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PÆg. 290326 NORMAS LEGALES Lima, jueves 7 de abril de 2005 mas sociales tienen como funciones organizar, adminis- trar y ejecutar los programas locales de asistencia, pro-tección y apoyo a la población en riesgo, asimismo, elejecutar el Programa del Vaso de Leche y demás progra-mas de apoyo alimentario con participación de la pobla-ción y en concordancia con la legislación sobre la mate- ria; Que, para el caso de servicios que no sean presta- dos en exclusividad, las entidades a través de Resolu-ción del Titular del Pliego establecerán los requisitos ycostos correspondientes a los mismos, los cuales de-berán ser debidamente difundidos para que sean de pú- blico conocimiento, de acuerdo a lo dispuesto en el últi- mo párrafo del artículo 37º de la Ley del ProcedimientoAdministrativo General Nº 27444, motivo por el cual co-rresponde que se apruebe la tarifa de los menús delComedor Municipal Vecinal Organizado -COMVO-, a tra-vés del Decreto correspondiente; Estando al Informe Nº 005-2005-OAJ-MSS de fecha 3ENE2005 emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica;de conformidad con lo previsto en el artículo 20º numeral6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar la Tarifa para la venta de menús en el Comedor Municipal Vecinal Organizado,cuyo valor será de Dos y 50/100 Nuevos Soles(S/. 2.50) por cada uno, monto que incluye una porciónde sopa o entrada, segundo, postre (fruta) y refresco. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto a la Oficina de Proyectos Especialesy a la Gerencia de Bienestar Social y Desarrollo Huma-no. Regístrese, publíquese y cúmplase. ENRIQUE MARTINELLI FREUNDT Teniente AlcaldeEncargado de la Alcaldía 06658 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Establecen monto a cobrar a trabaja- dores autónomos ambulantes por uso de la vía pœblica en zonas reguladas RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 497-05-SG-MDS Surquillo, 31 de marzo de 2005 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Visto, el Informe Nº 030-05-GDE-MDS de fecha 23 de marzo del 2005, de la Gerencia de Desarrollo Econó-mico, Ordenanza Nº 012-96-MDS que Reglamenta elComercio Ambulatorio en el distrito de Surquillo y Orde-nanza Nº 084/MDS, Texto Único de ProcedimientosAdministrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de Surquillo; CONSIDERANDO:Que, mediante Informe Nº 030-05-GDE-MDS de la Gerencia de Desarrollo Económico solicita que el cobro del Uso de la Vía Pública por parte de los Trabajadores Autónomos Ambulantes del distrito de Surquillo se reali-ce en forma diaria, a los trabajadores que se encuentrandebidamente acreditados ante la Municipalidad de Sur-quillo y que vienen ocupando zonas reguladas; Que, mediante la Ordenanza Nº 012-96-MDS y Orde- nanza Nº 084/MDS se establece que el trabajador autó- nomo ambulante por la utilización de la zona autorizadapara el comercio ambulatorio deben abonar a la Munici-palidad de Surquillo por dicho concepto pago fracciona- do en 12 meses; Que, habiéndose observado que los Trabajadores Autónomos Ambulantes tienen deudas por el Uso de laVía Pública de años anteriores debido a la situación eco-nómica que atraviesan, pese a haberles otorgado bene- ficios a través de las Ordenanzas Nºs. 127-MDS y 134- MDS para que cancelen o fraccionen sus deudas éstosno se han acogido a los mismos; por lo que la Gerenciade Desarrollo Económico cree por conveniente que loque está establecido en la Ordenanza Nº 012-96/MDSArt. 10 Inc. b) y Ordenanza Nº 084/MDS Ítem 08, que indica el pago anual es de S/. 360.00 Nuevos Soles en forma fraccionada debe aplicarse para facilitar el pago; Que, la Ordenanza Nº 084/MDS establece en la Uni- dad Orgánica - Dirección de Comercialización - Divisiónde Uso de la Vía Pública en el numeral 8 el monto a pagarde S/. 360.00 Nuevos Soles por derecho anual que sien- do así cada trabajador autónomo debe pagar S/. 1.00 diario por el uso de la vía pública autorizada por la Orde-nanza Nº 012-96-MDS; Que, la Municipalidad de Surquillo conforme a sus atribuciones que le confiere la nueva Ley Orgánica deMunicipalidades debe hacer el cobro por uso de la vía pública mediante el personal idóneo y a realizarse en forma diaria; Que, mediante Informe Nº 052-05-GAJ-MDS, de fe- cha 28 de marzo de 2005, la Gerencia de Asesoría Ju-rídica opina que se expida la Resolución de Alcaldía queregule el cobro por la utilización de la vía pública por los Trabajadores Autónomos Ambulantes en forma diaria; Que, estando a las facultades conferidas a la Alcal- día por el numeral 6) del Artículo 20º de la nueva LeyOrgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, Ordenan-za Nº 012-96-MDS y Ordenanza Nº 084/MDS; RESUELVE: Artículo Primero.- ESTABLECER EL COBRO DEL USO DE LA VÍA PÚBLICA EN ZONAS REGULADAS OCU-PADAS POR TRABAJADORES AUTÓNOMOS AMBULAN-TES en forma fraccionada a razón de S/. 1.00 Nuevo Sol diario, concordante con la Ordenanza Nº 084/MDS, Ítem 8. Artículo Segundo.- EL NO CUMPLIMIENTO de lo establecido en el Artículo Primero de la presente Resolu-ción, por parte de los Trabajadores Autónomos Ambu-lantes será sancionado conforme a lo establecido en elCapítulo VIII, Artículo 34º de la Ord. Nº 012-96/MDS. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución a la Gerencia de Desarrollo Econó-mico, Subgerencia de Comercialización y Uso Comer-cial de la Vía Pública, Gerencia de Administración y Geren-cia Municipal, en lo que les corresponda. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde 06753 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Disponen la aplicación de beneficios tributarios y no tributarios para zonasno comprendidas en la OrdenanzaN” 003-2005-MPC ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000007 Callao, 31 de marzo de 2005