Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2005 (07/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 7 de MORDAZA de 2005

VISTOS: El Informe Nº 197-2005-MDLO/SGAF/DRAT de la Direccion de Recaudacion y Administracion Tributaria de fecha 18 de MORDAZA de 2005, el Dictamen Nº 0152005-CDLO/CEP de la Comision de Economia y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce la autonomia Politica, Economica y Administrativa de los Gobiernos Locales, otorgandole potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos Municipales, o exonerar de estos dentro de su jurisdiccion con los limites que senala la Ley; ello en concordancia con la MORDAZA IV; MORDAZA de Legalidad - Reserva de la Ley del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario - Decreto Supremo Nº 135-99-EF; Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, el Concejo Municipal, cumple funcion normativa, a traves de Ordenanzas, las cuales tienen como rango de Ley de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 200º numeral 4) del mencionado cuerpo normativo; Que, mediante Ordenanza Nº 195-CDLO, de fecha 14 de enero de 2005, se establecio el Beneficio de Condonacion del 70% de intereses moratorios y ajustes de tributos Municipales correspondientes a periodos vencidos, por su pago al contado; Que, es politica de la Municipalidad otorgar las mas amplias facilidades a los contribuyentes para que cumplan con la cancelacion al contado de sus adeudos pendientes por concepto de tributos Municipales; Estando a lo dictaminado, en uso de las facultades conferidas por los Articulos 9º, inciso 8) 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y por UNANIMIDAD aprobo lo siguiente: ORDENANZA Nº 203-CDLO QUE PRORROGA EL BENEFICIO DE CONDONACION DEL 70% DE INTERESES MORATORIOS Y AJUSTES DE TRIBUTOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES A PERIODOS VENCIDOS, POR SU PAGO AL CONTADO Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 6 de agosto del presente ano, los alcances del beneficio Tributario contenido en los Articulos Primero y MORDAZA de la Ordenanza Nº 195-CDLO, de fecha 14 de enero de 2005. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la DIRECCION DE RECAUDACION Y ADMINISTRACION TRIBUTARIA y a la OFICINA DE EJECUTORIA COACTIVA el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la UNIDAD DE GESTION INFORMATICA, su debida implementacion y a la SECRETARIA GENERAL E IMAGEN INSTITUCIONAL su difusion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 06693

EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS MORDAZA VISTOS: El Informe Nº 197-2005-MDLO/SGAF/DRAT de la Direccion de Recaudacion y Administracion Tributaria de fecha 18 de marzo de 2005, el Dictamen Nº 016-2005CDLO/CEP de la Comision de Economia y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce la autonomia Politica, Economica y Administrativa de los Gobiernos Locales, otorgandole potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios y derechos Municipales, o exonerar de estos dentro de su jurisdiccion con los limites que senala la Ley; ello en concordancia con la MORDAZA IV; MORDAZA de Legalidad - Reserva de la Ley del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario - Decreto Supremo Nº 135-99-EF; Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, el Concejo Municipal, cumple funcion normativa, a traves de Ordenanzas, las cuales tienen como rango de Ley de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 200º numeral 4) del mencionado cuerpo normativo; Que, mediante Ordenanza Nº 196-CDLO, de fecha 14 de enero de 2005, se prorrogo el beneficio de Condonacion del 40% del Interes Moratorio y ajustes de tributos municipales vencidos por la suscripcion de convenios de fraccionamiento, el mismo que ha brindado buenos resultados; Que, es politica de la Municipalidad otorgar las mas amplias facilidades a los contribuyentes para que cumplan con la cancelacion de sus adeudos pendientes por concepto de tributos Municipales; Estando a lo dictaminado, en uso de las facultades conferidas por los Articulos 9º, inciso 8, 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y por UNANIMIDAD aprobo lo siguiente: ORDENANZA Nº 204-CDLO QUE ESTABLECE EL BENEFICIO DE CONDONACION DEL 40% DE INTERESES MORATORIOS Y AJUSTES DE TRIBUTOS MUNICIPALES VENCIDOS MEDIANTE LA SUSCRIPCION DE CONVENIOS DE FRACCIONAMIENTO CONTENIDO EN LA ORDENANZA Nº 196-CDLO Articulo Primero.- PRORROGAR hasta el 6 de agosto del presente ano, los alcances del Beneficio Tributario contenido en los Articulos Primero y MORDAZA de la Ordenanza Nº 196-CDLO, de fecha 14 de enero de 2005. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la DIRECCION DE RECAUDACION Y ADMINISTRACION TRIBUTARIA y a la OFICINA DE EJECUTORIA COACTIVA el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la UNIDAD DE GESTION INFORMATICA, su debida implementacion y a la SECRETARIA GENERAL E IMAGEN INSTITUCIONAL su difusion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 06694

Prorrogan plazo de beneficio tributario relativo a intereses moratorios y ajustes de tributos municipales vencidos por la suscripcion de convenios de fraccionamiento
ORDENANZA Nº 204-CDLO Los MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2005

Establecen beneficio tributario en el pago del arbitrio de limpieza publica para centros de abastos o mercados con dificultades economicas
ORDENANZA Nº 205-CDLO Los MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2005

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