Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2004 (29/09/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, miercoles 29 de setiembre de 2004 RESOLUCION SUPREMA Nº 407-2004-DE/SG MORDAZA, 27 de setiembre de 2004 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 "Ley de Requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el Ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica", establece que la autorizacion de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA por razones protocolares, de asistencia civica, actividades academicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolucion Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; Que, con Oficio G.100-2119 de fecha 25 de agosto del 2004, el Secretario del Comandante General de la MORDAZA, comunica a la Secretaria General del Ministerio de Defensa, que la MORDAZA de MORDAZA ha emitido opinion favorable para que se gestione la autorizacion de ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, de personal militar de la Armada Nacional de Colombia, del 27 al 28 de setiembre del presente ano, con la finalidad de participar en la III Reunion Bilateral de los Capitanes de Puerto de las Capitanias de Iquitos (Peru) y MORDAZA (Colombia), con el proposito de coordinar procedimientos para la verificacion de informaciones, incidentes y prever o reprimir la ejecucion de actos ilicitos producidos en el sector del trapecio amazonico, lo que contribuira al fortalecimiento de las relaciones y amistad entre MORDAZA Instituciones Armadas; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de la Armada Nacional de Colombia, cuyo nombre se indica en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 27 al 28 de setiembre del 2004, con la finalidad de participar en la III Reunion Bilateral de los Capitanes de Puerto de las Capitanias de Iquitos (Peru) y MORDAZA (Colombia), con el proposito de coordinar procedimientos para la verificacion de informaciones, incidentes y prever o reprimir la ejecucion de actos ilicitos producidos en el sector del trapecio amazonico. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa MORDAZA cuenta del contenido de la presente Resolucion Suprema a la Comision de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la Republica, en el plazo de 24 horas de su expedicion, conforme lo estipula el articulo 5º de la Ley Nº 27856. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores MORDAZA MORDAZA CHIABRA MORDAZA Ministro de Defensa 17570 RESOLUCION SUPREMA Nº 408-2004-DE-SG MORDAZA, 27 de setiembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 "Ley de Requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el Ingreso

de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica", establece que la autorizacion de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA por razones protocolares, de asistencia civica, actividades academicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolucion Suprema, en la que se deben especificar los motivos, la identificacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; Que, con Facsimil (DGS) Nº 537 de fecha 14 de setiembre del 2004, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, en merito a la informacion proporcionada por la Embajada de la Republica de MORDAZA en el Peru, solicita se expida la autorizacion para el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, de personal militar de las Fuerzas Armadas de MORDAZA, del 27 de setiembre al 2 de octubre del presente ano, con el proposito de participar en la XIX Ronda de Conversaciones de Altos Mandos de las Fuerzas Armadas de Peru y MORDAZA, en el MORDAZA de los acuerdos suscritos en la XVIII Ronda de Conversaciones de Altos Mandos; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de las Fuerzas Armadas de MORDAZA, cuyo nombre se indica en el Anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 27 de setiembre al 2 de octubre del 2004, con el proposito de participar en la XIX Ronda de Conversaciones de Altos Mandos de las Fuerzas Armadas de Peru y Chile. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa MORDAZA cuenta del contenido de la presente Resolucion Suprema a la Comision de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la Republica, en el plazo de 24 horas de su expedicion, conforme lo estipula el articulo 5º de la Ley Nº 27856. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros Encargado de la Cartera de Relaciones Exteriores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion Encargado de la Cartera de Defensa 17571 RESOLUCION SUPREMA Nº 409-2004-DE-SG MORDAZA, 27 de setiembre de 2004 CONSIDERANDO: Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 "Ley de Requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el Ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica", establece que la autorizacion de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA por razones protocolares, de asistencia civica, actividades academicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolucion Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; Que, con Oficio Nº 2433 EMCFFAA/D6/RRCC de fecha 6 de setiembre del 2004, el Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas comunica a la Secretaria General del Ministerio de Defensa, la participacion de personal militar de la Republica de MORDAZA, sin MORDAZA de MORDAZA, del 27 de

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