20/G30/G30/G34/G20/G79/G20/G30/G30/G35/G2D/G39/G39/G2D/G4D/G44/G53/G52/G20/G72/G65/G6C/G61/G74/G69/G76/G6F/G73 /G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G74/G61/G73/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G45/G73/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G56/G65/G68/G69/G2D /G63/G75/G6C/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G70/G6C/G61/G79/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA MUNICIPAL Nº 117 Santa Rosa, 20 de octubre de 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ROSA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Santa Rosa, en Sesión Ordinaria Pública de la fecha, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta, ha aprobado por unanimidad, la siguiente:ORDENANZA Artículo 1º.- APLÍCASE para todo el año 2005, los montos del tributo establecido en la Ordenanza Municipal Nº 004-99-MDSR, de fecha 16 de enero de 1999 y modificada por la Ordenanza Nº 005-99-MDSR, de fecha 2 de febrero de 1999, que crea las tasas de Estacionamiento Vehicular (Parqueo),en las playas del distrito de Santa Rosa, así como todos los demás aspectos que estas ordenanzas contengan; habiendo sido publicada en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 13 defebrero de 1999, y ratificada, por Acuerdo de Concejo Metro- politano Nº 032-MML del año 1999, y por Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 010-MML del año 2000. El importe por las tasas de estacionamiento vehicu- lar en dichas ordenanzas son los siguientes: Estableciéndose por cada vehículo de transporte y cada media hora, en: Tipo de Unidad UIT % Tasa en S/. Automóviles 0.0313 1.00 Microbús 0.0625 2.00 Ómnibus 0.0938 3.00 Estableciéndose la tasa única de estacionamiento vehicular cuando se haga un uso del servicio mayor de cinco horas, por cada vehículo, de la siguiente manera: Tipo de Unidad UIT % Tasa en S/. Automóviles 0.3125 10.00 Microbús 0.6250 20.00 Ómnibus 0.9375 30.00 Artículo 2º.- ESTABLÉZCASE que en caso de in- cumplimiento del pago correspondiente por la presta-ción de servicio de parqueo vehicular, se procederá a aplicar como sanción el cobro de los intereses morato- rios, los mismos que conjuntamente con la tasa seránexigidos coactivamente; conforme lo establece las nor- mas tributarias. Artículo 3º.- RATIFÍCASE, lo dispuesto por el artícu- lo tercero de la Ordenanza Nº 057, respecto a la modifi- cación del artículo decimosegundo de la Ordenanza Nº 004-99-MDSR, sobre las inafectaciones, en la que seagrega el siguiente párrafo final: "También están inafectos, los residentes del distrito de Santa Rosa que hayan adquirido la calcomanía de promoción turística del año vigente". Artículo 4º.- REMÍTASE con los documentos perti- nentes, la presente Ordenanza Municipal, al Servicio de Administración Tributaria (SAT), a la Comisión de Econo-mía, Planificación y Presupuesto de la Municipalidad Metropolitana de Lima y al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la PropiedadIntelectual - INDECOPI, para su conocimiento y fines. Artículo 5º.- ENCÁRGASE, el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Dirección Municipal. Artículo 6º.- DÉJASE sin efecto alguno, toda dispo- sición que se oponga a lo dispuesto por la presente Ordenanza. Artículo 7º.- La presente Ordenanza entrará en vi- gencia a partir del día siguiente a la publicación del Acuer- do que la ratifique. Mando se registre, publique y cumpla. LUIS GARCÍA VILLACORTA Alcalde 19263 /G44/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E/G20/G61/G70/G6C/G69/G63/G61/G72/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G66/G69/G73/G2D /G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G35/G20/G6C/G6F/G73/G20/G6D/G69/G73/G6D/G6F/G73/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G72/G62/G69/G2D /G74/G72/G69/G6F/G73/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G69/G64/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G73/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G73 /G4E/GBA/G73/G2E/G20/G30/G39/G35/G20/G79/G20/G31/G31/G31 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 118 Santa Rosa, 20 de octubre de 2004