Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2004 (15/09/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 15 de setiembre de 2004

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA VISTO: El expediente Nº 0354-2004 de fecha 04/02/2004, seguido por el Sr. MORDAZA MORDAZA Saco Vertiz Danino y MORDAZA MORDAZA Saco Vertiz Danino, con el que solicitan la Independizacion de los predios rusticos de 16,144.3201 m2 y 15,855.6799 m2, ubicado en la parcela Nº 6, del Sector las Golondrinas - MORDAZA Tambo MORDAZA, del distrito de MORDAZA, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Articulo 87º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, son funciones de las Municipalidades Distritales, velar por el uso de la propiedad en MORDAZA con el bien comun. Y segun el Articulo 89º, todo proyecto de urbanizacion, transferencia o cesion de uso, para cualquier fin, de terrenos MORDAZA o suburbanos, se sometera necesariamente a la aprobacion Municipal; Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, por Decreto de Alcaldia Nº 092 de fecha 15 de diciembre de 1992, delega a las Municipalidades Distritales, las funciones relativas a la tramitacion y aprobacion de las Subdivisiones sin cambio de Uso, en su jurisdiccion; Que en la partida electronica Nº 11483722 de la SUNARP, se encuentra inscrita la Independizacion del predio MORDAZA, signado con la U.C.12346, la misma que tiene como area 16,144.,3201 m2. Asi tambien, figura inscrita en la partida electronica Nº 45030709 el remanente signado como U.C. Nº 11551, con area de 15,855.6799 m2, a nombres de los senores: MORDAZA MORDAZA Saco Vertiz Danino y esposa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ferro; y MORDAZA MORDAZA Saco Vertiz Danino y esposa Tomasina Corda Durso; Que, el recurrente ha cumplido con presentar la documentacion requerida para el tramite correspondiente, y ha abonado los derechos administrativos senalados en el MORDAZA y el Reglamento Nacional de Construcciones; Estando con los Informes Nºs. 089-2004-MDP-DDURMA/OTF de fecha 19/02/2004 y 07-2004-GDURMA de fecha 23/06/2004, emitidos por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Rural y de Medio Ambiente, indicando que es procedente el tramite Administrativo solicitado; De conformidad con lo previsto en el Titulo II del Reglamento Nacional de Construcciones y la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR, la Independizacion de los predios rusticos de 16,144.3201 m 2 y 15,855.9799 m 2, ubicados en la parcela Nº 6, del Sector las Golondrinas MORDAZA Tambo MORDAZA, del distrito de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, de la siguiente manera: PREDIO INDEPENDIZADO.- Signado como U.C. 12346, con area de 16,144.3201 m2 y un perimetro de 520.55 ml. De propiedad del Sr. MORDAZA MORDAZA Saco Vertiz Danino y esposa Tomasina Corda Durso, cuyos linderos y medidas perimetricas son: Por el Frente : Colinda con la U.C. 11554, con 163.00 ml. Por la Derecha : Colinda con la U.C. 12179, con 114.50 ml. Por la Izquierda : Colinda con la U.C. 11552, con 110.40 ml. Por el Fondo : Colinda con el area remanente parte de la U.C. 11551, con 132.65 ml. PREDIO REMANENTE.- Signado como U.C. 11551, con area de 15,855.6799 m2 y un perimetro de 511.65 ml. De propiedad del Sr. MORDAZA Edliberto Saco Vertiz Danino y esposa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ferro, cuyos linderos y medidas perimetricas son: : Colinda con la U.C. 11550, con 150.50 ml. Por la Derecha : Colinda con la U.C. 11548, con 93.00 ml. Por la Izquierda : Colinda con la U.C. 12346, con 132.65 ml. Por el Fondo : Colinda con la U.C. 11552, con 135.50 ml. Por el Frente

Las caracteristicas de los predios figuran en el plano y la memoria Descriptiva, que forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- AUTORIZAR, la inscripcion ante la Oficina de la SUNARP. Asi mismo, la presente Resolucion solo aprueba la Independizacion de las parcelas indicadas, no convalida la falta de la licencia de construccion, ni regulariza la construccion existente. Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano a cargo de los interesados, debiendo efectuarse en un plazo MORDAZA de 30 dias calendario, contados a partir de la fecha de notificacion de la presente. Articulo Cuarto.- TRANSCRIBASE la presente a las Oficinas de la SUNARP, para efectos de la inscripcion correspondiente. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE POBLET Alcaldesa 16556

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Prorrogan beneficio de la Ordenanza Nº 140-MPL
ORDENANZA Nº 149-MPL Pueblo Libre, 13 de septiembre del 2004 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 009-2004-MPL/CPL-CPDU de la Comision Permanente de Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades son organos de gobierno local, con autonomia politica, administrativa y economica en los asuntos de su competencia; Que, con fecha 28 de febrero del 2004, se publico en el Diario Oficial El Peruano la Ordenanza Nº 136-MPL, que entre otros aspectos, aprueba y declara de interes prioritario, la actualizacion catastral en el distrito de Pueblo Libre; Que, el articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 136-MPL senala que los contribuyentes que brinden las facilidades para la realizacion de la fiscalizacion de sus predios y culminen el procedimiento con su firma, estaran exceptuados de las multas tributarias y administrativas que les correspondieran de ser el caso; no obstante a ello, es necesario promover la accion voluntaria de los vecinos de Pueblo Libre, con la finalidad que regularicen las construcciones que hayan realizado sin contar con licencia de obra, incluidas las licencias de construccion, ampliaciones, modificaciones, remodelaciones y/o demoliciones; Que, mediante Ordenanza Nº 140-MPL, publicada el 16 de junio del presente ano, se concedio beneficio administrativo y tributario adicional, con ocasion del programa de actualizacion catastral, estableciendose el plazo de sesenta (60) dias para acogerse a los beneficios concedidos; Que, frente a la expectativa generada por la Ordenanza Nº 140-MPL y estando cerca su fecha de vencimiento, resulta necesario prorrogar su vigencia, con la finalidad de brindar a los vecinos del distrito, MORDAZA plazo para acogerse a los beneficios contenidos en la citada ordenanza; Que, el numeral 3.6.2. del articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece entre las funciones especificas exclusivas de las Municipalidades Distritales, la de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licen-

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