Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2004 (29/09/2004)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, miercoles 29 de setiembre de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 277251

Senor MORDAZA MORDAZA Garrido Lecca Del Rio Pasajes : US$ 707,34 Viaticos : US$ 1 320,00 Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 28,24 Articulo 3º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Consultor de la Unidad de Coordinacion de Prestamos Sectoriales del Ministerio de Economia y Finanzas, como representante del Ministerio de Economia y Finanzas, a la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de MORDAZA, del 29 de setiembre al 5 de octubre de 2004, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Los gastos que irrogue el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por concepto de pasajes y viaticos, seran cubiertos con fondos provenientes del Convenio BID Nº 1412/OC-PE hasta por un monto de US$ 2 022,00, y con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 - Administracion General del Pliego Ministerio de Economia y Finanzas, lo siguiente: Impuestos : US$ 184,64 Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 28,24 Articulo 4º.- La presente MORDAZA no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor de los funcionarios y consultor cuyos viajes se autoriza. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 17574

INTERIOR
Autorizan contratar estudio de abogados en EE.UU. para la defensa de intereses del Estado en MORDAZA derivado de demanda interpuesta por ciudadano venezolano
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1890-2004-IN/1201 MORDAZA, 24 de setiembre del 2004 VISTO: El Oficio Nº 1010-2004-IN-1201 de fecha 24 de junio de 2004, de la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, el Oficio Nº 212-2004DIREJAM-DIRECFIN PNP/DIVINPRE.Sec de fecha 6 de agosto de 2004, el Oficio Nº 7451-2004-DIRGEN-PNP/SG de fecha 12 de agosto de 2004, el Informe Nº 206-2004-IN0503 de la Oficina de Presupuesto de fecha 26 de agosto de 2004, el Informe Nº 081-2004-IN-1201 de fecha 27 de agosto de 2004 de la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, el Informe Legal Nº 518-2004-IN-0509 de la Oficina Legal de Asuntos Administrativos de la Oficina General de Administracion del Ministerio del Interior de fecha 27 de agosto de 2004 y el Informe Nº 061-2004-IN-0506 de la Oficina General de Administracion del Ministerio del Interior de fecha 27 de agosto de 2004; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 1010-2004-IN-1201 de fecha 24 de junio de 2004, el Procurador Publico a cargo de los

Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior informo al Viceministro del Interior la necesidad de iniciar en el mas breve plazo las acciones para la contratacion de un estudio de abogados para la defensa de los intereses del Estado Peruano ante la demanda interpuesta en la Corte del Distrito del Decimo Primer Distrito Judicial de Miami, Condado de Dade, del Estado de La MORDAZA, de los Estados Unidos de MORDAZA, por el ciudadano venezolano MORDAZA MORDAZA contra la Republica del Peru, Ministerio del Interior, MORDAZA Ketin MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Capurro, reclamando el pago de la suma de US$ 5'000,000.00 (Cinco Millones con 00/100 Dolares Americanos) recompensa ofrecida por el Gobierno Peruano mediante Decreto de Urgencia Nº 049-2001 de fecha 16 de MORDAZA de 2001, difundido internacionalmente, que seria otorgada a la persona que proporcione informacion veraz que permita en forma directa la ubicacion y captura de MORDAZA Lenin MORDAZA MORDAZA, el mismo que estara bajo el control y supervision de la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior; Que, mediante el Informe Nº 081-2004-IN-1201 de fecha 27 de agosto de 2004, el Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales manifiesta que por la naturaleza del servicio requerido resulta indispensable la contratacion del Estudio Ruden McClosky para ejercer la defensa de los intereses del Estado Peruano, en el MORDAZA citado en el primer considerando, por configurarse la causal de exoneracion por servicios personalisimos, prevista en el inciso h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el referido informe senala que es imprescindible que la representacion de los intereses del Estado Peruano y de las personas involucradas en dicha demanda, este a cargo de un Estudio de Abogados con competencia en la Corte del Decimo Primer Distrito Judicial de Miami, Condado de Dade, del Estado de La MORDAZA, Estados Unidos de America; Que, la seccion de Derecho Administrativo y Gubernamental del citado Estudio comprende una amplia gama de asuntos, contando con anos de experiencia ofreciendo la representacion de clientes nacionales e internacionales en todos los aspectos del proceso; Que, los servicios que presta el Estudio senalado son ofrecidos a una diversidad de clientes gubernamentales, corporativos o personas naturales a traves de sus oficinas localizadas estrategicamente en las principales ciudades de La MORDAZA, asi como en otros paises; Que, dada la destacada trayectoria del Estudio Ruden McClosky, el mismo que posee las cualidades objetivas necesarias para ejercer dicha representacion de manera eficiente; Que, el valor estimado para la referida contratacion asciende aproximadamente a S/. 227,500.00 (Doscientos Veintisiete Mil Quinientos Nuevos Soles con 00/100); Que, con Informe Legal Nº 518-2004-IN-0509 la Oficina Legal de Asuntos Administrativos de la Oficina General de Administracion concluye que resulta procedente la contratacion del Estudio Ruden McClosky para ejercer la defensa de los intereses del Estado Peruano, por configurarse la causal de exoneracion por servicios personalisimos, prevista en el inciso h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, previa expedicion de la Resolucion Ministerial que exonere del MORDAZA de seleccion correspondiente la referida contratacion; Que, adicionalmente en el citado informe se senala que la Resolucion Ministerial que aprueba la exoneracion debe autorizar a la Unidad Ejecutora 001: Oficina General de Administracion, la afectacion de su presupuesto, asi como la inclusion del MORDAZA de seleccion correspondiente en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio del Interior para el Ano 2004; Que, por lo expuesto estamos frente a una contratacion por servicios personalisimos, prevista en el inciso h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 6º, 7º, 111º, 113º, 114º, 115º, 116º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Estando a lo dictaminado por la Oficina General de Asesoria Juridica y a lo informado por la Oficina de Presu-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.