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PÆg. 290758 NORMAS LEGALES Lima, jueves 14 de abril de 2005 “Artículo 713º.- Títulos de ejecución Son títulos de ejecución: 1. Las resoluciones judiciales firmes; 2. Los laudos arbitrales firmes; 3. Las Actas de Conciliación Fiscal de acuerdo a ley; y 4. Los que la ley señale. Se ejecutarán a pedido de parte y de conformidad con las reglas del presente Capítulo.” Artículo 4º.- Registro de Actas de Conciliación Fis- cal El Acta de Conciliación Fiscal, suscrita por las partes ante el Fiscal de Familia, constituye título de ejecución. El Ministerio Público abrirá un Registro de Actas de Concilia- ción Fiscal. Expedirá las copias certificadas que soliciten las partes. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS PRIMERA.- Entrada en vigencia La presente norma entrará en vigencia a los treinta (30) días de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. SEGUNDA.- Normas complementarias El Ministerio Público dictará las directivas y normas com- plementarias para la aplicación de la presente Ley. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los dieciocho días del mes de marzo de dos mil cinco. ÁNTERO FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la República JUDITH DE LA MATA FERNÁNDEZ Segunda Vicepresidenta del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de abril del año dos mil cinco. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 07285 PODER EJECUTIVO AGRICULTURA Designan nuevo responsable titular de cuentas bancarias del PRONAMACHCS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0408-2005-AG Lima, 13 de abril de 2005 CONSIDERANDO: Que, es necesario designar al Sr. Ing. Carlos Manuel Ci- priano Gonzáles, como nuevo responsable titular de las cuen- tas bancarias de la Unidad Ejecutora: 002 Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográficas y Conservación de Sue- los - PRONAMACHCS, así como disponer las acciones nece- sarias para efectos de la modificación del registro de firmas correspondiente, modificando en tal sentido lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 0150-2005-AG;De conformidad con lo dispuesto en la normatividad aprobada por la Dirección General del Tesoro Público; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Designar a partir de la fecha, al Sr. Ing. Carlos Manuel Cipriano Gonzáles, en reemplazo del Sr. CPC Carlos Isaac Alcibíades Cheng Mauricci, como responsable titular para el manejo de las cuentas banca- rias de la Unidad Ejecutora 002 - Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográficas y Conservación de Sue- los - PRONAMACHCS. Artículo 2º.- Como consecuencia de lo señalado en el artículo precedente, el cuadro de funcionarios responsables del manejo de las cuentas bancarias de la antes mencionada Unidad Ejecutora vigente a partir de la fecha indicada en artículo precedente es como sigue: DE LOS TITULARES: APELLIDOS Y NOMBRES CARGOS CIPRIANO GONZALES, CARLOS MANUEL GERENTE DE ADMINISTRACIÓN DE LA VEGA MEJÍA, JUAN MANUEL TESORERO DEL SUPLENTE: APELLIDOS Y NOMBRES CARGOS HUAROTO MUÑAREZ, CARLOTA CLELIA GERENTE DE PLANEAMIENTO Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL MANRIQUE UGARTE Ministro de Agricultura 07262 Aprueban el Plan Maestro del Santuario Nacional de Ampay (Se publica la presente resolución a solicitud del Institu- to Nacional de Recursos Naturales - INRENA, mediante Oficio Nº 065-2005-INRENA-OA-ULOG, recibido el 12 de abril de 2005) RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 180-2003-INRENA Lima, 31 de diciembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, el artículo 68º de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover la con- servación de la diversidad biológica y de las áreas natura- les protegidas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 042-87-AG, se estableció el Santuario Nacional de Ampay, sobre una superficie de tres mil seiscientos treinta y cinco hectá- reas con cinco mil metros cuadrados (3 635 ha. 5 000 m2), ubicado en el distrito de Tamburco, provincia de Abancay de la Región Apurímac, para la protección de un bosque natural de "intimpas" (Podocarous glomera- tus) único en su género, además de otras especies de flora y fauna silvestre endémicas de importancia; Que, con Resolución Jefatural Nº 298-2001-INRE- NA, se establecieron provisionalmente las zonas de amortiguamiento de las áreas naturales protegidas; Que, de conformidad con lo previsto por la Ley de Áreas Naturales Protegidas, dada por Ley Nº 26834, en su artículo 8º, y lo dispuesto por su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, en su artículo 3º, el Instituto Nacional de Recursos Naturales-INRENA es el ente rector o autoridad nacional competente del Sistema Nacio- nal de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE; Que, asimismo el artículo 18º de la Ley antes citada, establece que las áreas naturales protegidas contarán con documentos de planificación de carácter general y especí- ficos por tipo de recurso y actividad aprobados por el INRE- NA con participación de los sectores correspondientes, los que constituyen normas de observancia obligatoria para