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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G31/G34/G37/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 25 de abril de 2005 ENERGÍA Y MINAS /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C /G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E/G2C/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 019-2005-EM Lima, 22 de abril de 2005 VISTO, el Facsímil (DHU) Nº 318 del Director de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exte- riores; CONSIDERANDO: Que, mediante Facsímil (DHU) Nº 318 del Director de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exterio-res, se hace de conocimiento la Nota CIDH s/n de fecha 28 de marzo de 2005 de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos - CIDH,relativa al Caso CIDH Nº 12.471 - Comunidad San Mateo de Huanchor, en la cual se informa que la delegación del Ministerio de Energía y Minas será recibida el día 28 deabril de 2005; Que, a efecto de informar aspectos técnicos relativos al Caso CIDH Nº 12.471 - Comunidad San Mateo de Huan- chor se hace necesario el viaje a la ciudad de WashingtonD.C., Estados Unidos de América, de los representantes del Ministerio de Energía y Minas, los que sostendrán así mismo, reuniones de coordinación con la RepresentaciónPermanente del Perú ante la Organización de Estados Americanos; Que, en tal sentido es necesario autorizar excepcio- nalmente el mencionado viaje debiendo el Ministerio de Energía y Minas asumir con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes, viáticos y tarifaCORPAC; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje de los ingenieros Julio Bonelli Arenas - Director General de Asuntos Ambientales Mineros, Oscar Alfredo Rodríguez Muñoz - Director de Fiscalización Minera dela Dirección General de Minería, y del doctor Juan Felipe Guillermo Isasi Cayo - Director General de Asesoría Jurídica a la ciudad de Washington D.C.,Estados Unidos de América, del 26 al 29 de abril de 2005, de acuerdo a los considerandos expuestos en la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, ascendente a la suma de Cuatro Mil Seiscientos Cincuenta y Cuatro y 77/100Dólares Americanos (US$ 4,654.77) cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Energía y Minas, de acuerdo al siguiente detalle: Julio Bonelli Arenas US$ Pasaje 643.35 Viáticos ($ 220 x 4 días) 880.00 Tarifa Corpac 28.24 ------------- TOTAL US$ 1,551.59 Oscar Alfredo Rodríguez Muñoz US$ Pasaje 643.35 Viáticos ($ 220 x 4 días) 880.00 Tarifa Corpac 28.24 ------------- TOTAL US$ 1,551.59Juan Felipe Guillermo Isasi Cayo US$ Pasaje 643.35 Viáticos ($ 220 x 4 días) 880.00 Tarifa Corpac 28.24 ------------- TOTAL US$ 1,551.59 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduane- ros de ninguna clase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Presidente del Consejo de Ministros y porel Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO Presidente del Consejo de Ministros GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍA Ministro de Energía y Minas 07966 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6C/G69/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G73/G6F/G72/G74/G65/G6F /G64/G65/G20/G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G65/G78/G74/G65/G72/G6E/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G75/G6E/G69/G64/G61/G64/G65/G73 /G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G64/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G6D/G69/G6E/G65/G72/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G74/G61/G72/GE1/G6E /G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G46/G69/G73/G63/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G35 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 103-2005-MEM/DGM Lima, 11 de abril de 2005 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 049-2001-EM, se apro- bó el Reglamento de Fiscalización de las ActividadesMineras; Que, el artículo 24º del Reglamento antes mencionado dispone que los fiscalizadores que se requieran para eje-cutar los Programas Anuales de Fiscalización serán desig-nados a través de un sorteo que se llevará a cabo en actopúblico; Que, asimismo el artículo 25º del Reglamento precitado establece que previamente a la designación se informarásobre las unidades de producción que serán objeto de lafiscalización; Que, la Ley Nº 27651 - Ley de Formalización y Promo- ción de Pequeña Minería y Minería Artesanal estableceque la fiscalización de la actividad minera que se desarrollaen estos estratos será fiscalizada por los funcionarios delMinisterio de Energía y Minas; Que, el inciso c) del artículo 59º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales modificada porLey Nº 27902, establece entre otras cosas, la facultadregional para fomentar y supervisar las actividades de lapequeña minería y la minería artesanal, lo que está su-jeto al marco de las disposiciones sobre transferencia de funciones; Que, es necesario establecer los lineamientos a se- guir para la realización del sorteo de fiscalizadores exter-nos que serán designados para la ejecución del Progra-ma Anual de Fiscalización del año 2005, así como la relación de unidades mineras que serán fiscalizadas en el año 2005; Que es necesario precisar el régimen de fiscalización que tendrá la Pequeña Minería y Minería Artesanal en elaño 2005;