NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (15/09/2004)
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Pág. 276464 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 15 de setiembre de 2004 d)La infracción tipificada en el inciso 4) será sancio- nada con multa de importe equivalente a 1 UIT. Sanción accesoria: Retiro del elemento de seguridad. e)La infracción tipificada en el inciso 5) será sancio- nada con multa de importe equivalente a 1 UIT. Sanción accesoria: Retiro del elemento de seguridad. f)La infracción tipificada en el inciso 6) será sancio- nada con multa de importe equivalente al 50% de 1 UIT. g)La infracción tipificada en el inciso 7) será sancio- nada con multa de importe equivalente al 50% de 1 UIT. h)La infracción tipificada en el inciso 8) será sancio- nada con multa de importe equivalente a 1 UIT. Sanción accesoria: retiro del elemento de seguridad. i)La infracción tipificada en el inciso 9) será sancio- nada con multa de importe equivalente a 1 UIT. Sanción accesoria: retiro del elemento de seguridad. j)La infracción tipificada en el inciso 10) será sancio- nada con multa de importe equivalente a 3 UIT. Sanción accesoria: retiro del elemento de seguridad. En caso de reincidencia, el infractor se hará acreedor al doble de la sanción administrativa impuesta. La UIT que se aplicará en todos los casos, será la vi- gente a la fecha de la notificación de la infracción. Artículo 22º.- INFRACCIONES A INCLUIRSE EN LA NOMENCLATURA DE INFRACCIONES Incorpórese las siguientes infracciones en la Nomen- clatura de Infracciones Municipales aprobada por la Pri- mera Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 027-2001-MDSM, de fecha 28 de noviembre del 2001, en el Rubro de Obras Privadas (800) con el tenor siguiente: Código Descripción de la Infracción % UIT Sanción Accesoria 830 Por no tener autorización de la Autoridad Municipal. 100% Retiro 831 Por incumplimiento de diseño. 50% 832 Por no contar el elemento de seguridad con Encargado. 100% Retiro 833 Por no permitir el acceso a través de los elementos de seguridad. 100% Retiro 834 Por obstruir el tránsito peatonal y/o vehicular en la vía pública, durante el día o la noche con la colocación de candados, cadenas u otro tipo de impedimentos físicos. 100% Retiro 835 Por no empadronar al Encargado en la Gerencia de Seguridad Ciudadana. 50% 836 Por no guardar el Encargado buen trato en el ejercicio de sus actividades 50% 837 Por no dejar una hoja abierta del elemento de seguridad en ausencia temporal del Encargado. 100% Retiro 838 Por impedir la libre circulación peatonal y/o vehicular en horario de 23:00 a 05:00 horas. 100% Retiro 839 Por obstruir o impedir el acceso al área protegida al personal de Instituciones Públicas. 300% Retiro DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Corresponde a la Gerencia de Policía Muni- cipal y Control de la Ciudad, Gerencia de Seguridad Ciu- dadana y Gerencia de Desarrollo Urbano, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Segunda.- Deróguese la Ordenanza Nº 14-2002, de fecha 25 de julio del 2002 y toda norma que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Tercera.- Facúltese al Alcalde para que mediante De- creto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Cuarta.- Otórguese el plazo de 30 días calendario, a fin de que todas las personas naturales o jurídicas que, hubieran instalado elementos de seguridad en la vía públi- ca, se adecuen a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase. SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 16704PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA BANDA DE SHILCAYO Aprueban Plan Anual de Contratacio- nes y Adquisiciones de la municipali- dad para el ejercicio 2004 (Se pu blica la presente Resolución a solicitud de la Municipalidad Distrital de la Banda de Shilcayo, mediante Carta Nº 0254-04-MDBSH, recibida el 14 de setiembre de 2004) RESOLUCIÓN MUNICIPAL Nº 001-04-MDBSH La Banda de Shilcayo, 12 de enero del 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA BANDA DE SHILCAYO VISTO: El Informe Nº 001-2004-MDBSH/DA de la Dirección de Administración, por el cual remite el Plan Anual de Contra- taciones y Adquisiciones de la Municipalidad Distrital de la Banda de Shilcayo para el ejercicio presupuestal 2004, para su aprobación correspondiente; CONSIDERANDO: Que, el Art. 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones Nº 26850 aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM establece que cada Entidad ela- borará un Plan Anual de Adquisiciones y Contratacio- nes. Dicho plan debe prever los bienes, servicios y obras que se requerirán durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido. El Plan Anual de Ad- quisiciones y Contrataciones será aprobado por el Titu- lar del Pliego o la máxima autoridad administrativa de la Entidad; Que, estando al mérito de lo expuesto y de conformi- dad con lo dispuesto en el Art. 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Plan Anual de Con- trataciones y Adquisiciones de la Municipalidad Distrital de la Banda de Shilcayo, para el ejercicio presupuestal del año 2004. Artículo Segundo.- DISPONER que la Dirección de Administración supervise la aprobación, publicación en el Diario Oficial El Peruano así como la difusión y ejecución del Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones. Artículo Tercero.- DISPONER que el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones sea remitido al CONSU- CODE y a PROMPYME, en el término que establece la ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. HILDER NAVARRO MEGO Alcalde Distrital 16665 Modifican el Plan Anual de Adquisicio- nes de la municipalidad para el ejerci- cio 2004 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 053-04-A-MDBSH. La Banda de Shilcayo, 23 de agosto del 2004