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PÆg. 290320 NORMAS LEGALES Lima, jueves 7 de abril de 2005 VISTOS: El Informe Nº 197-2005-MDLO/SGAF/DRAT de la Dirección de Recaudación y Administración Tribu-taria de fecha 18 de mayo de 2005, el Dictamen Nº 015-2005-CDLO/CEP de la Comisión de Economía y Presu-puesto; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce la autonomía Política, Económica y Administrativa de losGobiernos Locales, otorgándole potestad tributariapara crear, modificar y suprimir contribuciones, ta- sas, arbitrios y derechos Municipales, o exonerar de éstos dentro de su jurisdicción con los límites queseñala la Ley; ello en concordancia con la Norma IV;Principio de Legalidad - Reserva de la Ley del TextoÚnico Ordenado del Código Tributario - Decreto Su-premo Nº 135-99-EF; Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, el Concejo Mu-nicipal, cumple función normativa, a través de Ordenan-zas, las cuales tienen como rango de Ley de conformi-dad con lo dispuesto en el Artículo 200º numeral 4) delmencionado cuerpo normativo; Que, mediante Ordenanza Nº 195-CDLO, de fecha 14 de enero de 2005, se estableció el Beneficio deCondonación del 70% de intereses moratorios y ajustesde tributos Municipales correspondientes a períodosvencidos, por su pago al contado; Que, es política de la Municipalidad otorgar las más amplias facilidades a los contribuyentes para que cum- plan con la cancelación al contado de sus adeudos pen-dientes por concepto de tributos Municipales; Estando a lo dictaminado, en uso de las facultades conferidas por los Artículos 9º, inciso 8) 39º y 40º de laLey Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y por UNANIMIDAD aprobó lo siguiente: ORDENANZA Nº 203-CDLO QUE PRORROGA EL BENEFICIO DE CONDONACIÓN DEL 70% DE INTERESES MORATORIOS Y AJUSTES DE TRIBUTOS MUNICIPALES CORRESPONDIENTES A PERÍODOS VENCIDOS, POR SU PAGO AL CONTADO Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 6 de agos- to del presente año, los alcances del beneficio Tributario contenido en los Artículos Primero y Segundo de la Or-denanza Nº 195-CDLO, de fecha 14 de enero de 2005. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la DIRECCIÓN DE RECAUDACIÓN Y ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIAy a la OFICINA DE EJECUTORÍA COACTIVA el cumpli- miento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la UNIDAD DE GESTIÓN INFORMÁTICA, su debida im-plementación y a la SECRETARÍA GENERAL EIMAGEN INSTITUCIONAL su difusión. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 06693 Prorrogan plazo de beneficio tributa- rio relativo a intereses moratorios yajustes de tributos municipales venci-dos por la suscripción de convenios defraccionamiento ORDENANZA Nº 204-CDLO Los Olivos, 1 de abril de 2005EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTOS: El Informe Nº 197-2005-MDLO/SGAF/DRAT de la Dirección de Recaudación y Administración Tributariade fecha 18 de marzo de 2005, el Dictamen Nº 016-2005- CDLO/CEP de la Comisión de Economía y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce la autonomía Política, Económica y Administrativa de losGobiernos Locales, otorgándole potestad tributaria paracrear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbi-trios y derechos Municipales, o exonerar de éstos den- tro de su jurisdicción con los límites que señala la Ley; ello en concordancia con la Norma IV; Principio de Lega-lidad - Reserva de la Ley del Texto Único Ordenado delCódigo Tributario - Decreto Supremo Nº 135-99-EF; Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, el Concejo Mu- nicipal, cumple función normativa, a través de Ordenan- zas, las cuales tienen como rango de Ley de conformi-dad con lo dispuesto en el Artículo 200º numeral 4) delmencionado cuerpo normativo; Que, mediante Ordenanza Nº 196-CDLO, de fecha 14 de enero de 2005, se prorrogó el beneficio de Condonación del 40% del Interés Moratorio y ajustes de tributos munici- pales vencidos por la suscripción de convenios de fraccio-namiento, el mismo que ha brindado buenos resultados; Que, es política de la Municipalidad otorgar las más amplias facilidades a los contribuyentes para que cum-plan con la cancelación de sus adeudos pendientes por concepto de tributos Municipales; Estando a lo dictaminado, en uso de las facultades conferidas por los Artículos 9º, inciso 8, 39º y 40º de laLey Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y porUNANIMIDAD aprobó lo siguiente: ORDENANZA Nº 204-CDLO QUE ESTABLECE EL BENEFICIO DE CONDONACIÓN DEL 40% DE INTERESES MORATORIOS Y AJUSTES DE TRIBUTOS MUNICIPALES VENCIDOS MEDIANTE LA SUSCRIPCIÓN DE CONVENIOS DE FRACCIONAMIENTO CONTENIDO EN LA ORDENANZA Nº 196-CDLO Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 6 de agos- to del presente año, los alcances del Beneficio Tributario contenido en los Artículos Primero y Segundo de la Or- denanza Nº 196-CDLO, de fecha 14 de enero de 2005. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la DIRECCIÓN DE RECAUDACIÓN Y ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIAy a la OFICINA DE EJECUTORIA COACTIVA el cumpli-miento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la UNIDAD DE GESTIÓN INFORMÁTICA, su debida im- plementación y a la SECRETARIA GENERAL EIMAGEN INSTITUCIONAL su difusión. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 06694 Establecen beneficio tributario en el pago del arbitrio de limpieza pœblicapara centros de abastos o mercados condificultades económicas ORDENANZA Nº 205-CDLO Los Olivos, 1 de abril de 2005