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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G39/G31/G35/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 27 de octubre de 2004 - Licencia de Obra: Es la autorización que otorga la Municipalidad de Santiago de Surco, dentro del ámbito de su jurisdicción, para iniciar cualquier tipo de obra de edificación, con la cual en forma obligatoria deben contarlos propietarios de predios. - Tipos de Obra de Edificación: Edificación nueva, remodelación, ampliación, modificación, reparación, re-facción, acondicionamiento, puesta en valor, cercado y demolición. - Área de Estructuración Urbana I: Zona conforma- da por viviendas de densidad media, de bajo costo, den- tro de esta Zona se encuentra la Base FAP Las Palmas, la futura Vía Expresa del Paseo de la República, Av. LosPróceres, Av. Santiago de Surco hasta el Intercambio Vial de Atocongo y la Carretera Panamericana Sur, has- ta los límites del distrito en sus colindancias con losdistritos de San Juan de Miraflores y Chorrillos. - Área de Estructuración Urbana II: Zona con multi- plicidad de usos de suelo, básicamente viviendas debajo costo, industria elemental, comercio, dentro de esta Zona se encuentra al área que limita con los distritos de Chorrillos y Barranco, la futura Vía Expresa del Paseode la República y el terreno de la Base FAP Las Palmas. - Habilitación Urbana: Comprende la delimitación de lotes individuales, de lotes para servicios comunales,de áreas verdes y el diseño de vías y servicios públicos complementarios. Debe aprobarse conforme a los Pla- nes de Desarrollo Provincial, Plan de AcondicionamientoTerritorial y Plan Urbano del distrito de Santiago de Sur- co. - Planes Urbanos: Instrumento técnico normativo para la previsión y promoción de las acciones de acondi- cionamiento dentro del distrito de Santiago de Surco, orientado especialmente a los aspectos de vialidad,transporte, saneamiento ambiental e infraestructura de servicios básicos, normas de zonificación, usos de sue- lo, equipamientos de educación, salud, seguridad,recreación, renovación y habilitaciones urbanas. CAPÍTULO II REQUISITOS - PROCEDIMIENTO Artículo 5º.- REQUISITOS Para los procedimientos comprendidos en la presen- te Ordenanza se deberá cumplir con la presentación de los requisitos siguientes: a. Formulario Único Oficial "FUO" completo, por tripli- cado, debidamente llenado y firmado por el propietario y/o posesionario y el profesional responsable de la obra. b. Documento de propiedad, constancia de adjudicación, constancia de posesión o cualquier documento que acreditesu derecho de propiedad sobre el inmueble materia de trámi- te. La constancia de posesión otorgada por la municipalidad no deberá tener una antigüedad mayor de un mes. c. En caso de copropiedad, la solicitud y los planos de arquitectura deberán estar firmados por los copropietarios. d. En caso de unidades inmobiliarias de propiedad exclusiva y propiedad común, debe constar la autoriza- ción de la Junta de Propietarios y e caso de no existirésta la autorización de los 2/3 de los propietarios. e. Comprobante de pago de Derecho de Trámite y Derecho de Revisión. Los pagos serán: - Por Derecho de Trámite S/.70.00 Nuevos Soles - Por Derecho de Revisión 0.05 % del valor de obra (*) (*) Pago mínimo S/.32.00 Nuevos Soles Para el caso de regularizaciones, el valor de obra será el declarado en el autoavalúo. Para Obras Nuevas, se deberá presentar el presupuesto de obra formulado en base a las tablas de valores unitarios vigente. f. Plano de Ubicación en formato A-4 según lo indica- do en el TUPA vigente. En caso de Obra Nueva: g. Planos de arquitectura firmados por Arquitecto colegiado, en formato máximo A-3, escala recomenda- da 1/100.h. Carta del ingeniero responsable de la obra, por la que se hace responsable de la ejecución de la obra den- tro de las normas reglamentarias y de la buena práctica constructiva, de acuerdo a modelo proporcionado por laMunicipalidad. En casos de Regularización:i. Planos de arquitectura firmados por Arquitecto o Ingeniero Civil colegiado, en formato máximo A-3, esca-la recomendada 1/100. j. Carta de Responsabilidad de Obra, respecto a las estructuras de la edificación, firmado por Ingeniero Civilcolegiado, de acuerdo a modelo proporcionado por la Municipalidad. Artículo 6º.- PROCEDIMIENTO El procedimiento a seguir es el siguiente: a. La presentación de los expedientes se hará en la Municipalidad, Módulo de Orientación al Vecino ubicado en el Pasaje Sáenz Peña s/n, Cercado de Santiago deSurco o en las Agencias Municipales: Agencia Nº 1, ubi- cada en la Av. San Martín, manzana 22, Lote 5, Buenos Aires de Villa; Agencia Nº 2, ubicada en la Av. Perú, man-zana 25, Lote 11, 3 de Octubre y; en la Agencia Nº 3, ubicada en la Av. Guardia Civil Sur, manzana F, Lote 5, urbanización Villa Alegre, quienes actuarán como Ofici-nas de Orientación al Vecino y Mesas de Partes Periféri- cas. b. Para la calificación de Proyectos nuevos o Regularizaciones la Comisión Técnica Calificadora de Proyectos aplicará el Decreto Supremo Nº 030-2002- MTC publicado en el Diario Oficial El Peruano el30.JUN.2002, con una tolerancia del 25%. c. Se emitirá la Resolución de Licencia de Obra y Numeración respectivamente a los proyectos que cuen-ten con Dictamen "Aprobado" o "Aprobado con Observa- ciones" de la Comisión Técnica Calificadora de Proyec- tos en la especialidad de Arquitectura. d. Las Licencias emitidas se entregarán a los adminis- trados en la misma oficina donde entregaron el expe- diente, dentro del plazo de 20 días hábiles posteriores asu presentación. En el caso que el dictamen de arquitec- tura fuera "Desaprobado" el administrado recabará en el mismo lugar, las observaciones para su subsanacióndentro de los 15 días hábiles posteriores de la fecha de recepción de la notificación, no se extenderán notificacio- nes a domicilio. Artículo 7º.- ÓRGANO A CARGO DEL PROCEDI- MIENTO La Subgerencia de Autorización y Control de Obras de la Gerencia de Desarrollo Urbano, será la que en uso de sus funciones asignadas, se avocará al procedimientoregulado en el artículo precedente. Artículo 8º.- EN ÁREAS CONSOLIDADAS QUE NO CUENTAN CON HABILITACIÓN URBANA En áreas consolidadas como urbanas que no cuen- tan con Habilitación Urbana se otorga un plazo de 90días calendario para que las organizaciones vecinales presenten la documentación técnica requerida ante la municipalidad para la regularización de la habilitaciónurbana del área que ocupan. La Gerencia de Desarrollo Urbano queda encargada de elaborar la documentación técnica y aprobar de oficiola Habilitación Urbana del área consolidada como urba- na en el Cercado del Distrito y de las zonas denomi- nadas Parque Alto y Parque Bajo cuyo trámite de sanea-miento físico legal no se encuentre a cargo de COFO- PRI; asimismo, de apoyar técnica y administrativamente a las asociaciones de vivienda, cooperativas de vivien-da y asentamientos humanos que no cuenten a la fecha con la habilitación urbana del área que ocupan, con el fin de lograr la regularización de la misma en el plazo indica-do. Suspéndase por el plazo indicado en el presente ar- tículo toda sanción impuesta por infracciones relacio-nadas con las edificaciones, a que se refiere el artículo 3º de la presente Ordenanza, ejecutadas en dichas áreas, hasta el 30.SET.2004. Transcurrido dicho plazo,se procederá a la regularización de las edificaciones en base a la habilitación urbana que se apruebe y en el marco de las normas de la presente ordenanza.