Norma Legal Oficial del día 25 de abril del año 2005 (25/04/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 25 de MORDAZA de 2005

Articulo 4º.- La presente Resolucion no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 07667

ORIENTACIONES PARA EL INICIO DEL MORDAZA DE EXPERIMENTACION DE LA EDUCACION BASICA ALTERNATIVA (EBA) EN LOS CEBA 1. OBJETIVO Orientar la gestion pedagogica e institucional en los Centros de Educacion Basica Alternativa (CEBA) seleccionados para el MORDAZA de Experimentacion 2005, en el MORDAZA de los lineamientos de politica educativa del Sector. 2. ALCANCE

EDUCACION
Aprueban las Orientaciones para el inicio de la experimentacion de la Educacion Basica Alternativa en los Centros de Educacion Basica Alternativa 2005
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 133-2005-ED
MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2005 Visto el Oficio Nº 140-2005-VMGP/DINEA de fecha 11 de MORDAZA de 2005; y, CONSIDERANDO: Que, la MORDAZA Disposicion Transitoria y Complementaria del Reglamento de Educacion Basica Alternativa aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2004-ED, establece que en el ano 2005 se inicia el MORDAZA de experimentacion de la Educacion Basica Alternativa en Instituciones Educativas seleccionadas que han pertenecido a la modalidad de Educacion de Adultos y que en ellas se aplicaran los nuevos disenos curriculares experimentales de EBA para ninos y adolescentes y, para jovenes y adultos; Que, asimismo, en el MORDAZA de experimentacion deben adoptarse modelos de gestion democraticos, flexibles y participativos de modo que sirvan de soporte al trabajo pedagogico a fin de lograr una gestion de calidad del servicio educativo en los Centros de Educacion Basica Alternativa (CEBA); Que, es necesario emitir normas que asistan al MORDAZA de experimentacion en los Centros de Educacion Basica Alternativa experimentales para el ano 2005; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510, Ley Nº 28044, los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED, 002-96-ED y 013-2004ED y la Resolucion Ministerial 0173-2005-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar las "Orientaciones para el inicio de la experimentacion de la Educacion Basica Alternativa en los Centros de Educacion Basica Alternativa - 2005", que comprende cinco (5) numerales y tres (3) anexos y que forman parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Encargar a las Direcciones Regionales de Educacion y/o Unidades de Gestion Educativa Local correspondientes, la asignacion de los recursos necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto en el articulo precedente, de acuerdo a los compromisos asumidos. Articulo 3º.- Disponer que las Direcciones Regionales de Educacion y/o Unidades de Gestion Educativa Local correspondientes, emitan disposiciones complementarias que faciliten el logro de una gestion eficaz en los centros de educacion basica alternativa en el MORDAZA de experimentacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Educacion de Adultos (e)

- Centros educativos publicos de Educacion Basica Alternativa experimentales. - Centros Educativos de Educacion Basica Alternativa, por convenio. - Unidades de Gestion Educativa Local donde se ubican los CEBA. - Direcciones Regionales de Educacion. - Ministerio de Educacion - Direccion Nacional de Educacion de Adultos. 3. BASE LEGAL - Ley Nº 28044 Ley General de Educacion. - D.S Nº 006-2004-ED Lineamientos de Politica Educativa. - D.S Nº 015-2004-ED Reglamento de Educacion Basica Alternativa. - R.M. Nº 048-2005-ED Orientaciones y Normas nacionales para la gestion en las instituciones educativas de Educacion Basica y Educacion Tecnico Productiva 2005. - R.M. Nº 173-2005-ED Reconocimiento a diversas instituciones publicas como Centros de Educacion Basica Alternativa. 4. ORIENTACIONES GENERALES 4.1. En los Centros de Educacion Basica Alternativa (CEBA) se desarrollaran los ciclos Inicial e Intermedio en los Programas de EBA para ninos y adolescentes (PEBANA) y Programas de EBA para jovenes y adultos (PEBAJA), de acuerdo a la demanda. Es responsabilidad del CEBA, de las Unidades de Gestion Educativa Local (UGEL) y de las Direcciones Regionales de Educacion (DRE), garantizar las acciones sostenidas de difusion a fin de que la poblacion conozca los servicios que se ofertan. 4.2. Los PEBANA atienden a ninos y adolescentes entre 9 y 18 anos; los PEBAJA a Jovenes y Adultos mayores de 18 anos. El cumplimiento del rango etario en los PEBANA es de estricta responsabilidad de los directores encargados de los CEBA. En ambos programas, el ciclo Inicial esta destinado a personas con analfabetismo absoluto o con un dominio muy precario de la lectura, escritura y calculo. El ciclo Intermedio, a personas con escolaridad incompleta (menos de cuatro MORDAZA de educacion primaria) y a quienes han terminado los procesos de alfabetizacion en sus dos periodos, inicial y de reforzamiento. 4.3. En el presente ano se iniciaran las clases el 18 de abril. En posteriores anos, la calendarizacion del ano lectivo es flexible y se ajustara a las caracteristicas geograficas, ecologicas, economico productivas y socioculturales de cada localidad, y a las necesidades de los estudiantes, pudiendo empezar desde enero. Los CEBA experimentales, en coordinacion con las DRE y UGEL, estudiaran las diversas posibilidades de atencion, conforme a la demanda expresada en procesos de pre-inscripcion de los estudiantes. 4.4. Los estudiantes que no acrediten certificacion, pueden solicitar una prueba de ubicacion para acceder a cualquiera de los MORDAZA del Ciclo Intermedio. Los estudiantes que asistian a Educacion Primaria de Adultos, continuaran sus estudios en el grado correspondiente. 4.5. Para la matricula en el PEBANA se requiere la presencia del padre, tutor o apoderado quien debera presentar la partida de nacimiento del estudiante. Para la matricula en el PEBAJA el estudiante presentara su D.N.I. La no existencia de estos documentos no es impedimento para su matricula. El Director(e) del CEBA debe coordinar con las instituciones pertinentes para obtenerlos. 4.6. En el MORDAZA de experimentacion, y mientras se redefinna la Ficha Unica de Matricula, se utilizara la Ficha de Inscripcion y posteriormente, al termino de la misma , la

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