Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2004 (02/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, jueves 2 de setiembre de 2004

NORMAS LEGALES

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VISTO: El Expediente Nº 14131304, sobre otorgamiento de concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica, presentada por Compania Transmisora MORDAZA S.A., persona juridica inscrita en la Partida Nº 11018314 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; CONSIDERANDO: Que, la solicitud de concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica comprende la Linea de Transmision de 138 kV SE Motil - SE Alto Chicama, ubicada en los distritos de Agallpampa y Quiruvilca, provincias de Otuzco y MORDAZA de MORDAZA, respectivamente, del departamento de La MORDAZA, cuyas coordenadas UTM figuran en el Expediente; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 014-2004-MEM/ AAE, de fecha 29 de MORDAZA de 2004, modificada por la Resolucion Directoral Nº 078-2004-EM/AAE, de fecha 1 de MORDAZA de 2004, se aprobo el Estudio de Impacto Ambiental de la Linea de Transmision de 138 kV SE Motil - SE Alto Chicama; Que, la peticion se halla amparada en las disposiciones contenidas en el articulo 25º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y en los articulos pertinentes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentacion; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 127-2004-DGE-CEL; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a Compania Transmisora MORDAZA S.A., concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica en la Linea de Transmision de 138 kV SE Motil - SE Alto Chicama, ubicada en los distritos de Agallpampa y Quiruvilca, provincias de Otuzco y MORDAZA de MORDAZA, respectivamente, del departamento de La MORDAZA, en los terminos y condiciones de la presente Resolucion y los que se detallan en el Contrato de Concesion que se aprueba en el articulo 3º de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los bienes indispensables para operar la concesion son los siguientes:
Salida /Llegada de la linea de transmision Tension (kV) Nº de ternas Longitud (km) Ancho de Faja de servidumbre que corresponde (m) 20

Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 15957

Aprueban transferencia de autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Termica COPETSA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 314-2004-MEM/DM MORDAZA, 23 de agosto de 2004 VISTA: La solicitud de cambio de titularidad de autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Termica COPETSA, presentada por Tecnologica de Alimentos S.A., persona juridica inscrita en la Partida Nº 00722618 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 085-96-EM/ VME publicada el 19 de febrero de 1996, se otorgo a favor de Compania de Pesca MORDAZA S.A., autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Termica COPETSA, ubicada en el distrito de Supe, provincia de Barranca, departamento de MORDAZA, con una capacidad instalada de 2,78 MW, tal como figura en el Expediente Nº 33063096; Que, mediante el documento presentado el 31 de marzo de 2004, ingresado bajo el Registro Nº 1460338, Tecnologica de Alimentos S.A. solicito se le tenga como MORDAZA titular de la autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Termica COPETSA a que se refiere el considerando que antecede; Que, en razon del Acta de Transferencia de Titularidad de Autorizacion, obrante en el expediente, de fecha 14 de MORDAZA de 2004, suscrita entre Envasadora Chimbote Export S.A. En Liquidacion (antes denominada Compania de Pesca MORDAZA S.A., cuyo cambio de denominacion social consta en la Escritura Publica de fecha 12 de noviembre de 1997) y Tecnologica de Alimentos S.A., la primera transfiere a favor de la MORDAZA la titularidad de la autorizacion de la Central Termica COPETSA; Que, asimismo, mediante el documento mencionado en el MORDAZA considerando de la presente Resolucion, Tecnologica de Alimentos S.A. solicito el cambio de denominacion de la Central Termica COPETSA por Central Termica TASA-SUPE; Que, la solicitante adjunto la Declaracion Jurada de cumplimiento de las normas tecnicas, conservacion del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, la solicitud cumple con los requisitos establecidos en el item AE02 del Anexo Nº 01 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 0252002-EM, y cuenta con la opinion a que se refiere el Informe Nº 094-2004-DGE-CEL, siendo procedente aprobar la transferencia solicitada, tener como titular de la autorizacion a que se refiere la presente Resolucion a Tecnologica de Alimentos S.A., y tener presente el cambio de denominacion de la referida Central Termica; Estando a lo dispuesto en el articulo 67º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia;

SE MOTIL - SE ALTO CHICAMA

138

01

31,76

Articulo 3º.- Aprobar el Contrato de Concesion Nº 2282004 a suscribirse con Compania Transmisora MORDAZA S.A., el que consta de 18 clausulas y 4 anexos. Articulo 4º.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, a nombre del Estado, el Contrato de Concesion aprobado en el articulo que antecede y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 5º.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera incorporarse en la Escritura Publica a que de origen el Contrato de Concesion Nº 228-2004, referido en el articulo 3º de esta Resolucion, en cumplimiento del articulo 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera notificada al concesionario dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion, y debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, conforme al articulo 54º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas.

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