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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G39/G31/G34/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 27 de octubre de 2004 HUÁNUCO" las personas mencionadas en el artículo 3º del presente Reglamento. Artículo 24º.- La presentación de las propuestas se efectuará mediante petición escrita, ingresada al Gobier-no Regional a través de la Oficina de Trámite Documen- tario de la Sede Regional o cualquier oficina Sub Regio- nal. Artículo 25º.- La propuesta debe contener: a) Propuesta formal, explicando los motivos por los que se presenta la CANDIDATURA para merecer la Condecoración "MEDALLA DE HONOR DE LA REGIÓN HUÁNUCO". b) La hoja de vida del candidato. c) En el caso de personas jurídicas, la documenta- ción debe contener además de la Propuesta Formal, elHistorial, Aportes y Méritos, Institucionales que contri- buyeron al desarrollo de la sociedad. DE LA COMISIÓN ESPECIAL MEDALLA DE HONOR Artículo 26º.- El Consejo Regional de Huánuco, en la primera quincena del mes de enero de cada año, proce- derá a designar la Comisión Especial Medalla de Honorde la Región Huánuco, encargada de revisar las propues- tas para el otorgamiento de la Condecoración "MEDA- LLA DE HONOR DE LA REGIÓN HUÁNUCO" la mis- ma que estará integrada por: - La Comisión Permanente de Desarrollo Social. - El Gerente de Desarrollo Social. - El Director Regional de Educación y Cultura. - El Director Regional del INC.- 1 Representante de la Cámara de Comercio y Anexos y de Huánuco. - 1 Representante de la Mesa de Concertación. Artículo 27º.- La Comisión Especial Medalla de ho- nor de la Región Huánuco, en un solo acto en sesiónreservada procederá a: a) Verificar si anteriormente se otorgó la Condecora- ción "MEDALLA DE HONOR DE LA REGIÓN HUÁNU- CO" a las personas Naturales y/o jurídicas propuestas, de conformidad con el artículo 22º. b) Revisar y evaluar las propuestas. c) Suscribir el Dictamen proponiendo a las Personas Naturales y/o Jurídicas merecedoras de la Condeco-ración "MEDALLA DE HONOR DE LA REGIÓN HUÁ- NUCO", poniendo en conocimiento del Consejo Regional. Artículo 28º.- Los criterios que deberán considerar- se en la revisión de las propuestas son: a) Labor Cultural.- La actividad sobresaliente que constituya contribución significativa a la cultura en todas sus manifestaciones, así como al respeto, defensa odivulgación del Patrimonio Cultural de Huánuco y su en- torno Regional. b) Labor Científica, Tecnológica y de Desarrollo.- La contribución relevante en beneficio del desarrollo e la ciudad, el país o la humanidad. c) Labor Social.- Las actividades excepcionales desa- rrolladas en las funciones ejercidas así como filantrópi- cas, de Proyección Social y otras en beneficio de la ciudadanía, particularmente en bien de los más necesita-dos. d) Labor de Concordia.- Los logros significativos en la búsqueda de fraternidad de los huanuqueños, o en lalucha contra la injusticia, la ignorancia, la marginación y la pobreza. e) Labor Deportiva.- La actividad sobresaliente en disciplinas deportivas en el ámbito internacional y que constituyan ejemplo para la comunidad. f) Conducta Ética y Axiológica.- la Probidad de la per- sona propuesta relacionada a aspectos deontológico y valores éticos. Artículo 29º.- En el caso de las Personas Jurídicas, además deberá considerarse la función institucional, tra- yectoria y contribuciones a favor de la colectividad. Artículo 30º.- La Comisión Especial, al concluir la revisión de las propuestas, elevará al Consejo Regional el Dictamen proponiendo a las Personas Naturales y/oJurídicas merecedoras de la Condecoración "MEDA- LLA DE HONOR DE LA REGIÓN HUÁNUCO". Artículo 31º.- El acuerdo Regional para el otorga- miento de la Condecoración "MEDALLA DE HONOR DE LA REGIÓN HUÁNUCO" tiene carácter irrevisable. Debe ser comunicado al interesado o su representante al día siguiente de haber sido otorgado. Artículo 32º.- El Gobierno Regional de Huánuco, otorgara anualmente hasta un máximo de tres (03) Condecoraciones "MEDALLAS DE HONOR DE LA RE-GIÓN HUÁNUCO". Artículo 33º.- DE LAS CARACTERÍSTICAS DE LA MEDALLA Metal : Bronce dorado Forma : CircularMedida : Seis (06) centímetros de diámetro Peso : Setenta (70) gramos Anverso: Leyenda: Gobierno Regional de Huánuco (en la parte superior) Medallade Honor de la Región Huánuco Ciudad (en la parte inferior). Gráfico: Mapa de provincia de Huánuco en la parte central de cinco y medio (5.5) centímetros) Reverso : Leyenda: Región Huánuco El Mejor Clima del Mundo A:(Nombre de la persona natural o jurídica) Fecha : La Medalla, es pectoral y pende de una cinta a mane- ra de color Oro Viejo, de cuatro (04) centímetros deancho. DE LA PROMESA DE HONOR Artículo 34º.- Las Persona Naturales y los Represen- tantes de las Personas Jurídicas honradas con lasCondecoraciones "MEDALLA DE HONOR DE LA RE- GIÓN HUÁNUCO", harán una Promesa de Honor, a tra- vés de la siguiente formula: El Presidente Regional: ¿Prometéis por la Región Huánuco, ostentar dignamente la Condecoración "ME-DALLA DE HONOR DE LA REGIÓN HUÁNUCO"? El Condecorado: Si prometoEl Presidente Regional: Si así lo hiciereis, la Región Huánuco, os lo condenara, caso contrario os lo demanda-rá. Artículo 35º.- Después de la promesa de honor el Presidente Regional impone al condecorado la "MEDA- LLA DE HONOR DE LA REGIÓN" y entrega la trascrip- ción de la Resolución de Consejo Regional correspon-diente. Artículo 36º.- El otorgamiento de la Condecoración "MEDALLA DE HONOR DE LA REGIÓN HUÁNUCO" yde la "MEDALLA CÍVICA", se registra en el libro de con- decoraciones del Gobierno Regional de Huánuco, en el que deben de firmar las Personas Naturales y los Re-presentantes de las Personas Jurídicas Condecoradas. SUBCAPÍTULO II DE LA MEDALLA CÍVICA REGIONAL Artículo 37º.- La Condecoración " MEDALLA CÍVI- CA REGIONAL" es aquella que otorga el Gobierno Regional de Huánuco, al ciudadano, institución nacio- nal o extranjera, en reconocimiento al servicio desa-rrollado a favor de la comunidad de la Región Huánu- co. Artículo 38º.- La Condecoración Medalla Cívica Regional, es otorgado por el Titular del Pliego; corres- ponde al Presidente Regional su aprobación mediante Resolución Ejecutiva Regional. El Presidente Regional deberá dar cuenta de la condecoración impuesta en la Sesión Ordinaria inmediata, para conocimiento del Consejo Regional.