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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (29/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 4

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G37/G32/G34/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 29 de setiembre de 2004 o de derechos aduaneros de ninguna clase o denomina- ción. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 17491 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G61/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G63/G75/G6C/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E /G61/G67/G72/G61/G76/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G4F/G4E/G41/G4D RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 283-2004-PCM Lima, 24 de setiembre de 2004 Vistos, el Oficio Nº 697-2004-PCM/PRO.-500 del Pro- curador Adjunto a cargo de los asuntos judiciales de la Pre- sidencia del Consejo de Ministros y el Oficio Nº 2094-2004-CONAM/SE del Secretario Ejecutivo (e) del Consejo Na- cional del Ambiente - CONAM; CONSIDERANDO: Que, el artículo 1º de la Ley Nº 26410, Ley del Consejo Nacional del Ambiente, establece que el Consejo Nacional del Ambiente - CONAM, es un organismo público descen- tralizado adscrito a la Presidencia del Consejo de Minis-tros; Que, el artículo 3º de la Resolución Nº 119-2004-CO- NAM/PCD del Presidente del Consejo Directivo del Con-sejo Nacional del Ambiente - CONAM, se pronuncia por el inicio de las acciones legales correspondientes con- tra la señorita Mónica Patricia Quevedo Vargas, - ex Asis-tente de la Secretaría Ejecutiva Regional Cusco - Puno - Apurímac del CONAM, como consecuencia de la pre- sunta comisión del delito de peculado en agravio delCONAM; Que, en tal sentido y de acuerdo a los fundamentos de la Resolución Nº 119-2004-CONAM/PCD, que constituyenparte integrante de la motivación de la presente Resolu- ción y los Oficios Nº 697-2004-PCM/PRO.-500 del Procu- rador Adjunto a cargo de los asuntos judiciales de la Presi-dencia del Consejo de Ministros y Nº 2094-2004-CONAM/ SE del Secretario Ejecutivo (e) del Consejo Nacional del Ambiente - CONAM, resulta pertinente en resguardo delinterés público autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para que interponga las acciones judiciales co-rrespondientes; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial delEstado, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el Decre- to Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, modificado por la Ley Nº 27779, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimien-to Administrativo General y el Reglamento de Organiza- ción y Funciones de la Presidencia del Consejo de Minis- tros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a car- go de los asuntos judiciales de la Presidencia del Con- sejo de Ministros para que, en representación y defen-sa de los intereses del Estado, inicie e impulse las ac- ciones judiciales correspondientes contra la señorita Mónica Patricia Quevedo Vargas, de conformidad conlo dispuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidenciadel Consejo de Ministros, para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 17400 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G63/G6F/G62/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G75/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G6E/G65/G2D/G72/G6F/G20/G61/G64/G65/G75/G64/G61/G64/G61/G20/G61/G6C/G20/G49/G52/G54/G50 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 286-2004-PCM Lima, 27 de setiembre de 2004 Visto, el Oficio Nº 582-2004-GG/IRTP de la Gerente General (e) del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP; CONSIDERANDO: Que, el Informe Legal Nº 041-2004-OGAL/IRTP del Di- rector General de Asesoría Legal de Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, se pronuncia por el ini-cio de las acciones judiciales a que hubiera lugar debido al incumplimiento de cancelación de las Facturas Nºs. 001- 2835 y 2841, por el monto total de US$ 8 590,40, por con-cepto de transmisión de publicidad; Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2003-PCM se adscribió al Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú- IRTP al Sector de la Presidencia del Consejo de Minis- tros como un organismo público descentralizado; Que, en tal sentido y de acuerdo a lo indicado por el Informe precitado, que constituye parte integrante de la motivación de la presente Resolución y el Oficio de visto, resulta pertinente en resguardo del interés público autori-zar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para que inter- ponga las acciones judiciales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial del Estado, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el Decre-to Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, modificado por la Ley Nº 27779, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimien- to Administrativo General y el Reglamento de Organiza-ción y Funciones de la Presidencia del Consejo de Minis- tros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 067-2003- PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo deMinistros para que, en representación y defensa de los in- tereses del Estado, inicie e impulse las acciones judiciales correspondientes, por los fundamentos expuestos en laparte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución, así como los antecedentes del caso, al mencionadoProcurador Público para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 17504 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G69/G72/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G61/G67/G72/G61/G76/G69/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G4E/G44/G45/G43/G49 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 287-2004-PCM Lima, 27 de setiembre de 2004