Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2005 (07/04/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 7 de MORDAZA de 2005

a) La Municipalidad de San Miguel; b) El Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru; c) Se encuentran exonerados solo del Arbitrio de Serenazgo, las Instituciones dedicadas a la Defensa Nacional, como son las Delegaciones Policiales existentes en el distrito de San Miguel. Articulo 2º.- BENEFICIOS TRIBUTARIOS.Los beneficios tributarios que se conceden en el presente articulo son excluyentes, no se pueden aplicar de manera conjunta. 1. Reduccion equivalente al 50% del pago de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para: a. Los pensionistas propietarios, arrendatarios u ocupantes de un solo predio que este destinado a vivienda de los mismos. Para los pensionistas propietarios del inmueble, ya sea a titulo personal o de la sociedad conyugal, el tramite es automatico con la MORDAZA de los requisitos para concederle el beneficio establecido en el Articulo 19º de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Legislativo Nº 776, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por la Municipalidad. Los pensionistas, arrendatarios u ocupantes del inmueble, deberan presentar una solicitud adjuntando MORDAZA del documento que acredite la posesion del inmueble, documento de identidad, resolucion que les otorga la condicion de pensionistas o MORDAZA boleta de pago como pensionista. La Subgerencia de Registro, Licencia y Orientacion Tributaria, elaborara el proyecto de Resolucion Gerencial que resuelve respecto del otorgamiento del beneficio. b. Los pensionistas que desarrollen actividad comercial en el predio o en otro predio anexo al principal, de su propiedad, tendran el beneficio del 50% de descuento de los Arbitrios Municipales, previa verificacion del registro de Autorizaciones Municipales de Licencias de Funcionamiento, la cual debera estar a nombre del pensionista. En caso que el predio anexo se destine a uso comercial, con el registro de una Autorizacion Municipal de Funcionamiento a nombre de un tercero, no corresponde el beneficio establecido en el presente articulo. 2. Emision de recibo unico de pago por concepto de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo a los Mercados. En este caso los propietarios de los puestos o locales comerciales ubicados en mercados, deberan presentar una solicitud adjuntando la relacion debidamente firmada por todos los propietarios de los puestos o locales comerciales del MORDAZA, indicando el nombre del representante legal de la asociacion o razon social a la que pertenecen. La Subgerencia de Fiscalizacion Tributaria sera el organo encargado de verificar la solicitud MORDAZA indicada, realizando la correspondiente inspeccion y elaborara el proyecto de Resolucion Gerencial que resuelve sobre el otorgamiento del beneficio. Los beneficios establecidos en el presente articulo son excluyentes, no pudiendose aplicar de manera conjunta. Asimismo, lo beneficios genericos de tributos otorgados o por otorgarse, no comprenden los arbitrios regulados en la presente Ordenanza, debiendo todo beneficio ser concedido mediante Ordenanza y de manera expresa. DISPOSICIONES FINALES Primera.- FACULTADES Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias nece-

sarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Segunda.- ENCARGATURA Encarguese a la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 06745

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Actualizan valores de predios y aprueban diversas disposiciones sobre calculo y cronograma de pago del Impuesto Predial
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 134 MORDAZA MORDAZA, 29 de enero del 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA ROSA; POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria Publica de la fecha, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta, ha aprobado por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- ACTUALIZASE los valores de los predios del distrito de MORDAZA MORDAZA, para el ejercicio 2005 y AUTORIZASE la emision mecanizada de determinacion del Impuesto, sin incluir los gastos por la distribucion de la declaracion jurada y determinacion del Impuesto Predial del ejercicio 2005. Articulo 2º.- CONDONASE al cien por ciento (100%) los derechos por emision mecanizada, actualizacion de valores, determinacion del impuesto predial, e incluyendo la distribucion de la declaracion jurada que debieron abonar los contribuyentes o responsables tributarios, respecto a la declaracion jurada del autoavaluo correspondiente al ano 2005. Articulo 3º.- ESTABLEZCASE en aplicacion a lo previsto en el Articulo 13º del Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributacion Municipal, el Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2005, el que se calculara aplicando la escala progresiva acumulativa siguiente:
TRAMO DE AUTOAVALUO Hasta 49,500 De 49,500 Hasta 198,000 Mas de 198,000 ALICUOTA (%) 0.2 0.6 1.0 IMPUESTO S/. S/. 99.00 891.00 IMPUESTO PARCIAL S/. S/. 99.00 990.00

El monto minimo anual no sera mayor al 0.6% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al primero de enero del presente ejercicio, por lo que el Impuesto Minimo Anual sera de S/. 19.80 (Diecinueve nuevos soles con 80/100).

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