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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G31/G34/G37/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 25 de abril de 2005 De conformidad con lo establecido en el inciso w) del artículo 101º del Texto Único Ordenado de la Ley Gene-ral de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014- 92-EM; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Aprobar los lineamientos a seguir para la realización del sorteo de fiscalizadores externos que serán designados para la ejecución del Programa Anual de Fiscalización del año 2005, los mismos que se deta-llan en el Anexo I que forma parte de la presente Reso- lución. Artículo 2º .- Establecer la relación de unidades de pro- ducción que serán objeto de fiscalización en el año 2005, conforme se consigna en el Anexo II que forma parte de la presente Resolución. Artículo 3º .- La fiscalización de la Pequeña Minería y Minería Artesanal será realizada por funcionarios del Minis- terio de Energía y Minas en coordinación, si fuera necesa-rio, con las Direcciones Regionales de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR RODRÍGUEZ VILLANUEVA Director General de Minería ANEXO I Lineamientos para el sorteo de fiscalizadores externos que serán designados para la ejecución del Programa Anual de Fiscalización del año 2005 1. Etapa previa al sorteo a. La Universidad del Pacífico mediante Oficio Nº CCGE-269/04 de fecha 17 de noviembre de 2004,remitió a la Comisión de Calificación y Clasificación, elInforme Final de la evaluación de las solicitudes de las personas naturales y jurídicas interesadas en inscribir-se en el Registro de Fiscalizadores Externos, dicho in- forme contiene los resultados de la Asesoría Especiali- zada para la Evaluación y Calificación de Fiscalizado-res Externos de las Actividades Mineras, llevado a cabo por el Centro de Consultoría en Gestión Empresarial de dicha universidad. b. La Dirección General de Minería publicará en el Dia- rio Oficial El Peruano y en su página web la relación de fiscalizadores inscritos en el Registro de FiscalizadoresExternos habilitados para ser contratados según las nece- sidades de ejecución del Programa Anual de Fiscalización 2005. c. La Dirección de Fiscalización Minera ha clasificado y agrupado las unidades mineras a ser fiscalizadas de acuerdo al índice de frecuencia y severidad resultantedel año 2004, el grado de cumplimiento de obligaciones ambientales, la envergadura y/o complejidad de la ope- ración y la ubicación geográfica de las operaciones, porlo cual se les asignó un número de orden para efectos del sorteo. 2. Sorteo Las unidades mineras de gran y mediana minería serán sorteadas entre los fiscalizadores que figuran inscritos en el Registro de Fiscalizadores Externos, habilitados para ser contratados según las necesidades de ejecución del Pro-grama Anual de Fiscalización 2005. El sorteo se realizará en acto público previamente convocado. 3. Post- sorteo La Dirección General de Minería publicará en su página web el resultado del sorteo y expedirá Resolución Directo- ral de designación de fiscalizadores para el programa Anual de Fiscalización del año 2005. REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberántener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete y deberán venir elaboradas en WORD. 4.- Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU