Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2005 (28/04/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 36

Pag. 291610

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 28 de MORDAZA de 2005

presar una opinion sobre los mismos, con base en la Actividad de Control que efectuamos. 3. Nuestra Actividad de Control fue realizada en cumplimiento a lo dispuesto por la Directiva Nº...... -2005CG/SE de ..........., aprobada con Resolucion de Contraloria Nº .......-2005-CG y se efectuo de acuerdo con los lineamientos tecnicos emitidos por la Contraloria General de la Republica. Tales lineamientos requieren que planifiquemos y realicemos nuestro trabajo con la finalidad de obtener una seguridad razonable respecto del cumplimiento de las medidas de disciplina, racionalidad y austeridad, previstas en el Capitulo II de la Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Publico del Ano Fiscal 2005; asi como de las medidas de austeridad adicionales, previstas en la Primera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 28425. 4. Durante el desarrollo de la Actividad de Control la .......... (precisar el area responsable o de las Unidades Ejecutoras, segun sea el caso), no proporciono al Organo de Control Institucional la informacion sobre ...... (personal, servicios, CAFAE, subvenciones, obras, etc.), hecho que no nos permite expresar una conclusion respecto al cumplimiento de las medidas de disciplina, racionalidad y austeridad al I (II) semestre del ano 2005, debido a que (explicar efecto en la Actividad de Control). Lugar y Fecha Refrendado por:

S/. 326 370,50 que requiere ser resarcido, de conformidad con el articulo 1321º del Codigo Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del Art. 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal; correspondiendo, autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con el literal d) del articulo 22º, de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y en representacion del Estado, inicie las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendose para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese.

Firma: Nombre del Profesional: Cargo: 08085

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 08086

Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de ocasionar perjuicio economico al Proyecto Especial Carretera Transoceanica
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 204-2005-CG MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2005 VISTO; el Informe Especial Nº 086-2005-CG/OEA, resultante del Examen Especial practicado al Proyecto Especial Carretera Transoceanica, por el periodo comprendido del 1.ENE.2002 al 31.DIC.2003, incluyendo operaciones anteriores y posteriores al periodo citado; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica, a traves del Oficio Nº 0988-2004-CG/DC dispuso una accion de control al Proyecto Especial Carretera Transoceanica con relacion a verificar si los recursos asignados para la construccion y mantenimiento de Infraestructura vial, fueron utilizados para el cumplimiento de metas y logro de los objetivos de la entidad con criterios de eficiencia, eficacia, transparencia y economia en concordancia con la normatividad aplicable; Que, como resultado de la accion de control practicada, la Comision Auditora ha determinado que en la ejecucion de la obra Construccion del MORDAZA Lechemayo Chico y Accesos, ejecutada en virtud al Convenio Especifico de Cooperacion Interinstitucional Nº 005-2002MTC/22 de 25.OCT.2002, se efectuo un deficiente montaje del MORDAZA Lechemayo Chico debido al MORDAZA constructivo inadecuado aplicado en la obra y que no fue cautelado por los funcionarios responsables de la ejecucion y supervision de la obra, lo que llevo a realizar trabajos de desmontaje y MORDAZA emplazamiento de la estructura metalica del MORDAZA, con el consiguiente perjuicio economico irrogado a la Entidad ascendente a

JNE
Inscriben a la Organizacion Politica Local Distrital "Progresa con San Luis" en el Registro de Organizaciones Politicas
OFICINA DE REGISTRO DE ORGANIZACIONES POLITICAS RESOLUCION Nº 047-2005-OROP/JNE MORDAZA, 22 de MORDAZA del 2005 VISTA: La solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presidente de la Organizacion Politica Local Distrital: "Progresa con San Luis" del distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que mediante solicitud presentada el 28 de marzo del 2005, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presidente de la Organizacion Politica Local Distrital: "Progresa con San Luis" del distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, solicito a la Oficina de Registro de Organizaciones Politicas, la inscripcion de dicha organizacion politica en el Registro Especial que conduce el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones; Que, revisada la solicitud presentada, se advierte que la misma cumple con todos los requisitos contenidos en el articulo 17º de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094, esto es, I) Relacion de adherentes en numero no menor del 1% de los ciudadanos que sufragaron en las ultimas elecciones de caracter nacional dentro de la circunscripcion en la que la organizacion politica local desarrolle sus actividades, advirtiendose en tal sentido que con Oficio Nº 367-2005-JEF/SGAE de fecha 30 de marzo del 2005, la Subgerencia de Actividades Electorales del Registro Nacional de Identificacion y Estado

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.