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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE OCTUBRE DEL AÑO 2004 (27/10/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 64

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G39/G31/G34/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 27 de octubre de 2004 Artículo 39º.- La Condecoración Medalla Cívica Regional tendrá las siguientes características: Metal : Bronce doradoForma : Circular, que prenderá de una cinta con los colores de Placa con Leyenda "MedallaCívica Regional" Medida : cinco (05) centímetros de diámetro Peso : cincuenta (50) gramos aproximadamente Anverso : Gráfico. Reverso : Leyenda: El Gobierno Regional de Huánuco. A: (Nombre de la Persona Natural o Jurídica) Fecha : (día, mes, año) La Medalla, es pectoral y pende de una cinta a mane- ra de collar de color rojo carmesí, de cuatro (04) centíme- tros de ancho. Artículo 40º.- La Medalla Cívica Regional deberá ser impuesta por el Presidente Regional; en caso deausencia por el Vicepresidente Regional, o en todo caso por un Consejero que lo represente, en ceremonia en uno de los ambientes del Gobierno Regional. Excepcionalmente podrá condecorarse con la Me- dalla Cívica Regional en un lugar distinto de la sede Regio- nal, lo que deberá ponerse en conocimiento del ConsejoRegional. Artículo 41º.- Las personas naturales y/o jurídicas honradas con la Condecoración "MEDALLA CÍVICAREGIONAL", harán una Promesa de Honor, a través de la siguiente formula: El Presidente del Gobierno Regional: ¿Prometéis por la Región, ostentar dignamente la Condecoración "MEDALLA CÍVICA REGIONAL QUE SE OS CONFIE-RE? El Condecorado: Si prometo.El Presidente del Gobierno Regional: Si así lo hicie- reis, la Región Huánuco os lo reconocerá, caso contra-rio os lo demandará. Artículo 42º.- Después de la promesa de honor el Presidente Regional impone al condecorado la "MEDA- LLA CÍVICA REGIONAL " y entrega la trascripción de la resolución del Consejo Regional correspondiente. Artículo 43º.- El otorgamiento de la Condecoración "MEDALLA CÍVICA REGIONAL" se registra en el Libro de Condecoraciones del Gobierno Regional de Huánu-co, en el que deben de firmar las Personas Naturales y los Representantes de las Personas Jurídicas condecoradas. DEL USO CORRECTO DE LA MEDALLA Artículo 44º.- Las personas condecoradas portarán la "MEDALLA DE HONOR DE LA REGIÓN HUÁNUCO" y "MEDALLA CÍVICA REGIONAL" en el desfile cívicodel 15 de agosto y a otros actos solemnes a los que sean invitados por el Presidente Regional y otras autoridades. Artículo 45º.- Las Personas condecoradas deberán dignificar la distinción, demostrando probidad en todos sus actos. DEL RETIRO DE LA CONDECORACIÓN Artículo 46º.- La petición de retiro de la Condecora- ción "MEDALLA DE HONOR DE LA REGIÓN HUÁNU-CO" y "MEDALLA CÍVICA REGIONAL" podrá efectuarlo el Presidente Regional, los Consejeros Regionales, la Sociedad Civil, las Instituciones representativas y la co-munidad en general, adjuntando a la petición las pruebas que acrediten las razones que contravengan al artículo 45º del presente y/o por tener sentencia condenatoriapor delito doloso.Artículo 47º.- El Consejo Regional tomando conoci- miento de la petición designará una Comisión Especial de Evaluación, dicha Comisión emitirá el Dictamen correspondiente. CAPÍTULO IV DISPOSICIONES COMUNES Primera.- Los miembros del Consejo Regional, que tengan relación de parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad con el propues- to para alguna de las Distinciones, Títulos o Condecora-ciones, deberán inhibirse de votar en el Acuerdo Regio- nal correspondiente. Artículo Segundo.- PUBLICAR la presente norma Regional conforme a lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley Nº 27867 - Orgánica de Gobiernos Regionales. En-trando en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. LUZMILA TEMPLO CONDESO Presidente 19274 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G61/G72/G74/GED/G63/G75/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA /G30/G31/G32/G2D/G32/G30/G30/G34/G2D/G43/G52/G2D/G47/G52/G48 ORDENANZA REGIONAL Nº 025-2004-GRH. Huánuco, 23 de setiembre del 2004 Que modifica el Artículo 6º de La Ordenanza Regio- nal número 012-2004-CR-GRH, Reconocimiento de La Gravedad Del Proceso de Violencia Política Vivido en laRegión en los últimos Veinte Años de Existencia de Gra- ves Secuelas aún no solucionadas, de Aprobación de Lineamientos de Intervención y de Conformación de laComisión Consultiva de Tratamiento a dicha Problemática VISTO, en Sesión Ordinaria de fecha 13 de setiem- bre del 2004, el Informe número 118-2004-GRH-GRDS de fecha 18 de agosto del año en curso, presentado por el Gerente Regional de Desarrollo Social del GobiernoRegional de Huánuco, por el cual solicita la ampliación de plazos previstos en el artículo seis de la ordenanza número 012-2004-GRH; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Regional número 012- 2004-CR-GRH de fecha 27 de mayo del 2004, en su artículo 1º reconoce como grave el proceso de violenciapolítica vivido en la Región Huánuco, que ha ocasionado daños incalculables en la infraestructura productiva y vial, han sumido en la pobreza a pueblos enteros y amiles de personas en calidad de víctimas o familiares de estos, han causado miles de muertos, desaparecidos, torturados, lo que han ocasionado graves secuelas enlos habitantes en los últimos veinte años; habiéndose constituido la Comisión Regional Multisectorial Consul- tiva y de Monitoreo del Tratamiento a las Secuelas de laViolencia Política, y dispuesto que dentro del plazo de treinta días la Comisión antes indicada proponga los li- neamientos de intervención del Gobierno Regional res-pecto al tema de iniciativas legislativas Regionales; asi- mismo sesenta días a fin de que elaboren un diagnostico regional sobre secuelas por violencia política; Que, el plazo establecido en el artículo 6º de la Orde- nanza número 012-2004 detallada en el primer conside- rando de la presente Ordenanza, se considera mínimo einsuficiente, en razón de que dada a la naturaleza de la problemática y a los fines de la Comisión conformada y detallada en el artículo 5º de la Ordenanza Nº 012-2004,que es la de analizar en forma minuciosa las secuelas de violencia política vividas en nuestra región siendo necesario recabar toda la documentación pertinente aefectos de elevar propuestas de solución contundentes