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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL AÑO 2005 (21/04/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 14

PÆg. 291212 NORMAS LEGALES Lima, jueves 21 de abril de 2005 Ratifican acuerdo de PROINVERSIÓN que aprueba modalidad y Plan dePromoción de la Inversión Privada entierras eriazas del Proyecto Especial Jequetepeque - Zaæa RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 060-2005-EF Lima, 20 de abril de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 26440 se dispuso que los Proyectos Especiales, Organismos y otros Proyectos bajo responsabilidad de órganos estatales, se encuen-tran comprendidos en el proceso de promoción de la inversión privada a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 674, Ley de Promoción de la Inversión Privada en lasEmpresas del Estado; Que, mediante la Resolución Suprema Nº 420-2000- PCM del 21 de setiembre de 2000, se ratificó el acuerdode la Comisión de Promoción de la Inversión Privada - COPRI, conforme al cual se aprobó la inclusión dentro del proceso de promoción de la inversión privada a quese refiere el Decreto Legislativo Nº 674, a las tierras sin derecho de uso de agua correspondientes a los Proyec- tos Especiales del INADE; Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2002-PCM de fecha 24 de abril de 2002, modificada por Decreto Supremo Nº 095-2003-EF, se dispuso la absorción de laCOPRI, la Comisión Nacional de Inversiones y Tecnolo- gías Extranjeras - CONITE y de la Gerencia de Promo- ción Económica de la Comisión de Promoción del Perú -PROMPERÚ, por la Dirección Ejecutiva FOPRI, pasan- do a denominarse esta entidad, Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN; Que, en virtud de lo dispuesto en los incisos 2) y 3) del Artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 674, modificado por la Ley Nº 27750, el Consejo Directivo de PROINVER-SIÓN, mediante acuerdo adoptado en sesión de fecha 23 de setiembre de 2004, ha aprobado que la modalidad aplicable en el proceso de promoción de la inversiónprivada a ser ejecutado en 5,629.75 hectáreas (Pampa de Úcupe - Las Sandias) de tierras eriazas sin derecho de uso de agua de propiedad del Proyecto EspecialJequetepeque-Zaña, es la contemplada en el Literal a) del Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 674, así como el correspondiente Plan de Promoción de la InversiónPrivada; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 674; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratificar el Acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, conforme al cual se aprueba; a) Que la modalidad aplicable en el procesode promoción de la inversión privada a ser ejecutado en 5,629.75 hectáreas (Pampa de Úcupe - Las Sandias) de tierras eriazas sin derecho de uso de agua de propiedaddel Proyecto Especial Jequetepeque-Zaña, es la contem- plada en el Literal a) del Artículo 2 del Decreto Legisla- tivo Nº 674; b) El correspondiente Plan de Promoción dela Inversión Privada. Artículo 2º.- La presente resolución suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y elMinistro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 07752Ratifican acuerdo de PROINVERSIÓN que dispone modificar el Plan dePromoción de la Inversión Privada enel Proyecto Turístico "El Chaco La Puntilla" RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 061-2005-EF Lima, 20 de abril de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 159-2001-EF se ratificó el acuerdo adoptado por la Comisión de Promo- ción de la Inversión Privada (COPRI), que aprobó entregaren concesión al sector privado el Proyecto Turístico "El Chaco La Puntilla" de acuerdo con los procedimientos es- tablecidos por el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM; Que, mediante Resolución Suprema Nº 195-2003- EF se ratificó el acuerdo del Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada(PROINVERSIÓN), conforme al cual se aprobó modifi- car el plan de promoción respectivo, estableciéndose que el proyecto será promovido bajo el marco legal delDecreto Legislativo Nº 674, definiéndose como modali- dad aplicable la establecida en el literal A del artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 674; Que, mediante Resolución Suprema Nº 074-2004- EF, se ratificó el acuerdo adoptado por el Consejo Direc- tivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada(PROINVERSIÓN), conforme al cual se aprobó modifi- car el Plan de Promoción del Proyecto Turístico "El Chaco - La Puntilla", a los efectos de determinar que elproyecto deberá contribuir a mejorar la infraestructura turística dentro de la Reserva Nacional de Paracas; Que, mediante Resolución Suprema Nº 031-2005- EF, se ratificó el acuerdo adoptado por el Consejo Direc- tivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (PROINVERSIÓN) de fecha 14 de enero de 2005, através del cual se aprobó modificar el Plan de Promoción del Proyecto Turístico "El Chaco - La Puntilla"; Que, para facilitar el logro de los objetivos buscados, esto es el desarrollo y mejora de la infraestructura turís- tica y de las facilidades para la atención de los turistas, dentro de la Reserva Nacional de Paracas, medianteacuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSIÓN de fecha 17 de marzo del 2005, se ha aprobado la modifica- ción del Plan de Promoción del Proyecto Turístico "ElChaco - La Puntilla"; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 674, modificado entre otrospor la Ley Nº 27750, el acuerdo referido en el conside- rando anterior debe ser ratificado por Resolución Supre- ma; y, en concordancia con lo dispuesto en el DecretoSupremo Nº 027-2002-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ratificar el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN en su sesión del diecisiete de marzo del 2005, conforme al cual se aprobó modificar el Plan de Promo-ción del Proceso de Promoción de la Inversión Privada en el Proyecto Turístico "El Chaco - La Puntilla". Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por los Ministros de Economía y Finanzas y Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 07753