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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (02/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 5

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G35/G35/G38/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 2 de setiembre de 2004 nario Internacional de Integración Energética Gas y Elec- tricidad, en calidad de expositor del tema "Manejo TarifarioInterno Frente a los Procesos de Integración Eléctrica Re- gional", a llevarse a cabo en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 5 al 7 de setiembre de2004; Que, resulta de interés institucional para el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía - OSINERG, la par-ticipación del Presidente de su Consejo Directivo en el mencionado evento; Que, los gastos correspondientes a pasajes, viáticos y tarifa única por uso de aeropuerto serán asumidos por la Comisión de Integración Energética Regional - CIER, y el Comité Colombiano de la CIER - COCIER; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, su Reglamento apro-bado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, la Directiva Nº 004-2004-EF/76.01, Directiva para el Proceso Presupuestario de las Entidades de Tratamiento Empresa-rial para el Año Fiscal 2004, aprobada mediante Resolu- ción Directoral Nº 047-2003-EF/76.01; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero Alfredo Dammert Lira, Presidente del Consejo Directivo del Orga- nismo Supervisor de la Inversión en Energía - OSINERG, a la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colom-bia, del 4 al 8 de setiembre de 2004, para los fines expues- tos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- El cumplimiento de la presente resolución no ocasionará gasto alguno al Estado. Artículo 3º.- Dentro de los (15) días calendario siguien- tes de efectuado el viaje, el referido funcionario deberá pre-sentar ante su institución un informe detallado describien- do las acciones realizadas y los resultados obtenidos du- rante su viaje. Artículo 4º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 15780 AGRICULTURA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G41/G64/G65/G6E/G64/G61/G20/G61/G20/G43/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F/G20/G73/G75/G73/G63/G72/G69/G74/G6F /G65/G6E/G74/G72/G65/G20/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G79/G20/G65/G6C/G20/G50/G4E/G55/G44/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G50/G45/G52/G2F/G30/G31/G2F/G30/G30/G33/G20/G22/G41/G70/G6F/G79/G6F/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G47/G65/G73/G2D/G74/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G67/G72/G69/G63/G75/G6C/G74/G75/G72/G61/G22 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 040-2004-AG Lima, 31 de agosto de 2004 VISTO: El Oficio Nº 2348-2004-AG-OGPA/OPRE de la Oficina General de Planificación Agraria del Ministerio de Agricul- tura; CONSIDERANDO: Que, con fecha 22 de enero del 2001 se suscribió un Convenio entre el Ministerio de Agricultura y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo -PNUD; Que, mediante Resolución Suprema Nº 007-2002-AG y Resolución Suprema Nº 004-2003-AG se aprobaron lasAdendas que, entre otros amplió la vigencia del Convenio para el Ejercicio Presupuestal 2002 y 2003 respecti- vamente; Que, mediante Resolución Suprema Nº 023/2003-AG se aprobó la Adenda que modifica y amplía los numerales 1.4 y 7.1 del citado Convenio;Que, a fin de continuar con la Asistencia Técnica del PNUD al Ministerio de Agricultura, en cuanto aAsesoramiento y Consultoría, así como en lo referente a las adquisiciones de bienes y/o servicios para el Ejer- cicio Presupuestal 2004, es necesario modificar los al-cances de dicho Convenio en lo referente al monto de los recursos provenientes de las Actividades y Proyec- tos del Ministerio de Agricultura; Que, en consecuencia a fin de modificar el numeral 1.4 del Convenio antes mencionado, resulta necesario aprobar la Adenda a ser suscrita entre ambas partes; Que, en aplicación de los dispuesto en el Artículo 18º de la Ley Nº 28128 "Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2004", los Convenios de Ad-ministración de Recursos, Costos Compartidos u otras modalidades similares, que las entidades del Gobierno Nacional suscriban con organismos o instituciones in-ternacionales para encargarles la administración de sus recursos, deben aprobarse por Resolución Suprema re- frendada por el Ministro del Sector correspondiente; Que, contando con la opinión favorable de la Oficina General de Planificación Agraria del Ministerio de Agri- cultura, en lo que se refiere a la disponibilidad de re-cursos para su financiamiento y las ventajas que ofre- ce al Ministerio de Agricultura la ampliación del Conve- nio; De conformidad con los Numerales 17) y 24) del Ar- tículo 118º de la Constitución Política del Perú, Ley Nº 28128 "Ley de Presupuesto del Sector Público para elAño Fiscal 2004", Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura y el Artículo 8º de su Re- glamento de Organización y Funciones, aprobado porDecreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE:Artículo 1º.- APROBAR la Adenda al Convenio entre el Ministerio de Agricultura y el Programa de las NacionesUnidas para el Desarrollo - PNUD para el Proyecto PER/ 01/003 "Apoyo a la Gestión del Ministerio de Agricultura", el mismo que consta de los apartados ANTECEDENTESY OBJETO. Artículo 2º.- Los recursos disponibles en el Proyecto al 31 de diciembre del 2004, serán priorizados en las lí-neas presupuestarias necesarias para el normal funciona- miento de las acciones establecidas en el presente Año Fiscal. Artículo 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 15955 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G45/G6A/G65/G63/G75/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G49/G45/G41 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 041-2004-AG Lima, 1 de setiembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 005-2004-AG, de fecha 30 de enero de 2004, se designó al Ing. Alfonso Pablo Huerta Fernández en el cargo de Director Ejecutivodel Instituto Nacional de Investigación y Extensión Agraria - INIEA; Que, el indicado funcionario ha presentado su renuncia al cargo, por lo que resulta necesario dictar el acto de ad- ministración que acepte su renuncia; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25902 y Ley Nº 27594;